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Sala Electoral
  • Fecha: 11 de Octubre de 2017





CUENTA N° 203

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2016-000025: el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, invocado el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato "y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical", pautado para el día 06 de abril de 2016.

 

Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 26 de septiembre de 2017, se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2017-000110: El ciudadano OMAR ÁVILA, titular de la cédula de identidad N° 11.669.780, aludiendo el carácter de Secretario General y Representante de la organización Política "Unidad Visión Venezuela" y Diputado de la Asamblea Nacional, asistido por el abogado Enio Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.677, interpuso recurso de interpretación del artículo 62 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

 

Se designó ponente a la Magistrada INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a los fines de que dicte el pronunciamiento correspondiente.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2017-000109: El ciudadano EDGAR AUGUSTO SALAZAR ACEVEDO, titular de la cédula de identidad N° V-11.411.149, aludiendo el carácter de Vocal suplente interino de la Junta Directiva, Director Técnico y miembro de la Asamblea General de la Federación Venezolana de Canotaje, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautela contra "1. La ilegal Asamblea General Extraordinaria de la Federación Venezolana de Canotaje (…) que se constituyó para convocar y designar de manera contumaz y caprichosa una irrita JUNTA REORGANIZADORA  el día 06 de octubre de 2017; 2. La ilegal CONVOCATORIA de fecha 06 de octubre de 2017, que designó la fraudulenta JUNTA REORGANIZADORA (…); 3. El intervencionismo arbitrario del COMITÉ OLÍMPICO VENEZOLANO, por presentarse a promocionar y ayudar a materializar la designación de la ilegal JUNTA REORGANIZADORA…".

 

Se acordó según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar a la Federación Venezolana de Canotaje (FEVECANOTAJE), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se libró Oficio N° 17.641. Ahora bien, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designó ponente: al Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar.

 

ACTUACIÓN EN:

 

4.- Expediente N° AA70-E-2017-000024: Los ciudadanos RONAL CELESTINO SALAZAR, en su carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Judo, asistido por el abogado Esteban del Jesús Rendón Ramos, interpuso "recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con pretensión de amparo constitucional como medida cautelar" contra la actuación del Directorio del Instituto Nacional de Deportes "quien en fecha 14 de febrero de 2017, emitió acto administrativo N° CJ-0-013-/2017 acto que aquí se impugna".

 

Visto que constan en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 02 de mayo de 2017, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO AMAZONAS, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO APURE, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO ARAGUA, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO BARINAS, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO COJEDES, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO DELTA AMACURO, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

12.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL DISTRITO CAPITAL, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

13.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO FALCÓN, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO GUÁRICO, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS Y COMISIÓN DE JUECES DEL ESTADO LARA, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

16.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO MONAGAS, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO PORTUGUESA, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO SUCRE, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO TÁCHIRA, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

20.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO TRUJILLO, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

21.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO YARACUY, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

22.- Expediente N° AA70-E-2017-000098: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, actuando en nombre propio, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, contra “…el Reglamento Electoral publicado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) el 28 de julio de 2017…”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO ZULIA, a los fines de notificarle la Sentencia N° 152 dictada en fecha 14 de agosto de 2017.

 

23.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO AMAZONAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

24.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

25.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO APURE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

26.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

27.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO BARINAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

28.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO COJEDES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

29.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO DELTA AMACURO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

30.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL DISTRITO CAPITAL, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

31.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

32.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO GUÁRICO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

33.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS Y COMISIÓN DE JUECES DEL ESTADO LARA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

34.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO MONAGAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

35.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO PORTUGUESA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

36.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO SUCRE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

37.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

38.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO TRUJILLO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

39.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO YARACUY, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

40.- Expediente N° AA70-E-2017-000088: El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ,  actuando en nombre propio y representación, en  su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ASOCIACIÓN, COMISIÓN DE ATLETAS, COMISIÓN DE JUECES Y COMISIÓN DE TÉCNICOS DEL ESTADO ZULIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 153 dictada en fecha 14 de agosto de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

41.- Expediente N° AA70-E-2017-000094: Por recibido Oficio N° 2017-461 de fecha 07 de julio de 2017, emanado del Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones sindicales interpuesta por los ciudadanos ARDERMAR SABRIL NIEVES, GUSTAVO TOVAR y VICTOR GOITIA, titulares de la cédula de identidad Nos. 3.466.152, 5.489.176 y 5.489.957, respectivamente, actuando en su carácter de afiliados al Sindicato Unión Regional de Empleados Públicos del estado Anzoátegui (UREPANZ), asistidos por el abogado Carlos Enrique Guaicara Arriojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.416, contra la Junta Diecrtiva del referido Sindicato. Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 28 de junio de 2017, conforme a la cual el referido juzgado declinó la competencia para conocer de la convocatoria a elecciones a esta Sala Electoral.

 

Vista la Sentencia Nº 169 dictada por esta Sala Electoral en fecha 10 de octubre de 2017, se acordó notificar a los ciudadanos ARDEMAR SABRIL NIEVES, GUSTAVO TOVAR y VÍCTOR GOITIA (parte accionante) y citar a la Junta Directiva  Provisional del SINDICATO UNIÓN REGIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS DEL ESTADO ANZOÁTEGUI (UREPANZ). Se libraron Boletas. Igualmente, se acordó notificar al Ministerio Público. Se libró Oficio N° 17.635. Finalmente, se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines notificar a los ciudadanos ARDEMAR SABRIL NIEVES, GUSTAVO TOVAR y VÍCTOR GOITIA (parte accionante) y citar a la Junta Directiva  Provisional del SINDICATO UNIÓN REGIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS DEL ESTADO ANZOÁTEGUI (UREPANZ). Se libró Oficio N° 17.636 y Despacho.

 

42.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

Vista la Sentencia N° 177 dictada en fecha 10 de octubre de 2017, se acordó notificar a los ciudadanos CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA(parte recurrente), a la Comisión Electoral y Junta Directiva de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Ministerio Público. Se libró Boleta y Oficios Nos. 17.637, 17.638 y 17.639, respectivamente. Asimismo, se acordó notificar la citada Sentencia a la Plancha N° 1, Plancha N° 2, Plancha N° 3, Plancha N° 4, Plancha N° 5, Plancha N° 6 y Plancha N° 7 de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertado del Distrito Capital que participaron en el proceso comicial de fecha 15 de agosto de 2017 de conformidad con lo establecido en el artículo 93 la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acordó librar carteles, con la advertencia que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los carteles respectivos, se les tendrá por notificados. Se libró Carteles. Finalmente, este Juzgado de Sustanciación indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia de que si incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

 

43.- Expediente N° AA70-E-2016-000052: Por oficio N° 0900-527 de fecha 31 de mayo de 2016, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remitió recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el ciudadano MILTON JESÚS  RAMÍREZ TORRES, titular de la cédula de identidad 4.373.007, contra de los "hechos, actos u omisión, originados por los ciudadanos que conforman la Comisión Electoral de  Regular el Proceso de Elecciones que se realizaran en fecha 29 de mayo de 2016 en lo que respecta a la participación de postulación de plancha a la elección de la junta directiva del Condominio Urbanización Villa Roca III".

 

Vista la sentencia N° 182 dictada en fecha 10 de octubre de 2017, esta Sala acuerda notificar al ciudadano MILTON JESÚS RAMÍREZ TORRES, a la Junta Electoralque reguló el proceso electoral realizado en fecha 29 de mayo de 2016 , a la Junta Directiva de la Junta de Condominio electa para el periodo 2016-2018 de la Asociación Civil de Propietarios de la Urbanización Villa Roca III, a los ciudadanos Pablo González, Zoraida Lizcano, Felicidad de Abreu y Lilian Fonseca en su condición de candidatos a la Junta de Condominio de la Asociación Civil de Propietarios de la Urbanización Villa Roca III y al Ministerio Público. Se libraron Boletas y Oficios Nros. 17.631, 17.632 y 17.633, respectivamente. Finalmente, se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor) a los fines de notificar a los ciudadanos PABLO GONZÁLEZ, SORAIDA LIZCANO, FELICIDAD DE ABREU y LILIAN FONSECA. Se libró Oficio N° 17.634 y Despacho.

 

44.- Expediente N° AA70-X-2017-000012: El abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual apeló del auto de admisión de pruebas, dictado en fecha 18 de julio de 2017.

 

Vista la Sentencia N° 167 dictada en fecha 05 de octubre de 2017, esta Sala acordó notificar al ciudadano NELSON CARRERO HERA (parte accionante). Se libró Boleta.

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

45.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, titulares de la cédula de identidad Nos. 4.933.513 y 6.080.425, respectivamente, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra “la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…”.

 

Por recibido en esta misma fecha escrito contentivo de cuestiones previas, así como los antecedentes administrativos, presentado  por los ciudadanos LEONARDO JOSÉ GARCÍA MARTÍNEZ y ANA JUSMARY RIVERO LÓPEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.169.073 y 21.390.696, respectivamente, actuando en su condición de miembros de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Canotaje asistidos por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, se acuerda agregar al expediente judicial el referido escrito acompañado con los recaudos, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso.

 

46.- Expediente N° AA70-E-2015-000078: Los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ SOSA, RAFAEL ARTURO LEÓN y la abogada CARMEN CANACHE, la ultima actuando en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Ministerio de Poder Popular para el Transporte Terrestre y Obras Públicas, respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto se votación se fijó para el 29 de junio de 2015.

 

Los ciudadanos CARMEN JOSEFINA CANACHE Y RAFAEL LEÓN, titulares de la cedula de identidad Nos. 3.551.757 y 3.354.721, respectivamente, asistidos por la abogada Carmen Canache inscrita en el Inpreabogada bajo el N° 73.407, quien a su vez actúa en nombre propio y representación, presentaron escrito mediante el cual solicitaron "convocar una ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA de acuerdo" .

 

DILIGENCIA EN:

 

47.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

El ciudadano ANTONIO ROSALES, titular de la cedula de identidad N°2.974.866, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 actuando en nombre propio y representación, presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

48.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

El ciudadano DOUGLAS NIÑO, Titular de la cedula de identidad N° 6.244.417, asistido por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

49.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

El ciudadano ALEJANDRO BLANCO, Titular de la cedula de identidad N° 5.411.252, asistido por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

50.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

La ciudadana CONSUELO SANCHEZ Titular de la cedula de identidad N° 5.220.464, asistida por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

51.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

El ciudadano ALEJANDRO BLANCO, Titular de la cedula de identidad N° 5.411.252, asistido por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

52.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

La ciudadana  GLADYS VERGARA Titular de la cedula de identidad N° 3.484.986, asistida por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

53.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

El ciudadano JOSE GONZALEZ, Titular de la cedula de identidad N° 3.158.752, asistido por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

54.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

La ciudadana  AMERICA LEAL  Titular de la cedula de identidad N° 644.450, asistida por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

55.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

El ciudadano ARGENIS VILLEGAS, Titular de la cedula de identidad N° 3.836.317, asistido por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

56.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

El ciudadano JUSTO HERNANDEZ, Titular de la cedula de identidad N° 4.020.195, asistido por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

57.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

El ciudadano MIGUEL PINILLA, Titular de la cedula de identidad N° 3.199.990, asistido por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

58.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

El ciudadano GEYCER TORREALBA, Titular de la cedula de identidad N° 10.540.111, asistido por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

59.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

La ciudadana  ANA NARVAEZ  Titular de la cedula de identidad N° 3.848.785, asistida por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

60.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, titulares de la cédula de identidad Nros. V.- 5.220.464, V.- 3.848.785 y V.-3.484.986, respectivamente, las dos últimas abogadas inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº 16.667 y 17.466, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

El ciudadano JESUS CORASPE, Titular de la cedula de identidad N° 3.476.496, asistido por el abogado Antonio Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.907 presentó diligencia mediante la cual fijó domicilio procesal y así mismo declaró su manifestación de adherirse al presente asunto.

 

61.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, titulares de la cédula de identidad Nos. 4.933.513 y 6.080.425, respectivamente, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra “la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…”.

 

Los ciudadanos LEONARDO GARCÍA y ANA RIVERO, titulares de la cedula de identidad Nos. 4.169.073 y 21.390.696, respectivamente, asistidos por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 272.187, presentaron diligencia mediante la cual otorgan PODER APUD ACTA a la abogada Oriana Shepard, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 272.187 y al abogado asistente.

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

62.- Expediente N° AA70-E-2014-000118: La ciudadana DIANA PATRICIA BERMUDEZ MALAVE, interpuso recurso contencioso electoral contra "LA OMISIÓN, DEMORA Y DEFICIENTE PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO Y ABSTENCIÓN POR PARTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL CON SEDE EN EL ESTADO ARAGUA SOBRE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN CONTRA LA (sic) ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA PARA EL PERÍODO 2014-2017, EFECTUADAS EL LUNES 14 DE JUNIO DE 2014".

 

Por recibido Oficio N° 295-17 de fecha 19 de septiembre de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 17 de mayo de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

63.- Expediente N° AA70-E-2016-000087: Los ciudadanos RAMÓN CARMONA BERRIOS, OCTAVIO MUJICA SEVILLA y YENIRETT DUBRASKA DOGLIA, interpusieron acción de amparo constitucional contra el ciudadano Presidente y demás miembros de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo.

Por recibido Oficio N° 612-2017 de fecha 26 de septiembre de 2017, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 06 de julio de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

64.- Expediente N° AA70-E-2016-000036: el ciudadano NERIO GONZÁLEZ, invocando el carácter de asociado y Secretario General de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Gobierno de Carabobo (AJPGC), asistido por el abogado Rhaywal Parra Aguiar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral que organizó el proceso de elección de la Junta Directiva de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Gobierno de Carabobo (AJPGC), período 2016-2019.

 

Por recibido Oficio N° 597-2017 de fecha 28 de septiembre de 2017, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 27 de julio de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

DILIGENCIA DEL ALGUACIL:

 

65.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, titulares de la cédula de identidad Nos. 4.933.513 y 6.080.425, respectivamente, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra “la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-596, librado a la la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Canotaje, a los fines de solicitarle los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso.

 

66.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, titulares de la cédula de identidad Nos. 4.933.513 y 6.080.425, respectivamente, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra “la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-618, librado a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Canotaje, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 164 de fecha 05-10-2017 y del auto de fecha 05-10-2017.

 

67.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, titulares de la cédula de identidad Nos. 4.933.513 y 6.080.425, respectivamente, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra “la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-619, librado a la Junta Directiva Interina de la Federación Venezolana de Canotaje (FEVECANOTAJE), a los fines de notificarle la Sentencia Nº 164 de fecha 05-10-2017 y del auto de fecha 05-10-2017.

 

68.- Expediente N° AA70-E-2017-000105: Los ciudadanos RUBÉN DARIO NAVARRO y ROBINSON RAÚL ROMÁN, titulares de la cédula de identidad Nos. 4.933.513 y 6.080.425, respectivamente, actuando con el carácter de Juez Nacional  y Presidente Interino de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Canotaje (en adelante la Federación), debidamente asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra “la COMISIÓN ELECTORAL federativa ilegalmente designada en fecha 22 de septiembre de 2017 y contra el fraudulento Proceso Electoral de Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y el representante de los Atletas de la Federación para el período 2017-2021 que pretenden materializar el día 06 de octubre de 2017…”.

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada a los ciudadanos Rubén Darío Navarro y Robinson Raúl Román, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 164 de fecha 05-10-2017 y del auto de fecha 05-10-2017.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

69.- Expediente N° AA70-E-2017-000111: El ciudadano OMAR ALEXANDER ÁVILA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.669.780, aludiendo el carácter de Secretario General de Unidad Visión Venezuela, asistido por el abogado Enio José Campos Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.677, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Nacional Electoral.

 

Recepción de escrito de acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar.

 

70.- Expediente N° AA70-X-2017-000019: La  abogada Carmen Salvatierra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.383, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ADRIAN PIÑANGO, JOSÉ ABREU, LIBARDO LÓPEZ, JOSÉ MARTINEZ, ROBERT BENITEZ, CARLOS NIÑO, SAVIER ARTILES, ELVIS GAVIRIA y JOEL CARRILLO, titulares de la cédula de identidad Nos. 10.739.792, 16.325.098, 11.222.958, 5.382.093, 15.860.942, 10.150.977, 16.049.189, 13.899.176 y 12.996.256, respectivamente, parte accionante, presentó escrito mediante el cual promovió pruebas y solicitó amparo cautelar.

 

Se dio cuenta en Sala

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

71.- Expediente N° AA70-X-2017-000019: La  abogada Carmen Salvatierra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.383, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ADRIAN PIÑANGO, JOSÉ ABREU, LIBARDO LÓPEZ, JOSÉ MARTINEZ, ROBERT BENITEZ, CARLOS NIÑO, SAVIER ARTILES, ELVIS GAVIRIA y JOEL CARRILLO, titulares de la cédula de identidad Nos. 10.739.792, 16.325.098, 11.222.958, 5.382.093, 15.860.942, 10.150.977, 16.049.189, 13.899.176 y 12.996.256, respectivamente, parte accionante, presentó escrito mediante el cual promovió pruebas y solicitó amparo cautelar.

 

Se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de decidir sobre el amparo cautelar formulado en fecha 02 de octubre de 2017 por la  abogada Carmen Salvatierra, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.383, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante.

 

72.- Expediente N° AA70-E-2017-000111: El ciudadano OMAR ALEXANDER ÁVILA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.669.780, aludiendo el carácter de Secretario General de Unidad Visión Venezuela, asistido por el abogado Enio José Campos Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.677, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Nacional Electoral.

 

Se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

ACTUACIÓN EN:

 

73.- Expediente N° AA70-E-2017-000111: El ciudadano OMAR ALEXANDER ÁVILA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.669.780, aludiendo el carácter de Secretario General de Unidad Visión Venezuela, asistido por el abogado Enio José Campos Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.677, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Nacional Electoral.

 

Vista la Sentencia N° 184 dictada por esta Sala Electoral en fecha 11 de agosto 2017, se acordó notificar al ciudadano OMAR ÁVILA (parte accionante). Se libró Boleta. Finalmente, dando cumplimiento a lo ordenado en la referida Sentencia, se acordó a remitir el expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró Oficio N° 17.640.

 

 

DILIGENCIA DEL ALGUACIL EN:

 

74.- Expediente N° AA70-E-2016-000087: Los ciudadanos RAMÓN CARMONA BERRIOS, OCTAVIO MUJICA SEVILLA y YENIRETT DUBRASKA DOGLIA, interpusieron acción de amparo constitucional contra el ciudadano Presidente y demás miembros de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-449, librado al de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de practicar la citación al Presidente y demás miembros de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo (parte agraviante), conforme a lo ordenado en la Sentencia N° 87 de fecha 29 de junio de 2017, así como notificar a los ciudadanos Ramón Carmona Berrios, Octavio Mujica Sevilla y Yenirett Dubraska Doglia (parte agraviada) del referido fallo.

 

75.- Expediente N° AA70-E-2016-000087: Los ciudadanos RAMÓN CARMONA BERRIOS, OCTAVIO MUJICA SEVILLA y YENIRETT DUBRASKA DOGLIA, interpusieron acción de amparo constitucional contra el ciudadano Presidente y demás miembros de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-448, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 87 de fecha 29 de junio de 2017.

 

SENTENCIA

 

76.- Expediente N° AA70-E-2017-000111: El ciudadano OMAR ALEXANDER ÁVILA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.669.780, aludiendo el carácter de Secretario General de Unidad Visión Venezuela, asistido por el abogado Enio José Campos Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.677, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Nacional Electoral. La Sala se declaró INCOMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional y declina su conocimiento en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se ordena remitir el expediente a dicha Sala. Magistrado Ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 184.

 

77.- Expediente N° AA70-E-2017-000110: El ciudadano OMAR ÁVILA, titular de la cédula de identidad N° 11.669.780, aludiendo el carácter de Secretario General y Representante de la organización Política "Unidad Visión Venezuela" y Diputado de la Asamblea Nacional, asistido por el abogado Enio Campos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.677, interpuso recurso de interpretación del artículo 62 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. La Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer del recurso de interpretación interpuesto. 2. INADMISIBLE el recurso de interpretación del artículo 62 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Magistrada Ponente: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 185.

 

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                    La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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