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Sala Electoral
  • Fecha: 16 de Junio de 2017





CUENTA N° 120

 

El viernes dieciséis (16) de junio de 2017, no hubo despacho en esta Sala.

 

SENTENCIA

 

1.- Expediente N° AA70-E-2017-000031: El abogado OTONIEL PAUTT ANDRADE, actuando en nombre propio, mediante el cual interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el Decreto de fecha 23 de mayo de 2017, dictado por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y aprobado por el Consejo Nacional Electoral, mediante el cual, se fija las bases electorales y comiciales para elegir 540 constituyentes. La Sala declaró: 1.- SU INCOMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta. 2.- DECLINÓ la competencia en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se ordena remitir el expediente a dicha Sala. Magistrada ponente: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 71.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2017-000039: Los ciudadanos MARIA DE LOS ANGELES RIVAS VIAMONTE y CARLOS ARTURO ROCHA PINEDA, actuando en nombre propio y representación y en asistencia de la ciudadana antes mencionada, interpusieron acción de amparo "…sobre la corrección de los procesos electorales del CNE contra la inconstitucionalidad del proceso electoral de la Constituyente del CNE…". La Sala declaró: INCOMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional y declina su conocimiento en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, por lo que se ordena remitir el expediente a dicha Sala. Magistrado ponente: MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ. Sentencia N° 72.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2017-000044: Los ciudadanos ALEXY PALMAR CASTILLO y MARIO TORRES CARRILLO, actuando en nombre propio y representación y  “…como venezolanos inscritos en el Registro Electoral Permanente (REP) que lleva el Consejo Nacional Electoral (CNE)…” interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra el Consejo Nacional Electoral “… por haber incurrido en la omisión de actos esenciales para la validez del proceso electoral y en contra de actos y normas viciadas de nulidad absoluta…”. La Sala declaró: PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos. SEGUNDO: DECLINÓ LA COMPETENCIA para conocer y decidir la presente acción de amparo constitucional en la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia. Magistrada ponente: JHANNETT MARIA MADRIZ SOTILLO. Sentencia N° 73.

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                                           

                                                                                                         La Secretaria

 

 

 

                                                                                        INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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