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CUENTA N° 98
ACTUACIÓN EN:
1.- Expediente N° AA70-E-2016-000089: Los abogados Luis Betancourt Zurita y Nelly Labrador Ávila, actuando en su condición de apoderados de los ciudadanos ISIS COROMOTO ANDRADE LUGO, JOSÉ VICENTE MÁRQUEZ MATOS, JACQUELINE DEL ROSARIO GARCÍA GUZMÁN, ROMÁN ARREAZA y EDGAR OMAR GERARDINO, actuando en su condición de candidatos y asociados de la Caja de Ahorros del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 13 de octubre de 2016, por la referida caja de ahorros.
Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 13 de marzo de 2017, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.
2.- Expediente N° AA70-E-2014-000118: DIANA PATRICIA BERMUDEZ MALAVE, interpuso recurso contencioso electoral contra "LA OMISIÓN, DEMORA Y DEFICIENTE PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO Y ABSTENCIÓN POR PARTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL CON SEDE EN EL ESTADO ARAGUA SOBRE EL RECURSO DE IMPUGNACIÓN CONTRA LA (sic) ELECCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA PARA EL PERÍODO 2014-2017, EFECTUADAS EL LUNES 14 DE JUNIO DE 2014".
Vista la Sentencia N° 49 dictada en fecha 27 de abril de 2017, esta Sala acordó notificar a la ciudadana DIANA PATRICIA BERMUDEZ MALAVE (parte recurrente) y al Consejo Nacional Electoral. Se libró Boleta y Oficio N° 17-18. De igual forma, se ordenó notificar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral del SINDICATO SOCIALISTA DE LA EMPRESA INDUSTRIAL Q’PRODUCTOS, C.A.; (SINSOPRODUCTOS), así como a los ciudadanos Julio César Díaz Herrera, Carlos Alberto Oviedo Amado, Julio Silva y al Ministerio Público. Se libraron las Boletas y Oficios Nos 17-314, 17-315 y 17-17. Asimismo, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte recurrente. De igual forma, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral del referido Sindicato y a los ciudadanos Julio César Díaz Herrera y Julio Silva. Igualmente, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de notificar al ciudadano Carlos Alberto Oviedo Amado. Se libraron Oficios Nos. 17-312, 17-315 y 17-316 y Despachos.
3.- Expediente N° AA70-E-2017-000028: El ciudadano LEONARDO ENRIQUE NOGUERA, aludiendo el carácter de socio N° 4.467, de la Asociación Civil Club Oricao, asistido por el abogado Francisco Labrador, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra "la decisión emanada de la comisión electoral que declaró con lugar la impugnación propuesta en contra de mi candidatura a presidente de la aludida asociación civil."
Vista la sentencia N° 51 dictada en fecha 17 de mayo de 2017, este Juzgado de Sustanciación acordó notificar a la COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DEL CLUB ORICAO. Se libró oficio N° 17-319. De igual forma, se ordenó notificar a la Junta Directiva y al Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil del Club Oricao. Se libraron oficios Nos 17-320 y 17-321. Asimismo, se ordenó notificar al Ministerio Público. Se libró Oficio N° 17-322. Igualmente, se acordó notificar al ciudadano REGULO VILLALOBOS NODA, y a los ciudadanos KELVIS RODRÍGUEZ, DAVID PÉREZ, CARLOS NORIEGA, ALFREDO SOCORRO, RONALD VIELMA, GREGORY AGUILERA, MARIBEL ULLOA y JESÚS GÓMEZ, en su condición de candidatos postulados por la plancha N° 3 a la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Oricao periodo 2017-2019 y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno, se acordó librar carteles, con la advertencia que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los carteles respectivos, se les tendría por notificados. Se libraron Carteles.
ESCRITO PRESENTADO EN:
4.- Expediente N° AA70-E-2016-000011: Los ciudadanos Ignacio Ávila Guerra, Alfredo Ramón Gutiérrez Tovar y Jesús Rivera, actuando en su carácter de Candidatos a la Presidencia del Consejo de Administración y Asociados a la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, asistidos por la abogada Brígida Contreras Chacón, presentaron Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con la Medida Innominada de Amparo Cautela contra la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Previsión Social de Empleados Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional, celebrada en fecha 12 de junio de 2015.
La Abogada Brígida Contreras Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.175, en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual formuló alegatos relacionados con el presente asunto.
DILIGENCIA EN:
5.- Expediente N° AA70-E-2012-000056: KARINA JEAMILET ORDÓÑEZ SÁNCHEZ y MÓNICA EMILIA MARTÍNEZ DELGADO, interpusieron recurso contencioso electoral contra Resolución N° 120601-0356 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 01 de junio de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 627 de fecha 22 de junio de 2012, mediante la cual declaró: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto en fecha 17 de enero de 2012, por los ciudadanos BETZABETH AMIRA GARCÍA DE BARRIENTOS, OMAR ROBERTO GÓMEZ HERRERA, CRISTÓBAL SEGUNDO PRIMERA, WILFREDO RAFAEL CASTILLO COLMENARES, GERMÁN DANIEL RODRÍGUEZ GARCÍA, LEUMAN GUILLERMO LÓPEZ ARENA, CAREGLIS YENIFER RIOS GARCÍA, ELISEO FRANCISCO GONZÁLEZ ARIAS, MARQUELYS JOSEFINA MENDOZA DE CASTILLO, BARBARA GREGORIA MORÓN CERGA, JOSÉ RAFAEL REYES, FÉLIX JOSÉ ALVARENGA RUIZ, ROLANDO BENDITO MILLER, LUIS ALONSO PIÑA REBOLLEDO, ALEXANDER VANEGAS PEDRAZA, EDGAR ARMANDO GONZALEZ GONZALEZ y JESÚS RAMÓN MARES RODRÍGUEZ. SEGUNDO: NULA la elección realizada en fecha 14 de diciembre de 2012, en el Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC); y TERCERO: REPONE el proceso a la fase inicial de notificación al Consejo Nacional Electoral de convocatoria a elecciones.
El abogado Alfredo José Uzcatuegui Franco, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.742, actuando en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas KARINA ORDÓÑEZ y MÓNICA MARTÍNEZ, titulares de la cédula de identidad números V-11.104.261 y V-8.613.388, en su carácter de Secretaria General y Secretaria de Organización, respectivamente, del Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de Bolivariana de Puertos de Puerto Cabello (SINSOTRABOLPC), Tercero Interviniente, presento diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento.
6.- Expediente N° AA70-E-2016-000091: El ciudadano JORBIN IBARRA, asistido por el abogado Antonio José Quintero Rodríguez, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la "AUTORIDAD PROVISIONAL" de la ASOCIACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTADO MIRANDA.
La abogada Cristina Villa Madrid, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 197.526, en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó "que se vuelva a realizar la notificación a la Notaria Pública del Municipio Guaicaipuro del estado Miranda".
7.- Expediente N° AA70-E-2017-000028: El ciudadano LEONARDO ENRIQUE NOGUERA, aludiendo el carácter de socio N° 4.467, de la Asociación Civil Club Oricao, asistido por el abogado Francisco Labrador, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra "la decisión emanada de la comisión electoral que declaró con lugar la impugnación propuesta en contra de mi candidatura a presidente de la aludida asociación civil."
El ciudadano LEONARDO ENRIQUE NOGUERA, titular de la cédula de identidad N° 5.891.693, recurrente, asistido por el abogado Francisco Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 208.298, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la decisión dictada en fecha diecisiete (17) de mayo del 2017.
OFICIO RECIBIDO EN:
8.- Expediente N° AA70-E-2016-000016: FRANCISCO ANTONIO QUINTERO GONZÁLEZ, invocando la condición de asociado y candidato a Presidente del Consejo de Administración de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), asistido por el abogado José Ramón Sevilla Mata, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la Comisión Electoral que rige el proceso electoral para elegir los miembros del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, Delegados, Principales y Suplentes de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO (CAIUTET), periodo 2015-2018, cuyo acto de votación está pautado para el día 02 de marzo de 2016.
Por recibido Oficio N° 2017-091 de fecha 14 de marzo de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 11 de enero de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
9.- Expediente N° AA70-E-2015-000046: ZAINE CAROLINA ACOSTA DE GONZÁLEZ, apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE MONTERO ROSALES, LUIS MANUEL ALVÁREZ SUÁREZ, LUIS ENRIQUE PÉREZ SIERRA, BLADIMIR ANTONIO TORRES COLMENARES, ROY JOSUE PACHECO MUSSETT, DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, KENNYS ENRIQUE MENDOZA ROJAS y JUAN CARLOS PIZZINI PERAZA, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la nueva directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP) para el periodo 2015-2018, celebradas del 21 al 28 de abril de 2015, al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2015-000060 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado JESÚS ENRIQUE VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 191.107, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NARCISO JOSÉ MATA LÓPEZ, GUSTAVO ÁNGEL RODRÍGUEZ BARBOZA y HERVING RAMÓN BERMÚDEZ SOTO, contra las elecciones celebradas entre el 22 y 28 de abril de 2015, “para la designación de la Junta Directiva para el periodo 2015-2018, a cargo de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS Y JUBILADOS PETROLEROS (CATRAJUP)”. (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2015-000046, AA70-E-2015-000060).
Por recibido oficio N° SCA-DS-000-575, suscrito por el ciudadano Carlos Luis Briceño Viloria, en su carácter de Superintendente de Cajas Ahorro, anexo al cual remitió providencia administrativa N° 010-2017.
DILIGENCIA DEL ALGUACIL:
10.- Expediente N° AA70-E-2017-000028: El ciudadano LEONARDO ENRIQUE NOGUERA, aludiendo el carácter de socio N° 4.467, de la Asociación Civil Club Oricao, asistido por el abogado Francisco Labrador, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra "la decisión emanada de la comisión electoral que declaró con lugar la impugnación propuesta en contra de mi candidatura a presidente de la aludida asociación civil."
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-305, librado a la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Oricao mediante el cual se le solicitó los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso.
LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
11.- Expediente N° AA70-E-2016-000061: Por recibido en fecha 09 de agosto de 2016 Oficio N° 2016-315 de fecha 08 de agosto de 2016, emanado del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano TEODULO JAEN RIVERO por el ciudadano LEONARDO MADRID MONAGAS, contra "los actos en los que incurre el Inspector Jefe en situación de jubilado VÍCTOR HUGO ARTIGAS LARA, en su condición ilegítima e irregular como representante de la Asociación de Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Previsión (ASOJUPDISIP)".
Vista la diligencia presentada en fecha 29 de marzo de 2017, por el Alguacil de esta Sala, mediante la cual consignó boleta de citación dirigida al ciudadano VÍCTOR HUGO ARTIGAS LARA en su carácter de Presidente del Consejo Directivo de la Asociación de Jubilados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (ASOJUPDISIP), la cual fue recibida por la ciudadana Magaly Poleo, quien se identificó como secretaria del Consejo Directivo de la referida asociación y visto igualmente que la misma no fue recibida en la persona del ciudadano VICTOR HUGO ARTIGAS LARA, esta Sala a fin de agotar la citación personal de la parte accionada y de perfeccionar la citación ordenada en la Sentencia N° 205 de fecha 15 de diciembre de 2016 , ordenó librar nueva boleta de citación. Se libró Boleta.
SENTENCIA
12.- Expediente N° AA70-E-2017-000028: El ciudadano LEONARDO ENRIQUE NOGUERA, aludiendo el carácter de socio N° 4.467, de la Asociación Civil Club Oricao, asistido por el abogado Francisco Labrador, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra "la decisión emanada de la comisión electoral que declaró con lugar la impugnación propuesta en contra de mi candidatura a presidente de la aludida asociación civil.". La Sala declaró: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral ejercido, conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos. SEGUNDO: ADMITE el recurso contencioso electoral. TERCERO: PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar solicitada. En consecuencia, se suspende el acto de votación pautado para los días 19 y 20 de mayo de 2017, hasta tanto se resuelva el fondo del asunto. Magistrado ponente: CHRISTIAN TYRONE ZERPA. Sentencia N°51.
La Presidenta
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
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