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Sala Electoral
  • Fecha: 20 de Noviembre de 2017





CUENTA N° 231

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2017-000117: Por recibido oficio N° 4314, de fecha 07 de noviembre de 2017, emanado de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia mediante el cual remitió anexo escrito contentivo del "recurso contencioso especial de abstención o carencia" interpuesto por el ciudadano SANTIAGO ANDRES RODRÍGUEZ CASTILLO, invocando su condición de Secretario General de la organización política regional Partido de Reconciliación Organizado de Gestión Reformadora Electoral, Social y Orden (PROGRESO), asistido por el abogado Carlos Ernesto Molina Cañizales, contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) "por no haber ordenado la inscripción de nuestra organización política a pesar de haberse cumplido con las formalidades y requisitos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico".

 

Se designó ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

ACTUACIONES EN:

 

2.- Expediente N° AA70-E-2017-000045: La ciudadana INES FIGARELLA DE LOSADA, actuando en su propio nombre y representación, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra “1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual ‘aprobó la convocatoria’ a una Asamblea Nacional Constituyente;(…) 2)La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual aceptó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, (…) 3) La decisión del Consejo Nacional Electoral, (…)del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; (…) 4) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”.

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana INÉS FIGARELLA DE LOSADA, a los fines de notificarle la Sentencia N° 85 dictada en fecha 27 de junio de 2017.

 

3.- Expediente N° AA70-E-2013-000093: Los ciudadanos CARLOS JOSÉ LUNAR NOY y JHOXIS CAMPOS, interponen solicitud de convocatoria a elecciones del SINDICATO PROFESIONAL DE OPERADORES MECÁNICOS, MAQUINARIAS PESADAS, MÓVILES y CONEXOS DEL ESTADO BOLÍVAR (SOMPEB).

 

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO PROFESIONAL DE OPERADORES, MECÁNICOS. MAQUINARIAS PESADAS, MÓVILES Y CONEXOS DEL ESTADO BOLÍVAR, a los fines de notificarle la Sentencia N° 109 dictada en fecha 02 de agosto de 2016.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2017-000091: La ciudadana IRAIMA MALAVE, en su carácter de Presidenta de la Asociación de Fisicoculturismo y Fitness del estado Anzoátegui, asistida por el abogado JESÚS RAMÓN MALAVE,  interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con medida cautelar de amparo, contra el proceso eleccionario 2017-2021, realizado por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Físico Culturismo y Fitness, en fecha 22 de julio de 2017.

 

Visto que constan en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 04 de octubre de 2017, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

 

5.- Expediente N° AA70-X-2017-000018: El abogado Héctor José Silva Hernández, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Asociación de Baloncesto del estado Carabobo, presentó escrito mediante el cual se opuso a la medida cautelar acordada mediante sentencia N° 95 dictada por esta Sala Electoral en fecha 04 de julio de 2017.

 

Vista la Sentencia Nº 199 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017, mediante la cual declaró: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO de la oposición a la medida cautelar de amparo constitucional decretada por este órgano judicial en Sentencia N° 95 del 4 de julio de 2017, se acuerda notificar a la ASOSIACION DE BALONCESTO DEL ESTADO CARABOBO, (parte recurrida).

 

6.- Expediente N° AA70-X-2017-000017: El abogado Tulio Barreto, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Maria Elena Bujan Tato, José Antonio Villaro Arteaga, Reina Chiquinquira Romero Rojas, Yamir José Bracho Preciado y Cristian Armando Grandon Ortiz (parte recurrida), presentó escrito mediante el cual apeló la sentencia N° 139 de fecha 10 de agosto de 2017.

 

Vista la Sentencia N° 197 dictada en fecha 09 de noviembre de 2017, mediante la cual esta Sala Electoral declaró: IMPROCEDENTE la Solicitud de aclaratoria, se acuerda notificar Junta de Condominio de CARIBBEAN SUITES MARINA & BEACH CLUB, (parte recurrida).

 

 

 

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

7.- Expediente N° AA70-E-2017-000076: El abogado Jesús Armando Colmenares Jiménez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos DOMINGO MARVAL MALDONADO, THAIZ YAJAIRA PINTO ROSALES y NAYLA AZUCENA MOLINA MORENO, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos y amparo cautelar en contra del "ACTO ADMINISTRATIVO EMANADO DEL REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES (R.N.O.S.), AUTO N° 2017-7469 DEL 17 DE ENERO DE 2017, SUSCRITO POR SU DIRECTOR (E) ABG. JUAN CARLOS DE ARCO SOLARTE, SEGÚN GACETA OFICIAL N° 40.844 DE FECHA 05/02/2016".

 

Por recibido, Oficio N° 3190-557 de fecha 31 de octubre de 2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 14 de agosto de 2017, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

DILIGENCIAS EN:

8.- Expediente N° AA70-E-2016-000017: El abogado Cesar Augusto Arias, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO COLMENARES, interpuso recurso contencioso electoral contra la negación tacita del recurso jerárquico interpuesto ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), contra la postulación del ciudadano Miguel Ramón Lara Aguilar, al cargo de Concejal Lista del Municipio Cabimas del estado Zulia, postulado por el partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

La abogada Roxana Orihuela, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 46.907, Fiscal Séptima del Ministerio Público con competencia para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, presentó diligencia mediante la cual solicitó celeridad procesal.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2017-000101: Las ciudadanas CONSUELO SÁNCHEZ, ANA NARVÁEZ DE PETIT y GLADYS ELENA VERGARA, las dos últimas abogadas actuando en su propio nombre y representación y en asistencia del primero, aludiendo el carácter de asociados y aspirantes a las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpusieron “DEMANDA CONTENCIOSO ELECTORAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA INNOMINADA DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS” contra el acto comicial celebrado el 15 de agosto de 2017, “…fijado para la elección de las distintas Secretarías de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Municipio Libertador, Distrito Capital, y, concretamente, contra el proceso de escrutinio realizado en la Mesa Electoral Nº 3 integrada a dicho evento electoral, donde ocurrieron serias y graves irregularidades que alteraron de forma determinante los resultados de la contienda electoral, producida por los miembros que conforman la Comisión Electoral…”.

 

Las abogadas Gradys Vergara y Ana Narvaez, en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentaron diligencia mediante la cual retiraron cartel de emplazamiento librado por esta Sala Electoral en fecha 14 de noviembre de2017.

 

DILIGENCIAS DEL ALGUACIL:

 

10.- Expediente N° AA70-E-2017-000114: La abogada Judith Fuenmayor, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS EDUARDO PARRA RIVERO, aludiendo la condición de candidato a Gobernador del estado Yaracuy, en las elecciones regionales celebradas el 15 de octubre de 2017, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso de las elecciones regionales del pasado 15 de octubre de 2017 en el estado Yaracuy.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-702, librado al Consejo Nacional Electoral, a los fines de solicitarle los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2017-000011: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-703, librado a la Federación Venezolana de Fútbol (FVF), mediante el cual se le solicitó remitir la información requerida mediante auto de fecha 13-11-2017.

 

12.- Expediente N° AA70-E-2015-000094: Los ciudadanos JOSÉ USECHE, JACQUELINE GUILLÉN, EVA SÁNCHEZ, JOHAN FERNÁNDEZ, JUAN BLANCO y GUILLERMO BLANCO, invocando el carácter de integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico del Distrito Capital, estado Vargas y estado Miranda (SIUCTRAELEC), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra "LAS CONVOCATORIAS AL PROCESO ELECTORAL PARA ELEGIR A LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO "  del referido Sindicato "DE FECHAS 9 DE JUNIO DE 2015 Y 6 DE JULIO DE 2015, REALIZADAS POR EL SECRETARIO GENERAL ELIO PALACIOS" así como contra el Tribunal Disciplinario del Sindicato Único de la Clase Trabajadora del Sector Eléctrico del Distrito Capital, estado Vargas y estado Miranda (SIUCTRAELEC), integrado por los ciudadanos Jesús Figueroa, Jorge Medina y Jorge Quijada.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-704, librado al Consejo Nacional Electoral, mediante el cual se le solicitó remitir la información requerida mediante auto de fecha 17-10-2016.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

ACTUACIONES EN:

 

13.- Expediente N° AA70-E-2015-000121: Los ciudadanos FIDEL ANTONIO FRANCO BARATE y ROGELIO DE JESÚS CASTRO LÓPEZ, invocando el carácter de afiliados al SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, NÚCLEO MARACAY- ESTADO ARAGUA, asistidos por el abogado Mao Santiago, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela, Núcleo Maracay- Estado Aragua.

 

Visto que en fecha 16 de noviembre de 2017 fue recibido el N° 1016-17 de fecha 08 de noviembre de 2017, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 14 de agosto de 2017, esta Sala, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva de las partes en la presente causa, acuerda remitir nuevamente dicha comisión a los fines de notificar a los Antonio Franco Barate y Rogelio de Jesús Castro López (parte accionante). Se libró Boleta. Asimismo, de comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar a los referidos ciudadanos. Se libró oficio y despacho.

La Presidenta,

 

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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