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Sala Electoral
  • Fecha: 17 de Julio de 2017





CUENTA N° 141     

                                            

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2017-000080: Por recibido Oficio N° 487-17 de fecha 19 de junio de 2017, emanado del Juzgado Superior Primero Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos por el ciudadano ROBERTO ÁNGEL BULA GONZÁLEZ, asistido por el abogado Jesús Barrios, contra la Junta Directiva del Colegio de Licenciados de Administración del estado Zulia (CLADEZ), “para que convenga en la Nulidad Absoluta de la Convocatoria [de fecha 28 de octubre de 2015] por no haberse cumplido, con los requerimientos formales establecidos, tanto en la Ley que rige la materia, como en el Estatuto de los Colegios.”. Remisión esta que se efectúa en virtud de la sentencia de fecha 23 de mayo de 2017, conforme a la cual el referido juzgado declinó la competencia para conocer del recurso contencioso electoral de nulidad a esta Sala Electoral

 

Recepción del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos.

 

2.- Expediente N° AA70-X-2017-000011: Los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, en su carácter de apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), presentaron escrito mediante el cual se opusieron a la medida cautelar dictada mediante la Sentencia N° 82 dictada en fecha 20 de junio de 2017 por esta Sala Electoral.

 

Se dio cuenta a la Sala.

 

ACTUACIÓN EN:

 

3.- Expediente N° AA70-X-2017-000011: Los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, en su carácter de apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), presentaron escrito mediante el cual se opusieron a la medida cautelar dictada mediante la Sentencia N° 82 dictada en fecha 20 de junio de 2017 por esta Sala Electoral.

 

De conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se abrió articulación probatoria de tres (03) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los interesados promuevan y evacuen las pruebas que consideren pertinentes.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2017-000012: Los ciudadanos FERNANDO RIOS FARIA y GLADYS CORDERO, aludiendo el carácter de Presidente y Secretaria del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Pensión Social de los Trabajadores al Servició de la Educación del estado Miranda (CAPRESOTEEM), asistidos por los abogados Hernán Darío Gómez Rodríguez y Francisco Ramos Centeno, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad contra el acto de votación celebrado el día 27 de enero de 2017 para la elección de los nuevos miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia, principales y suplentes de la referida caja de ahorro para el periodo 2016-2019.

 

Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 09 de marzo de 2017, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2017-000042: Por recibido en fecha 14 de junio de 2017 Oficio N° 17.0433, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano José Luis Ramey Gutiérrez, actuando en nombre propio, contra la Federación Venezolana de Baloncesto, para que se abstenga de ejecutar la convocatoria de elecciones de la Comisión Electoral “…según se desprende de comunicado emanada (sic) de este ente federativo y consignado ante el instituto nacional de deportes de fecha 30 de mayo de 2017…”. Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 14 de junio de 2017, conforme a la cual el referido juzgado declinó la competencia para conocer de la acción de amparo a esta Sala Electoral. (CAMBIÓ A RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL).

Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 21 de junio de 2017, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

6.- Expediente N° AA70-E-2017-000042: Por recibido en fecha 14 de junio de 2017 Oficio N° 17.0433, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano José Luis Ramey Gutiérrez, actuando en nombre propio, contra la Federación Venezolana de Baloncesto, para que se abstenga de ejecutar la convocatoria de elecciones de la Comisión Electoral “…según se desprende de comunicado emanada (sic) de este ente federativo y consignado ante el instituto nacional de deportes de fecha 30 de mayo de 2017…”. Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 14 de junio de 2017, conforme a la cual el referido juzgado declinó la competencia para conocer de la acción de amparo a esta Sala Electoral. (CAMBIÓ A RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL).

Auto mediante el cual se ordenó abrir cuaderno separado.

7.- Expediente N° AA70-E-2017-000042: Por recibido en fecha 14 de junio de 2017 Oficio N° 17.0433, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano José Luis Ramey Gutiérrez, actuando en nombre propio, contra la Federación Venezolana de Baloncesto, para que se abstenga de ejecutar la convocatoria de elecciones de la Comisión Electoral “…según se desprende de comunicado emanada (sic) de este ente federativo y consignado ante el instituto nacional de deportes de fecha 30 de mayo de 2017…”. Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 14 de junio de 2017, conforme a la cual el referido juzgado declinó la competencia para conocer de la acción de amparo a esta Sala Electoral. (CAMBIÓ A RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL).

Se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la oposición presentada contra la cautelar acordada mediante Sentencia N° 82 dictada por esta Sala Electoral en fecha 20 de junio de 2017, por los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 110.976 y 115.526, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB). Cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2017-000011.

8.- Expediente N° AA70-E-2014-000066: Por recibido en fecha 05 de agosto de 2014 Oficio N° 737-13 de fecha 02 de mayo de 2013, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos AUGUSTO CHIRINO, CARMEN HILDEMARA OSTEICOECHEA DE GONZÁLEZ, VILMA MORALES ROJAS y WILLIAM JOSÉ NOGUERA, invocando el carácter de integrantes del Consejo Comunal La Chinita 817, asistidos por el abogado Oliver Antonio Osteicoechea Gallardo  mediante el cual solicitaron “(…) se anule el acto administrativo (…) realizado por parte de los funcionarios de de (sic) la taquilla única de Funda Comunal, quienes avalaron el acto revocatorio en  nuestra contra (…)”.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos AUGUSTO CHIRINO, CARMEN HILDEMARA OSTEICOCHEA DE GONZÁLEZ, VILMA MORALES ROJAS y WILLIAM JOSÉ NOGUERA, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nro. 77 dictada por esta Sala Electoral en fechas 19 de junio de 2017.

9.- Expediente N° AA70-E-2017-000077: Los ciudadanos LUIS BRITO, JUAN DÍAZ y RIGOBERTO MARCANO, asistidos por el abogado Neill Jesús Reaño García, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "…el Proceso Electoral convocado y llevado a cabo presuntamente en la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO, convocado según cartel publicado en el Diario 'Líder', en fecha viernes dieciséis (16) de junio de 2017…".

Por recibido escrito contentivo de "…CUESTIONES PREVIAS, consignar ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS, IMPUGNAR DOCUMENTOS y OPONERME A LA MEDIDA CAUTELAR…", así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, presentado por los abogados Antonio Quintero y Cristina Villa Madrid, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 130.893 y 197.526, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Fran López Almeida titular de la cédula de identidad N° 10.462.162, Presidente de la Federación Venezolana de Boxeo, se acordó agregar al expediente judicial el referido escrito y formar una (01) pieza separada con los recaudos que acompañó al escrito, por contener antecedentes administrativos relacionados con el caso, pieza que será identificada como Expediente Administrativo.

OFICIO RECIBIDO EN:

10.- Expediente N° AA70-E-2012-000035: el ciudadano BELVIN ORLANDO PEREIRA COLINA, actuando con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Trabajadores y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), interpone recurso contencioso electoral contra “Comunicación sin número de fecha 19 de septiembre de 2011 y el Oficio anexo signado con el No.SCA-DL- No. 2593 de la misma fecha, ambas comunicaciones suscritas por la ciudadana (…) MERIS URBANEJA DE HURTADO, con el carácter (…) de Superintendente de Cajas de Ahorro (encargada)”, contra “Comunicación número SCA-DL-3031-A de fecha 28 de octubre de 2011 (…) mediante la cual nos notificó la decisión No. SCA-DL-8076 de esa misma fecha” y contra “Silencio Administrativo del ciudadano Dr. JORGE GIORDANI, en su carácter de Ministro del Poder Popular para la Planificación y Finanzas, al cual está adscrita la Superintendencia de Cajas de Ahorro, por no haber decidido el Recurso Jerárquico que interpus[o] en fecha 17 de noviembre de 2011”, respecto a la elección de las autoridades de la Junta Directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), celebradas en fecha 30-08-2011.

Por recibido Oficio N° 478-2016 de fecha 30 de noviembre de 2016, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 29 de enero de 2013, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

DILIGENCIA DEL ALGUACIL:

11.- Expediente N° AA70-E-2015-000114: el abogado Manuel Antonio Suárez Ramírez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELINA POLITO, invocando el carácter de candidata a presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar,  interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25 de agosto de 2015.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 15-714, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° la sentencia N° 224 de fecha 18-11-2015 y del auto de fecha 08-12-2015.

12.- Expediente N° AA70-E-2017-000041: El ciudadano GONZALO OLIVEROS NAVARRO, actuando en su propio nombre y en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos ERNESTO JOSÉ BASTIDAS SOTO, HEBGIS MARGARITA PARRA PÉREZ, RAINOA COROMOTO MARTINEZ MORFFE, JESÚS RAFAEL MUJICA LÓPEZ, MARÍA AUXILIADORA ESPERANZA DE CLAVIJO, SOLFANI TRINIDAD GONZALEZ NARVAEZ, MARIA ERNESTINA TRIAS CENTENO, MARIA GABRIELA TORRELLAS ROJAS y LOURDES OCTAVIA REYES DE ZERPA, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra “1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual "aprobó la convocatoria" a una Asamblea Nacional Constituyente;(…) 2)La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual aceptó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, (…) 3) La decisión del Consejo Nacional Electoral, (…) del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; (…) 4) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-393, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 70 de fecha 15-06-2017.

13.- Expediente N° AA70-E-2017-000041: El ciudadano GONZALO OLIVEROS NAVARRO, actuando en su propio nombre y en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos ERNESTO JOSÉ BASTIDAS SOTO, HEBGIS MARGARITA PARRA PÉREZ, RAINOA COROMOTO MARTINEZ MORFFE, JESÚS RAFAEL MUJICA LÓPEZ, MARÍA AUXILIADORA ESPERANZA DE CLAVIJO, SOLFANI TRINIDAD GONZALEZ NARVAEZ, MARIA ERNESTINA TRIAS CENTENO, MARIA GABRIELA TORRELLAS ROJAS y LOURDES OCTAVIA REYES DE ZERPA, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra “1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual "aprobó la convocatoria" a una Asamblea Nacional Constituyente;(…) 2)La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual aceptó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, (…) 3) La decisión del Consejo Nacional Electoral, (…) del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; (…) 4) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-394, librado a la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 70 de fecha 15 de junio de 2017.

14.- Expediente N° AA70-E-2017-000037: El ciudadano SIMÓN GABAY CASTRO, actuando en "mi propio nombre como elector inscrito en el Registro Electoral", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada subsidiaria, contra "el proceso comicial que está llevando a cabo el Consejo Nacional Electoral, con motivo de la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, efectuada por el Presidente de la República".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-391, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 69 de fecha 15-06-2017.

15.- Expediente N° AA70-E-2017-000037: El ciudadano SIMÓN GABAY CASTRO, actuando en "mi propio nombre como elector inscrito en el Registro Electoral", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada subsidiaria, contra "el proceso comicial que está llevando a cabo el Consejo Nacional Electoral, con motivo de la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, efectuada por el Presidente de la República".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-392, librado a la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 69 de fecha 15 de junio de 2017.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

ACTUACIÓN EN:

16.- Expediente N° AA70-E-2016-000018: Los ciudadanos NELGARD LENIN TORRES ÁLVAREZ, ALFONSO JOSÉ ARANGU ROJAS, RICARDO ANDRÉS MARCHAN CHIRINOS, JOSÉ JAVIER TORREALBA OBREGON, ANTHONY JOSEPH RODRÍGUEZ MORA, invocando su condición de estudiantes de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA), actuando en su condición de aspirantes a participar como voceros de la Federación de los Centros Universitarios, interpusieron acción de amparo contra los miembros de la Comisión Electoral para la elección de los representantes de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA) y Federación de los Centros Universitarios.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Comisión Electoral para la elección de los representantes de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" para la Federación de los centros universitarios, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nro. 57 dictada por esta Sala Electoral en fecha 14 de abril de 2016.

17.- Expediente N° AA70-E-2016-000018: Los ciudadanos NELGARD LENIN TORRES ÁLVAREZ, ALFONSO JOSÉ ARANGU ROJAS, RICARDO ANDRÉS MARCHAN CHIRINOS, JOSÉ JAVIER TORREALBA OBREGON, ANTHONY JOSEPH RODRÍGUEZ MORA, invocando su condición de estudiantes de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA), actuando en su condición de aspirantes a participar como voceros de la Federación de los Centros Universitarios, interpusieron acción de amparo contra los miembros de la Comisión Electoral para la elección de los representantes de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA) y Federación de los Centros Universitarios.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ALFONSO JOSÉ ARANGU ROJAS, RICARDO ANDRÉS MARCHAN CHIRINO y JOSÉ JAVIER TORREALBA OBREGO, mediante el cual se les notificó la Sentencia Nro. 57 dictada por esta Sala Electoral en fechas 14 de abril de 2016.

DILIGENCIA DEL ALGUACIL:

18.- Expediente N° AA70-E-2016-000067: Los ciudadanos JOSUE PEÑA, LUÍS BETANCOURT y EDUARDO PEÑALOZA, actuando con el carácter de afiliados al Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de SITSSA (SISOTRASITSSA), asistidos por el abogado Gabriel Gregorio Espinoza, interpusieron amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra los hechos y actos emanados de los representantes del precitado Sindicato.

El ciudadano Alguacil consignó copia de la boleta librada a los ciudadanos Josue Peña, Luís Betancourt y Eduardo Peñaloza, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 65 de fecha 25-05-2017.

19.- Expediente N° AA70-E-2016-000067: Los ciudadanos JOSUE PEÑA, LUÍS BETANCOURT y EDUARDO PEÑALOZA, actuando con el carácter de afiliados al Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de SITSSA (SISOTRASITSSA), asistidos por el abogado Gabriel Gregorio Espinoza, interpusieron amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra los hechos y actos emanados de los representantes del precitado Sindicato.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17.343 librado al Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de SITSSA (SISOTRASITSSA), ahora Sindicato Nacional Bolivariano de Trabajadoras y Trabajadores de la Industria del Transporte de Pasajeros Afines y Conexos (BOLIPASAJEROS), a los fines de notificarle la Sentencia Nº 65 de fecha 25-05-2017

 

La Presidenta,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                              La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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