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CUENTA N° 33
DESIGNACIÓN DE PONENTE:
1.- Expediente N° AA70-E-2017-000013: El abogado Miguel Ángel Gómez, actuando con el carácter de de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE GUILLEN VILLASMIL, JOSÉ ADELSO ROJAS, JOSÉ GREGORIO PARRA GUILLEN, EDGAR GONZALO GÓMEZ, YARLIN JOSÉ LÓPEZ, LIGIA OMAIRA CONTRERAS GELVES, MIGDALIA ISABEL LEAL CONTRERAS, MARIA DE LOS ÁNGELES PARRA, DARIELA CECILIA ARROLLO OJEDA y MARBELYS VIVAS DE MÁRQUEZ, afiliados al Sindicato único de Trabajadores Fijos de la Alcaldía Alberto Adriani del estado Mérida (SUTFAAAM), interpuso solicitud de convocatoria a elecciones.
Se designó ponente a la Magistrada JHANNETT MADRIZ SOTILLO, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la presente solicitud de convocatoria a elecciones.
ACTUACIÓN EN:
2.- Expediente N° AA70-E-2017-000005: Los ciudadanos FERNANDO RIOS FARIAS, JEANNETTE PORRAS COLMENARES y GLADYS CORDERO, aludiendo el carácter de Presidente, Tesorera y Secretaria del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Trabajadores al Servicio de la Educación del estado Miranda, Sector Público N° 198, asistidos por los abogados Hernan Dario Gómez Rodríguez y Cruz Francisco Ramos Centeno, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad contra el proceso electoral para la elección de los nuevos miembros del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida caja de ahorros, periodo 2016-2019 "(ahora será periodo 2017-2020)".
Auto de admisión por el Juzgado de Sustanciación, se acordó la notificación de la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores al Servicio de la Educación del estado Miranda, Sector Público N° 198 (parte recurrida) y a los ciudadanos FERNANDO RIOS FARIAS, JEANNETTE PORRAS COLMENARES y GLADYS CORDERO (recurrentes). Librándose Oficio N° 17-151y boleta. De igual forma, se acordó notificar al Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja de Ahorros para el periodo 2016-2019 y a la Superintendencia de Cajas de Ahorros. Librándose Oficios Nos 17-152, 17-153 y 17-154. Asimismo, se ordenó notificar al Ministerio Público. Librándose Oficio N° 17-155. En el mismo orden de ideas, se acordó notificar el auto de admisión, a los ciudadanos MARÍA VEROES, REIKER LUIS, SUYIN MÉNDEZ, NILOA ÁLVAREZ, MAYDY REYNA y LUZ PÉREZ, en su condición de candidatos al Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores al Servicio de la Educación del estado Miranda, Sector Público N° 198, para el periodo 2016-2019, y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno, se acordó librar carteles. Librándose Carteles.
3.- Expediente N° AA70-E-2016-000003: La abogada Astrid Herrera, actuando en representación de la Asociación Civil TRANSPARENCIA VENEZUELA, interpuso recurso contencioso electoral de abstención o carencia contra la Comisión de Participación Política y Financiamiento del Consejo Nacional Electoral, por no haberse pronunciado sobre la admisibilidad de las denuncias formales realizadas por esta organización consignadas en fecha 3,6,20,26,30 de noviembre y 7 de diciembre de 2015.
Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 24 de enero de 2017, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.
4.- Expediente N° AA70-E-2017-000012: Los ciudadanos FERNANDO RIOS FARIA y GLADYS CORDERO, aludiendo el carácter de Presidente y Secretaria del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Pensión Social de los Trabajadores al Servició de la Educación del estado Miranda (CAPRESOTEEM), asistidos por los abogados Hernan Darío Gómez Rodríguez y Francisco Ramos Centeno, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad contra el acto de votación celebrado el día 27 de enero de 2017 para la elección de los nuevos miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia, principales y suplentes de la referida caja de ahorro para el periodo 2016-2019.
Visto el escrito presentado en fecha 14 de febrero de 2017, por los ciudadanos FERNANDO RÍOS FARÍAS y GLADYS CORDERO, actuando con el carácter de “Presidente y Secretaria, del Consejo de Administración todos en el mismo orden, de la Caja de Ahorros y Previsión Social, de los Trabajadores al Servicio de la Educación del Estado Miranda (CAPRESOTEEM) Sector Público N° 198”, asistidos por los abogados, Hernán Darío Gómez Rodríguez y Cruz Francisco Ramos Centeno, mediante el cual interpusieron “‘RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL DE NULIDAD, CONTRA EL ACTO DE VOTACIÓN CELEBRADO EL DÍA 27 DE ENERO DE 2017’ para la elección de los nuevos miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia, principales y suplentes de la Caja de Ahorros y Previsión Social, de los Trabajadores al Servicio de la Educación del estado Miranda, Sector Público N° 198, para el periodo 2016-2019”, en consecuencia, se acordó solicitar a la Comisión Electoral Principal de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores al Servicio de la Educación del Estado Miranda, Sector Público N° 198 los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Librándose Oficio N° 17-156.
5.- Expediente N° AA70-E-2015-000145: Los ciudadanos ELVIS EDUARDO HIDROBO AMOROSO y HIPOLITO ANTONIO ABREU PÁEZ, asistidos por el Abogado Pablo Enríquez Parada Álvarez, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS A LA ASAMBLEA NACIONAL, EN LA CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL NÚMERO CUATRO (04), DEL ESTADO.
Visto que el 12 de diciembre de 2016, se fijó el día martes (21) de febrero de 2017, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral, esta Sala en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados, acordó diferir la realización del referido acto para una nueva oportunidad. Se fijará por auto separdo
DILIGENCIA EN:
6.- Expediente N° AA70-E-2016-000021: GLADIMIR SANCHEZ LOPEZ y VICTOR MARTINEZ MENDEZ, asistidos por el abogado Lucio Valero Acevedo, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016.
El ciudadano GLADIMIR SANCHEZ LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° 14.707.316, (parte recurrente), asistido por el abogado Humberto Decarli, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.928, presento diligencia mediante la cual otorgó poder APUD-ACTA a la abogada Maira Caduett, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.909, y al abogado asistente.
7.- Expediente N° AA70-E-2017-000003: El ciudadano ENRIQUE JOSÉ RIVAS ESPINOZA, aludiendo su condición de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Fútbol “Bolivariano Sport Club”, asistido por el abogado Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la AUTORIDAD PROVISIONAL y la COMISIÓN ELECTORAL de la Asociación de Fútbol del estado Sucre.
La abogada Oriana Shephard, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 272.187, en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificada de la sentencia N° 09 de fecha 14 de febrero de 2017.
8.- Expediente N° AA70-X-2017-000003: El abogado Antonio Quintero, en su carácter de apoderado del ciudadano JOSÉ CATALINO MEDRANO, aludiendo su carácter de entrenador perteneciente a la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda, recurrente, presentó escrito mediante el cual solicitó medida cautelar.
La abogada Cristina Villa Madrid, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 197.526, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual se da por notificada de la sentencia N° 08 de fecha 14 de febrero de 2017.
ACTUANDO COMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
ACTUACIÓN EN:
9.- Expediente N° AA70-E-2015-000106: ADAN CEDEÑO PÉREZ, MARCOS CORNIEL, ESMIL VÉLIZ, GERSON VERDE, JOUSEL RIVAS, ALBERTO ORTIZ, JESÚS DANIEL PÉREZ, GUSTAVO RIVERO, WUINKENFIL BORRAS y SIXTO VELÁSQUEZ, invocando la condición de trabajadores activos del COMPLEJO SIDERÚRGICO DE GUAYANA, C.A. (COMSIGUA), y afiliados al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA), asistidos por el abogado Richard Rojas, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA) por "NEGARSE a incorporarnos como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer nuestros derechos al sufragio en las elecciones de la junta directiva del sindicato 2015-2018 convocadas para el pasado 29 de junio de 2015".
Visto que en fecha 17 de enero de 2017, se recibió oficio N° 16-5200 de fecha 10 de octubre de 2016, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, se acordó citar a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA). Librándose Boletas de citación. Finalmente, se acordó comisionar al Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, a los fines de citar a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva del referido Sindicato. Librándose Oficio N° 17-150 y Despacho.
10.- Expediente N° AA70-E-2016-000026: Dubia del Carmen Bastardo de Graterol, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos HENRY CUMARE, ZALEMA SALAZAR, NOHELIA SUAREZ, INES CASTILLO y ANA LUISA FIGUERA, interpuso acción de amparo constitucional por la presunta violación a la democracia sindical contra el Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Conserva del Pescado del estado Sucre.
Visto que en fecha 17 de enero de 2017, se recibió oficio N° 16-5200 de fecha 10 de octubre de 2016, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, se acordó citar a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA). Librándose Boletas de citación. Finalmente, se acordó comisionar al Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, a los fines de citar a la Comisión Electoral y a la Junta Directiva del referido Sindicato. Librándose Oficio N° 17-150 y Despacho.
ESCRITO PRESENTADO EN:
11.- Expediente N° AA70-E-2016-000087: Los ciudadanos RAMÓN CARMONA BERRIOS, OCTAVIO MUJICA SEVILLA y YENIRETT DUBRASKA DOGLIA, interpusieron acción de amparo constitucional contra el ciudadano Presidente y demás miembros de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo.
Los ciudadanos RAMÓN CARMONA BERRIOS, OCTAVIO MUJICA SEVILLA y YENIRETT DUBRASKA DOGLIA, titulares de la cédula de identidad Nos. 6.127.798, 13.105.235 y 16.773.587, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 64.979, 186.535 y 252.355, respectivamente, parte accionante, presentaron escrito mediante el cual se dieron por notificados de la sentencia N° 177 de fecha 30 de noviembre de 2016, y consignaron sus respectivas constancias de inscripción ante el colegio de abogados del estado Carabobo y copia de los respectivos carnets de miembros inscritos ante el INPREABOGADO y Colegio de Abogados del estado Carabobo.
DILIGENCIA EN:
12.- Expediente N° AA70-E-2017-000007: El ciudadano ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SANCHEZ, actuando en su propio nombre y representación de los ciudadanos ALFREDO JOSÉ CASANOVA MANCINI, ANELIM GABRIELA ROJAS MILLÁN, EDUARDO JAVIER DURÁN CHACÓN y RODRIGO JOSÉ DURAN CHACÓN, aludiendo el carácter de atletas activos del club de natación máster Asociación Civil VIKINGOS DE CHACAO CLUB DE NATACIÓN MASTER, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Junta Directiva electa para el periodo 2014-2016 de la referida asociación civil.
El abogado Alexis Enrique Aguirre Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.540, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la sentencia N° 06 de fecha 09 de febrero de 2017.
SENTENCIA
13.- Expediente N° AA70-X-2017-000006: La abogada Oriana Shephard, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicitó medida cautelar. La Sala declaró: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud de medidas cautelares innominadas realizada por la abogada Oriana Shephard, actuando con el carácter de apoderada judicial del “CLUB FRANCISCO TAMAYO FÚTBOL CLUB (…) para que se suspenda el funcionamiento de la COMISIÓN ELECTORAL de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO DELTA AMACURO y suspendan las elecciones que llevará a cabo dicha Asociación en la Asamblea General del día 20 de febrero de 2017” por cuanto no se evidencia el cumplimiento del fumus boni iuris. Magistrada Ponente: FANNY MÁRQUEZ CORDERO. Sentencia N° 11.
La Presidenta
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
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