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CUENTA N° 76
ACTUACIÓN EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2016-000094: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS JULIO PEÑA, Presidente de FETRASUCRE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 08 de diciembre de 2016 y la Sentencia N° 192 dictada por esta Sala Electoral en fecha 12 de diciembre de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
2.- Expediente N° AA70-E-2016-000094: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano LORENZ SALAZAR, Presidente de FETRANUEVAESPARTA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 08 de diciembre de 2016 y la Sentencia N° 192 dictada por esta Sala Electoral en fecha 12 de diciembre de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
3.- Expediente N° AA70-E-2016-000094: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ÉCTOR VILLALBA, Presidente de FETRAMONAGAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 08 de diciembre de 2016 y la Sentencia N° 192 dictada por esta Sala Electoral en fecha 12 de diciembre de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
4.- Expediente N° AA70-E-2016-000094: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano GUSTAVO NUÑEZ, Presidente de FETRAVARGAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle del auto dictado por el Juzgado de Sustanciación en fecha 08 de diciembre de 2016 y la Sentencia N° 192 dictada por esta Sala Electoral en fecha 12 de diciembre de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
5.- Expediente N° AA70-E-2017-000017: EL ciudadano YOINER URRIETA, aludiendo el carácter de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha N° 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DELTA AMACURO (SUTPGSCEDA), realizada el día 31 de enero de 2017, asistido por el abogado Jesús Rivas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO SUTPGSCEDA".
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos HENRY TORREALBA, RUDDY GÓMEZ, CARLOS ABREU, AMADO CENTENO, ANÍBAL PATIÑO, EFRAÍN FIGUERA, ANNELIS ORDAZ, GERMAN PEÑA, YOHANNY URRIETA, JACINTO CENTENO, RONDY WILLIAMS, DANIEL DOMINGUEZ, LUÍS OCHOA, GUIELME SALAZAR y DANIEL CURIEL, en su condición de candidatos de la Plancha N° 7 al Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), para el periodo 2017-2020, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 35 dictada por esta Sala Electoral en fecha 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.
6.- Expediente N° AA70-E-2017-000017: EL ciudadano YOINER URRIETA, aludiendo el carácter de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha N° 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DELTA AMACURO (SUTPGSCEDA), realizada el día 31 de enero de 2017, asistido por el abogado Jesús Rivas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO SUTPGSCEDA".
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos JUAN BONILLA, PEDRO GASCÓN, OSCAR GODOY, JORGE CERVANTES, ANDRES MALAVÉ, JUAN RODRÍGUEZ, MARTIN CENTENO, FERNANDO CUICAS, PABLO VILLALBA, JESÚS JIMÉNEZ, RANSIS HLAL, RUBEN ALCANTARA, LUIS MERCADO, SERGIO RODRÍGUEZ, ROSMARYS MATA, JEUH AGUACHE, JOSÉ LUIS VELÁSQUEZ, RICHARD CASTILLO y NESTOR LUGO, en su condición de candidatos de la Plancha N° 5 al Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), para el periodo 2017-2020, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 35 dictada por esta Sala Electoral en fecha 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.
7.- Expediente N° AA70-E-2017-000017: EL ciudadano YOINER URRIETA, aludiendo el carácter de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha N° 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DELTA AMACURO (SUTPGSCEDA), realizada el día 31 de enero de 2017, asistido por el abogado Jesús Rivas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO SUTPGSCEDA".
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos DIONELA MARTÍNEZ, LUIS BAUSA, ISAAC SALAZAR, OSWALDO BRUZUAL, LUIS FIGUEROA, ALEXANDER CEDEÑO, JOSÉ PEINADO, SAUDY MARCANO, EDGAR MATHEUS, JOSÉ GREGORIO SALAS, RUGLAS CUMBERBATH, RAFAEL DOMINGUEZ, JEAN CARLOS LEAL, LINO MENDOZA, GABRIEL TRILLO, ORANGEL QUIROZ y LUIS DÍAZ, en su condición de candidatos de la Plancha N° 01 al Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), para el periodo 2017-2020, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 35 dictada por esta Sala Electoral en fecha 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.
8.- Expediente N° AA70-E-2017-000017: EL ciudadano YOINER URRIETA, aludiendo el carácter de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha N° 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DELTA AMACURO (SUTPGSCEDA), realizada el día 31 de enero de 2017, asistido por el abogado Jesús Rivas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO SUTPGSCEDA".
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ENRIQUE BUSTAMANTE, JOSÉ SUBERO, NICOLÁS MALPICA, LEONEL SALAZAR, ALEXIS RIVERA, EDUARDO MALPICA, ORLANDO OZUNA y GUILLERMO GARCÍA en su condición de candidatos de la Plancha N° 17 al Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), para el periodo 2017-2020, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 35 dictada por esta Sala Electoral en fecha 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.
9.- Expediente N° AA70-E-2017-000017: EL ciudadano YOINER URRIETA, aludiendo el carácter de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha N° 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DELTA AMACURO (SUTPGSCEDA), realizada el día 31 de enero de 2017, asistido por el abogado Jesús Rivas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO SUTPGSCEDA".
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos WILFREDO FRANCO, ARLY ROJAS, JULIO MEJIAS, ALEJANDRO CALZADILLA, TONY JIMÉNEZ, LUÍS PAGOLA, JOSMER CARRERA, JOSÉ ACEVEDO, JUAN RODRÍGUEZ, LUÍS URRIETA y DANIEL VELÁSQUEZ, en su condición de miembros de la Junta Directiva del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), para el periodo 2017-2020, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 35 dictada por esta Sala Electoral en fecha 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.
10.- Expediente N° AA70-E-2017-000017: EL ciudadano YOINER URRIETA, aludiendo el carácter de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha N° 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DELTA AMACURO (SUTPGSCEDA), realizada el día 31 de enero de 2017, asistido por el abogado Jesús Rivas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO SUTPGSCEDA".
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos PEDRO GASCÓN, JUAN BONILLA JORGE CERVANTES y RUDDY GÓMEZ en su condición de miembros de la Junta Directiva del Sindicato Unificado de Trabajadores Petroleros, Del Gas, Similares y Conexos del estado Delta Amacuro (SUTPGSCEDA), para el periodo 2013-2017, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 35 dictada por esta Sala Electoral en fecha 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.
11.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ARISTIDES JOSÉ PÁEZ FIGUEROA, en su carácter de Representante del Club Lomas de Habanero FC, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
12.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano MAIKEL GERALDO VADEL RAGA, en su carácter de Representante de la Liga de Futsal Independencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
13.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano NATALY ROSALÍA BENÍTEZ RÍOS, en su carácter de Representante del Club Deportivo Venezuela, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
14.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ULIO JOSÉ MAITA VARGAS, en su carácter de Representante de la Escuela Comunitaria Simón Bolívar C.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
15.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JESÚS DAVID HERNÁNDEZ HENRIQUE, en su carácter de Representante del Club Atlético Cartanal, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
16.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano FÉLIX IBAN ADAMES, en su carácter de Representante de la Organización Deportiva Cachimbos (ODC), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
17.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano WOLGANG ANTONIO GARCÍA MANCIPE, en su carácter de Representante de la Escuela Los Castores, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
18.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ARISTIDES JOSÉ PÁEZ FIGUEROA, en su carácter de Representante del Club Lomas de Habanero FC, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
19.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS ENRIQUE MACHADO CÚRVELO, en su carácter de Representante del Club Almirante Brión, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
20.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano DAIRO RAMÓN TOMOCHE MARTÍNEZ, en su carácter de Representante del Club Panteras F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
21.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS FÉLIX MORAN MACÍAS, en su carácter de Representante de la Escuela de Fútbol Almirante Brión, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
22.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano LUIS PROSPERO CORREDOR GÓMEZ, en su carácter de Representante de la Escuela de Fútbol Semillero Samario, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
23.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano MARÍA MARGARITA FUENTES OLIVO, en su carácter de Representante de Atlético Tuy F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
24.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ARNOLFO JOSÉ AZUAJE ROA, en su carácter de representante de Pacairigua S.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
25.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana DORA LISBETH CARABALLO ECHARRY, en su carácter de Representante del Club Seven Sport F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
26.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano YIMY NAVAS REBOLLEDO, en su carácter de Representante del Club Lanceros de Miranda F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
27.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano LARRY JOSÉ INFANTE, en su carácter de Representante de la Liga de Fútbol Charallave, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
28.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ALEXANDER GENARO ESTRADA PALMA, en su carácter de Representante de Pinto Salinas F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
29.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana YISMELY NAKARI CARVAJAL DE GAVIRIA, en su carácter de Representante de E.B.F. Los Primos, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
30.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS ALBERTO JIMÉNEZ MACERO, en su carácter de Representante de la Academia de Fútbol Jiménez, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
31.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JUAN DE JESÚS RAMÍREZ RINCÓN, en su carácter de Representante del Club de Fútbol Lecumberry, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
32.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano DIURBI YESENIAT PERALES ANZOLA, en su carácter de Representante de F.C. Los Rosales Jesús 2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
33.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ GREGORIO DÍAZ CABRILES, en su carácter de Representante de Sevensports F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
34.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano FREDDY ARMANDO MENDOZA ROJAS, en su carácter de Representante de Talentos El Paso, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
35.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano DANIEL RODOLFO TRUJILLO GALICIA, en su carácter de Representante de Atlético Miranda F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
36.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano DARWIN ENRIQUE MORENO SÁNCHEZ, en su carácter de Representante de Sporting Venezuela F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
37.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a las ciudadanas SASHA ANDREA ADAMES MÁRQUEZ y AUREA NATASHA ADAMES MÁRQUEZ, actuando en su carácter de Representantes de los Atletas, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
38.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MARÍA JOSÉ DÍAZ, actuando en su carácter de Representante de los Entrenadores, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
39.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano MIGUEL ÁNGEL BUITRAGO, actuando con el carácter de Representante de los Árbitros, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
40.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos EDGAR MANUEL MORALES RIOS y JOSÉ LUIS MORALES MORILLO, actuando con el carácter de Representantes de la Federación Venezolana de Fútbol, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
41.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al CLUB LOMAS DE HABANERO FC, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
42.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la LIGA DE FUTSAL INDEPENDENCIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
43.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al CLUB DEPORTIVO VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
44.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ESCUELA COMUNITARIA SIMÓN BOLÍVAR C.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
45.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al c CLUB ATLÉTICO CARTANAL, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
46.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ORGANIZACIÓN DEPORTIVA CACHIMBOS (ODC), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
47.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ESCUELA LOS CASTORES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
48.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al CLUB ALMIRANTE BRIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
49.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al CLUB PANTERAS F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
50.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ESCUELA DE FÚTBOL ALMIRANTE BRIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
51.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado A la ESCUELA DE FÚTBOL SEMILLERO SAMARIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
52.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a ATLÉTICO TUY F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
53.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a PACAIRIGUA S.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
54.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al CLUB SEVEN SPORT F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
55.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al CLUB LANCEROS DE MIRANDA F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
56.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la LIGA DE FÚTBOL CHARALLAVE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
57.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a PINTO SALINAS F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
58.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la E.B.F. LOS PRIMOS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
59.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ACADEMIA DE FÚTBOL JIMÉNEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
60.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al CLUB DE FÚTBOL LECUMBERRY, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
61.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a F.C. LOS ROSALES JESÚS 2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
62.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a SEVENSPORTS F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
63.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a TALENTOS EL PASO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
64.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a ATLÉTICO MIRANDA F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
65.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a SPORTING VENEZUELA F.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
66.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a LOS ATLETAS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN DE FUTBOL DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
67.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ENTRENADORES MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN DE FUTBOL DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencias Nros. 23 y 28 dictadas por esta Sala Electoral en fechas 07 y 23 de marzo de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.
68.- Expediente N° AA70-E-2016-000021: GLADIMIR SANCHEZ LOPEZ y VICTOR MARTINEZ MENDEZ, asistidos por el abogado Lucio Valero Acevedo, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016.
El ciudadano PEDRO PABLO SANTANDER AGUILAR, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus Similares del estado Táchira (SUTIESETA), asistido por el Francisco Cuenca Espinosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.976, parte recurrida, presentó escrito mediante el cual promovió pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
69.- Expediente N° AA70-E-2016-000021: GLADIMIR SANCHEZ LOPEZ y VICTOR MARTINEZ MENDEZ, asistidos por el abogado Lucio Valero Acevedo, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuadas el día 11 de febrero de 2016.
El abogado Humberto Decarli R., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9928, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GLADIMIR SÁNCHEZ LÓPEZ, parte recurrente, presentó escrito mediante el cual promovió pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
70.- Expediente N° AA70-X-2017-000002: El abogado Hernán Darío Gómez Mercado, en su carácter de apoderado judicial del la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual ratificó la solicitud de amparo cautelar.
Vista la Sentencia N° 25 dictada en fecha 23 de marzo de 2017. Esta Sala acordó notificar a los ciudadanos NICOLÁS SUÁRES DELGADO, LARA RODRÍGUEZ NAGGER EDUARDO, FRANCO FASCIANA AZOCAR, MIGUEL LUIS GAMARGO, ANDRÉS BRITO ESPAÑA, JOSÉ LUIS DANGLAD, JESÚS MANUEL ALVARADO, ELY LUCIDIO MORAN MORAN, WILSON SOTO, HÉCTOR ROJAS y TELMO MIGUEL MORENO (parte recurrente) y a la “COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL DEL FÚTBOL VENEZOLANO” (parte recurrida). Se libró boleta y Oficio N° 17-276. Asimismo, se acordó la notificación del Consejo Directivo de la Federación Venezolana de Fútbol, al Instituto Nacional del Deporte y al Ministerio Público. Se libró Oficios Nos. 17-277, 17-275 y 17-278. En virtud de lo anterior, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente. Se libró Oficio N° 17-274 y Despacho.
ESCRITO PRESENTADO EN:
71.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.
El ciudadano CESAR ESPAÑOL, titular de la cédula de identidad N° 16.591.538, en su carácter de Presidente de la Autoridad Provisional de la Asociación de Fútbol del estado Miranda (recurrido), asistido por el abogado Manuel Camacaro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.365, presentó escrito mediante el cual solicitó sea declarada la incompetencia por esta Sala, o en su defecto, sin lugar el recurso contencioso electoral.
DILIGENCIA EN:
72.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.
El ciudadano CESAR ESPAÑOL, titular de la cédula de identidad N° 16.591.538, en su carácter de Presidente de la Autoridad Provisional de la Asociación de Fútbol del estado Miranda (recurrido), asistido por el abogado Manuel Camacaro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.365, presentó diligencia mediante la cual otorgó poder Apud Acta al abogado Miguel Alfredo Bermúdez Gamarra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.891 y al abogado asistente.
73.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.
Los ciudadanos CESAR ESPAÑOL y OSCAR ADAMES, titulares de la cédula de identidad Nros. 16.591.538 y 4.052.636, respectivamente, en su carácter de Presidente de la Autoridad Provisional y Presidente de la Comisión Electoral de la Asociación de Fútbol del estado Miranda (parte recurrida), asistido por el abogado Manuel Camacaro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.365, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder Apud Acta al abogado Miguel Alfredo Bermúdez Gamarra, inscrito a en el Inpreabogado bajo el N° 39.891 y al abogado asistente.
74- Expediente N° AA70-E-2017-000001: El ciudadano JOSÉ CATALINO MEDRANO, aludiendo su carácter de entrenador perteneciente a la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda, asistido por el abogado Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" y la "COMISIÓN ELECTORAL" de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda.
Los ciudadanos CESAR ESPAÑOL y OSCAR ADAMES, titulares de la cédula de identidad Nros. 16.591.538 y 4.052.636, respectivamente, en su carácter de Presidente de la Autoridad Provisional y Presidente de la Comisión Electoral de la Asociación de Fútbol del estado Miranda (parte recurrida), asistido por el abogado Manuel Camacaro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.365, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder Apud Acta al abogado Miguel Alfredo Bermúdez Gamarra, inscrito a en el Inpreabogado bajo el N° 39.891 y al abogado asistente.
ACTUANDO COMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
ACTUACIÓN EN:
75.- Expediente N° AA70-E-2015-000031: RUBEN ALFREDO VILLANUEVA, WILLIAM LÓPEZ, JONATHAN LUGO, HÉCTOR JOSÉ SOSA, CARLOS MERCADO, ELIANNE ALCALDE, LUIS RAMÓN PÉREZ y EUDDY VARGAS MONCADA, interpuso acción de amparo constitucional contra el SINDICATO DE VENCEDORES SOCIALISTAS UNIDOS DE LA EMPRESA FORD MOTOR DE VENEZUELA S.A. (SINVENSOCUNIFORD).
Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado la JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO DE VENCEDORES SOCIALISTAS UNIDOS DE LA EMPRESA FORD MOTOR DE VENEZUELA S.A (SINVENSOCUNIFORD), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la Sentencia N° 59 dictada por esta Sala Electoral en fecha 21 de abril de 2016, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.
DILIGENCIA EN:
76.- Expediente N° AA70-E-2017-000016: Los ciudadanos NEPTALÍ PÉREZ GÓMEZ, ROMELÍN PATRICIA CARREÑO, YELITZA COROMOTO RUIZ, LUIS ENRIQUE DÁVILA SÁNCHEZ, RICARDO JOSÉ MARCANO, NELSON SALVADOR SUAREZ, LUIS ANTONIO PASTRANO Y JUAN GABRIEL MENDOZA, aludiendo el carácter de trabajadores y trabajadoras del Metro de Caracas, asistidos por el abogado Sergio Urdaneta, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra "las actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones y omisiones" de la Comisión Electoral que organiza las elecciones para elegir a la Junta Directiva del Sindicato de los Trabajadores del Metro de Caracas (SITRAMECA), para el periodo 2017-2020.
El ciudadano JUAN GABRIEL MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 15.886.830 (accionante), asistido por el abogado Jorge Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 156.543, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado y solicitó que se fijara la audiencia constitucional.
DILIGENCIAS DEL ALGUACIL:
77.- Expediente N° AA70-E-2015-000116: ALEJANDRINA PACHANO y KELVIS FUENMAYOR, invocando la condición de afiliados al Sindicato Bolivariano de Trabajadores del Metro de Maracaibo (SIBTRAMETROMARA), asistidos por el abogado Orlando Oquendo, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva actual del Sindicato Bolivariano de Trabajadores del Metro de Maracaibo (SIBTRAMETROMARA).
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-227, librado al Registro de Organizaciones Sindicales de Maracaibo, estado Zulia, a los fines de notificarle del auto de pruebas de fecha 21-03-2017. Oficio que fue enviado a través de la empresa M. R. W.
La Presidenta
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
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