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CUENTA N° 12
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2016-000053: Los ciudadanos JESÚS AQUILES PAEZ MENDOZA y JOHAN ANTONIO CASTILLO MARTINEZ, aludiendo su condición de entrenador y jugador de futbol campo, respectivamente, asistidos por el abogado Antonio Quintero, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los procesos electorales para la elección de los representantes de los Jugadores, Entrenadores y Árbitros ante la Asamblea General de la Asociación de Fútbol del estado Portuguesa y el representante de los Jugadores ante la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), cuyo acto de votación se fijó para el día del 28 de julio del año 2016.
Vista la diligencia presentada en fecha 16 de enero de 2017, por el abogado Antonio Quintero Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 130.893, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JESÚS AQUILES PAEZ MENDOZA y JOHAN ANTONIO CASTILLO MARTINEZ, parte recurrente, mediante la cual desistió del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, se designó ponente a la Magistrada JHANNETT MADRIZ SOTILLO, a los fines de la decisión correspondiente.
2.- Expediente N° AA70-E-2014-000044: Los ciudadanos HENRY JOSÉ HERNÁNDEZ y DURGA YHOSEBE OCHOA, asistidos por la abogada Verónica Alvárez, aludiendo el carácter de Presidente del partido político Unidad Popular Venezolana (UPV) y Diputada electa a la Asamblea Nacional por el estado Vargas, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el acta de asamblea de fecha 11 de diciembre de 2015, mediante la cual se designaron nuevas autoridades en la organización política Unidad Popular Venezolana (UPV).
Vencido como se encuentra el lapso otorgado en la Sentencia N° 111 publicada en fecha 02 de agosto de 2016, se designó ponente al Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente.
3.- Expediente N° AA70-E-2016-000034: IBRAIM IGLESIAS y JOSÉ FRANCISCO GONZALEZ, actuando en su carácter de Socios Propietarios de las Acciones Nos. 3657 y 2849 respectivamente, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos para el periodo 2016-2018.El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 16-693, librado al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (Distribuidor), a los fines de que practique la evacuación de las posiciones juradas y las testimoniales señaladas en el auto de fecha 06-10-2016.
Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, esta Sala de conformidad con lo dispuesto en los artículos 191 y 192 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, designó ponente al Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de la presentación de los informes orales. Asimismo, se fija el día martes (07) de marzo de 2017, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral.
ACTUACIÓN EN:
4.- Expediente N° AA70-E-2014-0000029: ZULAIMA DE LAS MERCEDES ARRIECHE, IVY COROMOTO HIGUERA DELGADO, DEINYS ELEAZAR COLLS MORENO, NORMA ALIDA AGUILAR AGUIRRE, MIRIAM JOSEFINA OJEDA RODRÍGUEZ, JOSÉ GREGORIO PÉREZ RINCONES, CÉSAR ROCCA y GIOVANNA CIPOLLA BENEVENTO, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Resolución N° 120726-0424 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 26 de julio de 2012, y publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012.
Vista la Sentencia N° 167 dictada por la Sala Electoral en fecha 16-11-2016, esta Sala acordó notificar a los ciudadanos Zulaima De Las Mercedes Arrieche, Ivy Coromoto Higuera Delgado, Deinys Eleazar Colls Moreno, Norma Alida Aguilar Aguirre, Miriam Josefina Ojeda Rodríguez, José Gregorio Pérez Rincones, César Rocca y Giovanna Cipolla Benevento (parte recurrente), al Consejo Nacional Electoral, a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Empleados del Consejo Legislativo del estado Carabobo, a la Junta Directiva Temporal del referido Sindicato y al Ministerio Público. Se libró Boleta y Oficios N° 17-048, 17-045, 17-046 y 17-048. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, que resulta aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisionó al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral del Sindicato Único de Empleados del Consejo Legislativo del estado Carabobo y a la Junta Directiva Temporal del referido Sindicato. Se libró Oficio N° 17-044 y Despacho. Del mismo modo, se acordó notificar de la referida sentencia a los ciudadanos José Canelones, Eneida Sánchez, Néstor Fernández, Yenny Rodríguez, Amílcar Machado, Ari Rodríguez, Alfredo González, José Gámez, Liber Hernández, Francisco Hernández, Elena Llovera, Roger Coronel y William Romero (Integrantes de la Plancha N° 02) y a los ciudadanos Pedro Palencia y Liliana Castillo (Integrantes de la Plancha N° 01), y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda librar cartel, con la advertencia que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados. Líbrese Carteles. Asimismo, se indica que los carteles igualmente serán publicados en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.
5.- Expediente N° AA70-E-2015-0000074: El abogado LUBIN AGUIRRE, actuando en con carácter de apoderado judicial del ciudadano STEFANO FERRARI GRANCINI y por el abogado FRANCESCO CARROCCIO VENDITTO, actuando en nombre propio, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las actuaciones emanadas por la Comisión Electoral del Centro Social Ítalo Venezolano de Valencia, referidas al proceso electoral a los fines de elegir a las autoridades del mencionado Club Social.
Vista la Sentencia N° 206 dictada en fecha 15 de diciembre de 2016, se acordó notificar a los ciudadanos STEFANO FERRARI GRANCINI y FRANCESCO CARROCCIO VENDITTO (parte recurrente), a la Comisión Electoral del Centro Social Ítalo Venezolano de Valencia, a la Junta Directiva del Centro Social Ítalo Venezolano de Valencia, a los integrantes de la Plancha N° 1, a los integrantes de la Plancha N° 2, Librándose Boletas y Oficios N°17.50 y 17.051. Asimismo se comisionó al Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de practicar las referidas notidicaciones. Librandose Oficio N° 17.049 y despacho. De igual manera se acordó notificar al Ministerio Público. Librándose Oficio N° 17.058.
6.- Expediente N° AA70-E-2016-0000056: El ciudadano ANGEL BLANCO, su carácter de "militante y dirigente de la asociación con fines políticos COPEI en el Estado Bolívar", asistido por la abogada Carmen Teresa Goicochea, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra "el acto de elección y consecuente proclamación de las autoridades Estadales y Municipales del Partido COPEI surgidas de las elecciones internas realizadas el 10 de julio de 2016 en el Estado Bolívar"
Vista la Sentencia N° 166 dictada en fecha 16 de noviembre de 2016, esta Sala acordó notificar al ciudadano ÁNGEL BLANCO (parte recurrente), y la Comisión Electoral Estadal de la Organización con fines Políticos Copei. Librándose Boleta y Oficio N° 17-055. Asimismo, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente, De igual forma, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a la referida Comisión Electoral. Librándose Oficios Nos. 17-053 y 17-054 y Despachos.
DILIGENCIA EN:
7.- Expediente N° AA70-E-2012-0000106: LUIS AQUILE MORENO, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra "las actuaciones materiales efectuadas por el Consejo Nacional Electoral, consistentes en la ilegal modificación del Registro Electoral Definitivo correspondiente al inminente proceso electoral convocado para el día 16 de diciembre de 2012".
El abogado Jaiber Núñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 239.461, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó la continuación de la presente causa.
8.- Expediente N° AA70-E-2015-000066: WIJERL ALEXIS MATA BARÓN y JOSÉ MIGUEL GARCÍA LAREZ, asistidos por el abogado Ramón Prieto, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con "MEDIDAS CAUTELARES INNOMINADAS", contra la Resolución N° 150414-078, de fecha 14 de abril de 2015, publicada en la Gaceta Electoral N° 750, de fecha 15 de mayo de 2015, mediante la cual resolvió: 1.- Reconoce como autoridades de la organización con fines políticos ORGANIZACIÓN RENOVADORA AUTENTICA (ORA) a los ciudadanas y ciudadanos que fueron elegidos en la asamblea celebrada el 06 de mayo de 2012, a saber: Luis Reyes Castillo, Edye Neptalí Gómez, Rafael León Villarreal, Lily Sugey Granado, Leandro Martínez, Randy Francisco Jiménez, José Moreno Pérez y Yudith Pacheco y 2.- Reconoce la validez y vigencia de los estatutos de la mencionada organización, aprobados en la asamblea celebrada el 06 de mayo de 2008, con ocasión de su constitución e inscripción por ante el Consejo Nacional Electoral.
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-600, librado a la Junta Directiva del partido político Organización Renovadora Auténtica (ORA), a los fines de notificarle la Sentencia N° 122 de fecha 09-08-2016.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
ACTUACIÓN EN:
9.- Expediente N° AA70-E-2015-0000106: ADAN CEDEÑO PÉREZ, MARCOS CORNIEL, ESMIL VÉLIZ, GERSON VERDE, JOUSEL RIVAS, ALBERTO ORTIZ, JESÚS DANIEL PÉREZ, GUSTAVO RIVERO, WUINKENFIL BORRAS y SIXTO VELÁSQUEZ, invocando la condición de trabajadores activos del COMPLEJO SIDERÚRGICO DE GUAYANA, C.A. (COMSIGUA), y afiliados al SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA), asistidos por el abogado Richard Rojas, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA COMPLEJO SIDERÚRGICO GUAYANA (SINTRACOMSIGUA) por "NEGARSE a incorporarnos como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer nuestros derechos al sufragio en las elecciones de la junta directiva del sindicato 2015-2018 convocadas para el pasado 29 de junio de 2015".
Por recibido Oficio N° 16-5200 de fecha 10 de octubre de 2016, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 19 de octubre de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
10.- Expediente N° AA70-E-2015-0000084: JORGE GONZÁLEZ DAMAS, NAIBETH CHIRGUITA LEMUS, CARLOS RODRÍGUEZ YERVES, LUIS ANGULO ORTEGA, LEOBARDO TOVAR AMADOR, LUIS VILORIA ARIAS, JULIO LARA BELLO, JHONNY GONZÁLEZ, YOEL SERRANO ARA, JHONNY BERAZA VARGAS, SAEL GOLINDANO HERNÁNDEZ, TOMÁS RODRÍGUEZ FIGUERA, ABELARDO VALLEJO RODRÍGUEZ, ANOTNIO ALCALÁ RODRÍGUEZ, ANNIEL RODRÍGUEZ ROJAS, JOSÉ CABRERA AYALA, YUBERT ACOSTA JAIMES, LIZAIDA HEREDIA BASTARDO y RONNIEL ROJAS BORRAS, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Comisión Electoral y la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Complejo Siderúrgico Guayana (SINTRACOMSIGUA) "por NEGARSE a incorporar a mis representados como afiliados al listado preliminar y definitivo entregado al Consejo Nacional Electoral (CNE), a fin de ejercer sus derechos al sufragio en las elecciones de la Junta Directiva del Sindicato 2015-2018, convocadas para el 29 de junio de 2015.
Por recibido Oficio N° 16-5199 de fecha 10 de octubre de 2016, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 21 de septiembre de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
DILIGENCIA EN:
11.- Expediente N° AA70-E-2016-000067: Los ciudadanos JOSUE PEÑA, LUÍS BETANCOURT y EDUARDO PEÑALOZA, actuando con el carácter de afiliados al Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de SITSSA (SISOTRASITSSA), asistidos por el abogado Gabriel Gregorio Espinoza, interpusieron Amparo Constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra los hechos y actos emanados de los representantes del precitado Sindicato.
El ciudadano Alguacil consignó la boleta original librada al Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Sitssa (Sisotrasitssa), a los fines de notificarle la sentencia N° 186 de fecha 30-11-2016.
La Presidenta,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
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