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Sala Electoral
  • Fecha: 14 de Noviembre de 2017





CUENTA N° 227

 

ACTUACIÓN EN:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2017-000018: Los abogados Doris Elizabeth Moreno Rivera y Ronald Gregorio Gulansingh Seesahai, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano SILVANO RAFAEL MORENO RIVERA, aludiendo el carácter de Secretario General del Sindicato único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLIVAR), interpusieron recurso contencioso electoral contra la resolución N° 161208-271, emitida por el Consejo Nacional Electoral en fecha 08 de diciembre de 2016 y publicada en Gaceta Electoral el 25 de enero de 2017.

 

Vencido como se encuentra el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento, previsto en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se agregó al expediente el cartel de emplazamiento original.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2017-000026: La ciudadana MELISSA HELENA TOVAR CEDEÑO, aludiendo el carácter de electora inscrita en los registros del Colegio de Abogados del estado Bolívar, asistida por el abogado Enio Campos, interpuso "RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE NULIDAD DE ACTOS DE EFECTOS PARTICULARES DE CONTENIDO ELECTRAOL, por cuanto todo el proceso electoral convocado, organizado y celebrado en fecha 30 del mes de septiembre de 2016, por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Bolívar" para la escogencia de la Junta Directiva que integra el referido Colegio de Abogados.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MELISSA HELENA TOVAR CEDEÑO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que el Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual declaró inadmisible el recurso contencioso electoral, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

3.- Expediente N° AA70-X-2017-000017: El abogado Tulio Barreto, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos María Elena Bujan Tato, José Antonio Villaro Arteaga, Reina Chiquinquira Romero Rojas, Yamir José Bracho Preciado y Cristian Armando Grandon Ortiz (parte recurrida), presentó escrito mediante el cual apeló la sentencia N° 139 de fecha 10 de agosto de 2017.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano WILIAM SANCHEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia Nro.56 dictada por esta Sala Electoral en fecha 24 de mayo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2012-000095: El ciudadano ALEXIS MALDONADO interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra Resolución N° 120726-453 de fecha 26 de julio de 2012, dictada por el Consejo Nacional Electoral y publicada en Gaceta Electoral N° 647 de fecha 21 de septiembre de 2012, que declaró: "PRIMERO: Negar la inscripción de la organización con fines políticos en proceso de constitución CAMBIO INTEGRACIÓN HONESTIDAD (CAMINHO), a nivel regional en el estado Carabobo. SEGUNDO: Dejar sin efecto el uso de la denominación provisional CAMBIO INTEGRACIÓN HONESTIDAD (CAMINHO) a nivel regional en el estado Carabobo, y en consecuencia la misma queda disponible.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ALEXIS  MALDONADO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia Nro.99 dictada por esta Sala Electoral en fecha 07 de agosto de 2013, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2017-000012: Los ciudadanos FERNANDO RIOS FARIA y GLADYS CORDERO, aludiendo el carácter de Presidente y Secretaria del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Pensión Social de los Trabajadores al Servició de la Educación del estado Miranda (CAPRESOTEEM), asistidos por los abogados Hernán Darío Gómez Rodríguez  y Francisco Ramos Centeno, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad contra el acto de votación celebrado el día 27 de enero de 2017 para la elección de los nuevos miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia, principales y suplentes de la referida caja de ahorro para el periodo 2016-2019.

 

Visto que el 18 de octubre de 2017, se fijó el día el día martes catorce (14) de noviembre de 2017, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral, esta Sala en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados, acordó diferir la realización del referido acto para una nueva oportunidad, y fijó el día jueves dieciséis (16) de noviembre de 2017, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), para la realización del mismo.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

Visto que constan en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 11 de octubre de 2017, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2015-000048: Los ciudadanos YRIS CLARIBEL REBOLLEDO, ROBINSON RAÚL ROMÁN GONZÁLEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA AÑEZ, LINO GREGORIO VERGARA CASTELLANOS y YOHANA YASMINI RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, invocando el carácter de miembros de la Federación Venezolana de Canotaje, asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, contra los estatutos de la referida Federación aprobados en Asamblea General del 21 de marzo de 2014, el Reglamento Electoral aprobado el día 11 de abril de 2014 por parte de la Comisión Electoral presidida por la ciudadana Carla Rondón y contra la convocatoria para el acto de votación publicado en el Diario “El Universal”, en fecha 30 de abril de 2015, para elegir a la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Canotaje, cuyo acto de votación se fijó para el día 22 de mayo de 2015.

 

En el día de hoy catorce (14) de noviembre de 2017, se dejó en custodia de la Secretaría un (01) disco compacto sin reproducir consignado por el abogado Robinson Raúl Román González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 42.518, recurrente.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2014-000001: El ciudadano ROLANDO VAN GRIEKEN, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la "…Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, por haber convocado (…) a elecciones de dicha Asociación…", cuyo acto de votación se fijó para el 29 de enero de 2014.

 

Este Juzgado de Sustanciación  ADMITIÓ las pruebas promovidas por la parte recurrida de acurdo a lo establecido en sentencia N° 43 del 27 de abril de 2017, donde se ordenó abrir una articulación probatoria de ocho (08) días de despacho, contados a partir de esa fecha, inclusive.

 

DILIGENCIA PRESENTADA EN:

 

9.- Expediente N° AA70-E-2017-000028: El ciudadano LEONARDO ENRIQUE NOGUERA, aludiendo el carácter de socio N° 4.467, de la Asociación Civil Club Oricao, asistido por el abogado Francisco Labrador, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra "la decisión emanada de la comisión electoral que declaró con lugar la impugnación propuesta en contra de mi candidatura a presidente de la aludida asociación civil.".

 

El abogado Hugo J. Domínguez Landa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.236, en su carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Club Oricao, presentó diligencia mediante la cual consignó observaciones relacionadas al presente asunto.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2016-000024: El ciudadano MANUEL FARIA PINTO, asistido por el abogado Emilio José Urbina Mendoza, invocando el carácter de ex-candidato a la Presidencia de la Federación de Centros Portugueses de Venezuela,  interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitudes cautelares contra el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Federación de Centros Portugueses de Venezuela (FECEPORVEN), período 2016-2018, celebradas el día 28 de febrero de 2016.

 

El abogado Emilio José Urbina Mendoza, inscrito en el Inpreabogado N° 75.023, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MANUEL FARIA PINTO, titular de la cédula de identidad N° 81.436.962, recurrente, presentó diligencia mediante la cual retiró cartel de emplazamiento librado en fecha 14 de noviembre de 2017.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2017-000109: El ciudadano EDGAR AUGUSTO SALAZAR ACEVEDO, aludiendo el carácter de Vocal suplente interino de la Junta Directiva, Director Técnico y miembro de la Asamblea General de la Federación Venezolana de Canotaje, asistido por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.158, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautela contra "1. La ilegal Asamblea General Extraordinaria de la Federación Venezolana de Canotaje (…) que se constituyó para convocar y designar de manera contumaz y caprichosa una irrita JUNTA REORGANIZADORA  el día 06 de octubre de 2017; 2. La ilegal CONVOCATORIA de fecha 06 de octubre de 2017, que designó la fraudulenta JUNTA REORGANIZADORA (…); 3. El intervencionismo arbitrario del COMITÉ OLÍMPICO VENEZOLANO, por presentarse a promocionar y ayudar a materializar la designación de la ilegal JUNTA REORGANIZADORA…".

 

El abogado Robisnson Raúl Román González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.518, (parte recurrente) presentó diligencia mediante cual solicitó pronunciamiento relacionado a la admisión del presente asunto

 

12.- Expediente N° AA70-E-2015-000048: Las ciudadanas YRIS CLARIBEL REBOLLEDO, ROBINSON RAÚL ROMÁN GONZÁLEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA AÑEZ, LINO GREGORIO VERGARA CASTELLANOS y YOHANA YASMINI RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, , invocando el carácter de miembros de la Federación Venezolana de Canotaje, asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, contra los estatutos de la referida Federación aprobados en Asamblea General del 21 de marzo de 2014, el Reglamento Electoral aprobado el día 11 de abril de 2014 por parte de la Comisión Electoral presidida por la ciudadana Carla Rondón y contra la convocatoria para el acto de votación publicado en el Diario “El Universal”, en fecha 30 de abril de 2015, para elegir a la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Canotaje, cuyo acto de votación se fijó para el día 22 de mayo de 2015.

 

El abogado Robinson Raúl Román González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.518, (recurrente) presentó diligencia mediante cual solicitó pronunciamiento relacionado a la admisión del presente asunto.

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

13.- Expediente N° AA70-E-2017-000005: Los ciudadanos FERNANDO RIOS FARIAS, JEANNETTE PORRAS COLMENARES y GLADYS CORDERO, aludiendo el carácter de Presidente, Tesorera y Secretaria del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Trabajadores al Servicio de la Educación del estado Miranda, Sector Público N° 198, asistidos por los abogados Hernán Darío Gómez Rodríguez y Cruz Francisco Ramos Centeno, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad contra el proceso electoral para la elección de los nuevos miembros del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida caja de ahorros, periodo 2016-2019 "(ahora será periodo 2017-2020)".

 

Por recibido oficio signado bajo el N° F6°TSJ-2017-28, suscrito por el abogado Luis Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.711, actuando en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público, con competencia para actúan ante esta sala Electoral del tribunal Supremo de justicio, anexo al cual remitió escrito de opinión fiscal.

 

DILIGENCIAS DEL ALGUACIL:

14.- Expediente  N° AA70-X-2016-000009: La abogada ZAINE ACOSTA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrida, se opuso a la cautelar acordada mediante sentencia N° 89 dictada por esta Sala Electoral en fecha 22 de junio de 2016.

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos Ignacio Ávila Guerra, Alfredo Ramón Gutiérrez Tovar y Jesús Rivera, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 45 dictada por esta Sala Electoral en fecha 27 de abril de 2017.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2017-000038: El abogado Gustavo Boada Chacon, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ELIO LEANDRO PESTANA, ERLYN GUSTAVO MARTINEZ RADA, CARMEN FELICIA BARROS RODRIGUEZ, JUDITH MARTINEZ DE CORREA y VALDEMARO ALVES DA SILVA, "…todos del Complejo Urbanístico Recreacional denominado CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB, copropietarios del Condominio (sic) del referido Complejo (sic)…", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el acta de la Junta de Condominio de CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB, de fecha 20 de octubre de 2016.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 17-389, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón (Distribuidor), a los fines de notificar a la JUNTA DE CONDOMINIO DE CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB, del auto dictado en fecha 14 de junio de 2017.

 

16.- Expediente N° AA70-E-2017-000038: El abogado Gustavo Boada Chacón, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ELIO LEANDRO PESTANA, ERLYN GUSTAVO MARTINEZ RADA, CARMEN FELICIA BARROS RODRIGUEZ, JUDITH MARTINEZ DE CORREA y VALDEMARO ALVES DA SILVA, "…todos del Complejo Urbanístico Recreacional denominado CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB, copropietarios del Condominio (sic) del referido Complejo (sic)…", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el acta de la Junta de Condominio de CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB, de fecha 20 de octubre de 2016.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 17-579, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos Elio Leandro Pestana, Erlyn Gustavo Martínez Rada, Carmen Felicia Barros Rodríguez, Judith Martínez de Correa y Valdemaro Alves Da Silva (Parte Recurrente), a los ciudadanos María Elena Bujan Tato, José Antonio Villaro Arteaga, Reina Chiquinquira Romero Rojas, Yamir José Bracho Preciado, Carlos Luis Paz Villegas y Cristian Armando Grandon Ortiz, en su carácter de Junta Provisional de Condominio de Caribbean Suites Marina & Beach Club (parte recurrida), a la sociedad mercantil "Administradora CCCP C.A. y a la sociedad de comercio "INVETURCA C.A.", de la Sentencia N° 139 dictada en fecha 10 de agosto de 2017

 

 

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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