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Sala Electoral
  • Fecha: 15 de Noviembre de 2017





CUENTA N° 228

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2014-000001: El ciudadano ROLANDO VAN GRIEKEN, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la "…Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, por haber convocado (…) a elecciones de dicha Asociación…", cuyo acto de votación se fijó para el 29 de enero de 2014.

 

Vencida como se encuentra la articulación probatoria ordenada en la Sentencia N° 43 del 27 de abril de 2017, se designó ponente: al Magistrado MALAQUIAS GIL RODRIGUEZ, a los fines de la decisión correspondiente.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2017-000018: Los abogados Doris Elizabeth Moreno Rivera y Ronald Gregorio Gulansingh Seesahai, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano SILVANO RAFAEL MORENO RIVERA, aludiendo el carácter de Secretario General del Sindicato único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLIVAR), interpusieron recurso contencioso electoral contra la resolución N° 161208-271, emitida por el Consejo Nacional Electoral en fecha 08 de diciembre de 2016 y publicada en Gaceta Electoral el 25 de enero de 2017.

 

Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 31 de octubre de 2017, se designó ponente: Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

ACTUACIÓN EN:

3.- Expediente N° AA70-E-2016-000089: Los abogados Luis Betancourt Zurita y Nelly Labrador Ávila, actuando en su condición de apoderados de los ciudadanos ISIS COROMOTO ANDRADE LUGO, JOSÉ VICENTE MÁRQUEZ MATOS, JACQUELINE DEL ROSARIO GARCÍA GUZMÁN, ROMÁN ARREAZA y EDGAR OMAR GERARDINO, actuando en su condición de candidatos y asociados de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 13 de octubre de 2016, por la referida caja de ahorros.

Se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2016-000025: el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, invocado el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato "y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical", pautado para el día 06 de abril de 2016.

 

Vista la Sentencia N° 193 dictada en fecha 09 de noviembre de 2017, respecto del “Recurso Contencioso Electoral Con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efecto[s]”, se acordó notificar al ciudadano ARQUIMEDES SEQUERA (parte recurrente), a la Junta Directiva y al Tribunal Disciplinario del Sindicato ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), y al Ministerio Público. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese Boleta y Oficios.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2015-000048: Las ciudadanas YRIS CLARIBEL REBOLLEDO, ROBINSON RAÚL ROMÁN GONZÁLEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA AÑEZ, LINO GREGORIO VERGARA CASTELLANOS y YOHANA YASMINI RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, invocando el carácter de miembros de la Federación Venezolana de Canotaje, asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, antepusieron recurso contencioso electoral contra los estatutos de la referida Federación aprobados en Asamblea General del 21 de marzo de 2014, el Reglamento Electoral aprobado el día 11 de abril de 2014 por parte de la Comisión Electoral presidida por la ciudadana Carla Rondón y contra la convocatoria para el acto de votación publicado en el Diario “El Universal”, en fecha 30 de abril de 2015, para elegir a la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Canotaje, cuyo acto de votación se fijó para el día 22 de mayo de 2015.

 

Vista la Sentencia N° 193 dictada en fecha 09 de noviembre de 2017, respecto del “Recurso Contencioso Electoral con Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efecto[s]”, se acordó notificar al ciudadano ARQUIMEDES SEQUERA (parte recurrente), a la Junta Directiva y al Tribunal Disciplinario del Sindicato ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), y al Ministerio Público.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2017-000086: Por recibido oficio N° J2-SME-324-2017 de fecha 22 de junio de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo de la “…demanda." interpuesta por los ciudadanos MARVAL MALDONADO DOMINGO, PINTO ROSALES THAIZ YAJAIRA y MOLINA MORENO NAYLA AZUCENA, asistidos por el abogado Romel Sánchez, contra los miembros de la Junta Electoral del Sindicato Único del Magisterio del estado Táchira "para que se restituya el debido proceso y derecho a la defensa de los integrantes de la plancha 7 excluidos del proceso electoral por ser calificados erróneamente patronos [y] se ordene la suspensión del cronograma electoral hasta que se repare el daño del cual somos víctimas". Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 14 de julio de 2017, conforme a la cual el referido juzgado declinó la competencia para conocer de la "demanda" a esta Sala Electoral.

 

Vista la Sentencia N° 195 dictada en fecha 09 de noviembre de 2017, se acordó notificar a los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO (parte recurrente).

 

7.- Expediente N° AA70-E-2015-000137: Las ciudadanas ANGELA MORILLO, NÉLIDA ZAMBRANO, ISDELIA PALACIOS y DALIA HERMINIA YÁNEZ,  invocando la condición de miembros directivos de la Red Ambiental de la Base de la Unión de Comunidades Indígenas WARAO UCIW-CONIVE y la última invocando el carácter de representante y defensora de los Derechos Humanos e Indígenas de las poblaciones originarias de la República Bolivariana de Venezuela, interponen Recurso Contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de CONIVE a nivel nacional, relacionado con el proceso de escogencia de precandidata o precandidato indígena por el estado Delta Amacuro, para participar en las elecciones a Diputados de la Asamblea Nacional por los pueblos indígenas, región oriente, celebradas en fecha 06-12-2015.

 

Vista la Sentencia N° 189 dictada en fecha 09 de noviembre de 2017, esta Sala acordó notificar a las ciudadanas ÁNGELA MORILLO, NÉLIDA ZAMBRANO, ISDELIA PALACIOS y DALIA HERMINIA YÁNEZ (parte recurrente) y la COMISIÓN ELECTORAL DEL CONSEJO REGIONAL ELECTORAL INDIGENA DE LA REGIÓN ORIENTE (parte recurrida), al CONSEJO NACIONAL INDIO DE VENEZUELA, y el Ministerio Público.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2017-000090: Por recibido oficio N° J5- SME-311.2017 de fecha 15 de junio de 2017, emanado del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo de recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO, actuando en su condición de Docentes en función de Director y Directivos Principales del Sindicato Unitario del estado Táchira (S.U.M.A), asistidos por el abogado Romel J. Sánchez Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.930, para que ordene la suspensión del cronograma electoral del mencionado Sindicato. Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 07 de junio de 2017, conforme a la cual el referido juzgado declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral a esta Sala.

 

Vista la Sentencia N° 196 dictada en fecha 09 de noviembre de 2017, se acordó notificar a los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO (parte recurrente). Se Libró Boleta. Asimismo, se comisionó al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor). Se libró Oficio N° 17.178 y Despacho.

 

 

DILIGENCIAS DEL ALGUACIL:

 

9.- Expediente N° AA70-E-2014-000001: El ciudadano ROLANDO VAN GRIEKEN, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con suspensión de efectos contra la "…Comisión Electoral de la Asociación de Empleados de la Universidad de Los Andes, por haber convocado (…) a elecciones de dicha Asociación…", cuyo acto de votación se fijó para el 29 de enero de 2014.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-709, librado al Consejo Nacional Electoral, en atención Oficina Regional Electoral del estado Mérida, mediante el cual se le notificó del auto de pruebas de fecha 14 de noviembre de 2017.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2017-000035: Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-696 librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de evacuar la testimonial admitida mediante auto de fecha 07-11-2017

 

11.- Expediente N° AA70-E-2017-000035: Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-697 librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de evacuar la testimonial admitida mediante auto de fecha 07-11-2017

 

12.- Expediente N° AA70-E-2017-000035: Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-698 librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de evacuar la testimonial admitida mediante auto de fecha 07-11-2017.

 

13.- Expediente N° AA70-E-2017-000035: Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-699 librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de evacuar la testimonial admitida mediante auto de fecha 07-11-2017.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2017-000035: Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-700 librado a la Superintendencia de Cajas de Ahorro, a los fines de que se sirva remitir el informe requerido mediante auto de fecha 07-11-2017.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2017-000035: Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017".

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio N° 17-701 librado a la Oficina de Recursos Humanos de la empresa Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA), del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a los fines de que se sirva remitir el informe requerido mediante auto de fecha 07-11-2017, Oficio que fue enviado a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal.

 

 

 

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

16.- Expediente N° AA70-E-2017-000116: Los ciudadanos EDUARDO JOSÉ CASTILLO BARRIOS, SIXTO JOSÉ FERNÁNDEZ TERAN, RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL y CARLOS JULIO CHACÓN LÓPEZ, respectivamente, "pertenecientes a los programas Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada (UNEFA)" y  aludiendo el carácter de asociados a la Caja de ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), asistidos por el abogado , RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra "todas las actuaciones materiales y vías de hecho de carácter electoral" que realizó la Comisión Electoral de la Caja de ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE) correspondientes a las elecciones de los Consejos de Administración, Consejo de Vigilancia y nombramiento de delegados de la referida caja de ahorros para el periodo 2018-2020.

 

Se recibió escrito de acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada.

 

ACTUACIÓN EN:

 

17.- Expediente N° AA70-E-2015-000106: Los ciudadanos ADAN CEDEÑO PÉREZ, MARCOS CORNIEL, ESMIL VÉLIZ,  GERSON VERDE, JOUSEL RIVAS, ALBERTO ORTIZ, JESÚS DANIEL PÉREZ, GUSTAVO RIVERO, WUINKENFIL BORRAS y SIXTO VELÁSQUEZ, invocando la condición de trabajadores activos del COMPLEJO SIDERÚRGICO DE GUAYANA, C.A. (COMSIGUA), y afiliados al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA), asistidos por el abogado Richard Rojas, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA) por "NEGARSE a incorporarnos como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer nuestros derechos al sufragio en las elecciones de la junta directiva del sindicato 2015-2018 convocadas para el pasado 29 de junio de 2015".

 

Vista la Sentencia Nº 190 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017, se acordó notificar a los ciudadanos Adán Cedeño Pérez, Marcos Corniel, Esmil Véliz,  Gerson Verde, Jousel Rivas, Alberto Ortiz, Jesús Daniel Pérez, Gustavo Rivero, Wuinkenfil Borras y Sixto Velásquez, parte accionante.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2015-000084: Los ciudadanos JORGE GONZÁLEZ DAMAS, NAIBETH CHIRGUITA LEMUS, CARLOS RODRÍGUEZ YERVES, LUIS ANGULO ORTEGA, LEOBARDO TOVAR AMADOR, LUIS VILORIA ARIAS, JULIO LARA BELLO, JHONNY GONZÁLEZ, YOEL SERRANO ARA, JHONNY BERAZA VARGAS, SAEL GOLINDANO HERNÁNDEZ, TOMÁS RODRÍGUEZ FIGUERA, ABELARDO VALLEJO RODRÍGUEZ, ANOTNIO ALCALÁ RODRÍGUEZ, ANNIEL RODRÍGUEZ ROJAS, JOSÉ CABRERA AYALA, YUBERT ACOSTA JAIMES, LIZAIDA HEREDIA BASTARDO y RONNIEL ROJAS BORRAS, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA) "por NEGARSE a incorporar a mis representados como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer sus derechos al sufragio en las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato 2015-2018, convocadas para el 29 de junio de 2015.

 

Vista la Sentencia Nº 191 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017, se acordó notificar a los ciudadanos JORGE GONZÁLEZ DAMAS, NAIBETH CHIRGUITA LEMUS, CARLOS RODRÍGUEZ YERVES, LUIS ANGULO ORTEGA, LEOBARDO TOVAR AMADOR, LUIS VILORIA ARIAS, JULIO LARA BELLO, JHONNY GONZÁLEZ, YOEL SERRANO ARA, JHONNY BERAZA VARGAS, SAEL GOLINDANO HERNÁNDEZ, TOMÁS RODRÍGUEZ FIGUERA, ABELARDO VALLEJO RODRÍGUEZ, ANTONIO ALCALÁ RODRÍGUEZ, ANNIEL RODRÍGUEZ ROJAS, JOSÉ CABRERA AYALA, YUBERT ACOSTA JAIMES, LIZAIDA HEREDIA BASTARDO y RONNIEL ROJAS BORRAS (parte accionante).

19.- Expediente N° AA70-E-2015-000117: El ciudadano ROBERTO JOSÉ CAMPERO REYES, titular de la cédula de identidad N° 7.236.940, invocando el carácter de afiliado a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistido por el abogado José Clemente Hernández Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 183.219, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Nacional y Regional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018.

Visto que en fecha 25 de octubre de 2017, fue recibido oficio N° 666-17 de fecha 10 de octubre de 2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 25 de julio de 2017, mediante la cual se ordenó notificar la Sentencia N° 108 dictada en fecha 20 de julio de 2017, al ciudadano Roberto José Campero Reyes (parte accionante), esta Sala en aras de darle continuidad a la presente causa y de perfeccionar la notificación encomendada, acordó remitir nuevamente dicha comisión a los fines de notificar al referido ciudadano. Se libró Boleta. Finalmente, se comisionó al Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. Se libró Oficio 17.719 y Despacho.

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE                                              

La Secretaria

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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