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CUENTA N° 57
Martes, veintiuno (21) de marzo de 2017
NUEVO ASUNTO INGRESADO:
1.- Expediente N° AA70-E-2017-000021: El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.
Recepción del recurso contencioso electoral.
2.- Expediente N° AA70-E-2017-000022: El ciudadano ENRIQUE JOSE RIVAS ESPINOZA, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol "Bolivariano Sport Club", asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso de elección de las autoridades de la Asociación de Futbol del estado Sucre, para el periodo 2017-2021.
Recepción del recurso contencioso electoral.
ACTUACIÓN EN:
3.- Expediente N° AA70-E-2014-000079: TOMAS GUZMÁN, LIVIA RODRÍGUEZ, ELVIRA PÁEZ Y LISSET COLMENARES, invocando el carácter de miembros de la Comisión Electoral Permanente del Consejo Comunal de San Blas Casco Norte, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los ciudadano Lucrecia Ávila, Adolfredo Malpica, Aida González, Gregoria Zambrano, Paul Morris y Jesús Escalante, respecto a la elección de las autoridades del mencionado Consejo Comunal, cuyo acto de votación se fijó para el día 31-08-2014. (Cambió a recurso contencioso electoral).
Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ADOLFREDO MALPICA, AIDA GONZÁLEZ, GREGORIA PAUL MORRIS ZAMBRANO, PAUL MORRIS y JESÚS ESCALANTE, mediante el cual se le notificó del auto dictado por este Juzgado de Sustanciación en fecha 13 de febrero de 2017.
4.- Expediente N° AA70-E-2017-000018: Los abogados Doris Elizabeth Moreno Rivera y Ronald Gregorio Gulansingh Seesahai, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano SILVANO RAFAEL MORENO RIVERA, aludiendo el carácter de Secretario General del Sindicato único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLIVAR), interpusieron recurso contencioso electoral contra la resolución N° 161208-271, emitida por el Consejo Nacional Electoral en fecha 08 de diciembre de 2016 y publicada en Gaceta Electoral el 25 de enero de 2017.
Visto el escrito interpuesto en fecha 23 de febrero de 2017 por los abogados DORIS ELIZABETH MORENO RIVERA y RONALD GREGORIO GULANSINGH SEESAHAI, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano SILVANO RAFAEL MORENO RIVERA, quien invoca la condición de Secretario General del Sindicato Único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus Derivados del estado Bolívar, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral, “en contra de la resolución N° 161208-271, emitida por el Consejo Nacional Electoral en fecha 08 de diciembre de 2016 y publicada en Gaceta Electoral el 25 de enero de 2017, en relación con el recurso de impugnación interpuesto por el ciudadano Joel Alfredo Alcalá Luna, titular de la cédula de identidad N° 8.963.777, el día 26 de junio de 2015, en contra del proceso electoral del referido sindicato celebrado los días 15 y 16 de junio de 2015”. Este Juzgado de Sustanciación, admitió cuanto ha lugar en derecho la presente demanda. Se acordó notificar al Consejo Nacional Electoral (parte recurrida) y al ciudadano SILVANO RAFAEL MORENO RIVERA. Se libró Oficio N° 17-216 y Boleta. Igualmente, se acordó notificar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral del referido Sindicato. Se libraron Oficios Nos. 17-219 y 17-218. Asimismo, se ordenó notificar al Ministerio Público. Se libró Oficio N° 17-220. De igual forma, se acordó notificar al ciudadano Joel Alfredo Alcalá Luna, a los ciudadanos MIGUEL BETLHO, PEDRO RESPLANDOR, RAMÓN HERNÁNDEZ, DORIS GUZMÁN, HUGO RAMOS, JULIO SISO, FREDDY GARCÍA, JEAN VALLENILLA, JORALPT ALDANA, HENRY PARADA, LUIS NEPTALÍ, CARLOS AGUILERA, PEDRO GONZÁLEZ, JOSÉ VARGAZ, TOMÁS GONZÁLEZ, ÁNGEL LUGO, LUIS RODRÍGUEZ, JOSÉ BOLÍVAR, JESÚS HERRERA, JORGE APONTE, PEDRO SAN LUIS, JOSÉ BELLO, MÁXIMO MUÑOZ, LEONARDO COLUCCI, RENNY GARCÍA, EDGAR RIVERO, FRANCISCO SANTOYO, LUIS ROJAS, RICHARD CREMONA, ADÁN ARBELÁEZ, DORIS BARRIOS, ROGER TABLANTE, MARBELYS SALABARRIA, JOSÉ ECHEGARAY, DALIN ALCALÁ y RAMÓN GONZÁLEZ, en su condición de candidatos de la plancha EQUIPO 112, al Sindicato Único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLÍVAR), para el periodo 2015-2017, a los ciudadanos ANTONHY PEDROSA, EDGAR SAMPSON, HÉCTOR MARCANO, ORLUIS MORENO, AMANDA TODD, NELSON HERNÁNDEZ, ULMHARYS SALAZAR, YORBIS MARTÍNEZ, JOSÉ PALMARES, MIGUEL SOLÍS, MEISI SOSA, JESÚS BRACHO, LEÍDA BRITO, MAURICIO URBANO, ROBERT FARRERA y LUIS GARCÍA, en su condición de candidatos de la plancha EQUIPO MASA, al Sindicato Único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLÍVAR), para el periodo 2015-2017, a los ciudadanos MAURICIO URBANO JESÚS GUERRA, JOSÉ RODRÍGUEZ, LUIS GARCÍA AMMER PAREDES, IBIS BARRIOS, JUAN AZUGARAY, JOSÉ VELÁSQUEZ, ELIEZER LANZ, ROBERT FARRERA, JOSÉ CORCEGA, PEDRO RONDÓN, JOSÉ SANDOVAL, PEDRO RODRÍGUEZ, JOSÉ CARREÑO, YDAN FIGUERA, ALBERTO YÁNEZ, ÍTALO RIVAS, FREDDY ASTUDILLO y JESÚS MARTÍNEZ, en su condición de candidatos de la plancha EQUIPO 23, al Sindicato Único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLÍVAR), para el periodo 2015-2017 y a los ciudadanos WILLIAM FLORES, RAFAEL RODRÍGUEZ, ROLANDO MUÑOZ, RICHARD POTELLA, IBIS BARRIOS, ALBERTO YÁNEZ, FABIÁN CARABALLO y JOSÉ MARÍN, en su condición de candidatos independientes, al Sindicato Único de los Trabajadores de la Industria de la Alúmina, Bauxita y sus derivados del estado Bolívar (SUTRALUMINA-BOLÍVAR), para el periodo 2015-2017 y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno, se acordó librar carteles, con la advertencia que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los carteles respectivos, se les tendrá por notificados. Se libró Carteles. Asimismo, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral del referido Sindicato. Se libró Oficio N° 17-217 y Despacho.
5.- Expediente N° AA70-E-2016-000002: La abogada Astrid Herrera, actuando en representación de la Asociación Civil TRANSPARENCIA VENEZUELA, interpuso recurso contencioso electoral contra la negativa tácita del Consejo Nacional Electoral, al no dar respuesta al recurso jerárquico interpuesto el 30 de noviembre de 2015 mediante el cual se solicitó pronunciamiento sobre la denuncia introducida ante la Comisión de Participación Política y Financiamiento en fecha 3 de noviembre de 2015, por el uso de publicidad y propaganda electoral en cuentas de la red social twitter de instituciones públicas del Estado.
La abogada Mildred Rojas Guevara, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 109.217, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Asociación Civil Transparencia Venezuela (parte recurrente), presentó escrito mediante el cual promovió pruebas. De conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el referido escrito hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.
6.- Expediente N° AA70-E-2017-000005: Los ciudadanos FERNANDO RIOS FARIAS, JEANNETTE PORRAS COLMENARES y GLADYS CORDERO, aludiendo el carácter de Presidente, Tesorera y Secretaria del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Previsión Social de los Trabajadores al Servicio de la Educación del estado Miranda, Sector Público N° 198, asistidos por los abogados Hernán Dario Gómez Rodríguez y Cruz Francisco Ramos Centeno, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad contra el proceso electoral para la elección de los nuevos miembros del Consejo de Administración y de Vigilancia de la referida caja de ahorros, periodo 2016-2019 "(ahora será periodo 2017-2020)".
De una revisión de las actas que conforman el expediente se observa que no consta en autos la notificación de la Procuraduría General de la República, por lo que se ordenó su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con la advertencia que una vez que conste en autos la totalidad de las notificaciones ordenadas, comenzará a transcurrir el lapso de treinta (30) días continuos a los que hace referencia el artículo mencionado, para que se considere consumada la notificación de la Procuraduría General de la República. Se libró oficio N° 17.214.
7.- Expediente N° AA70-E-2017-000012: Los ciudadanos FERNANDO RIOS FARIA y GLADYS CORDERO, aludiendo el carácter de Presidente y Secretaria del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Pensión Social de los Trabajadores al Servició de la Educación del estado Miranda (CAPRESOTEEM), asistidos por los abogados Hernán Darío Gómez Rodríguez y Francisco Ramos Centeno, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad contra el acto de votación celebrado el día 27 de enero de 2017 para la elección de los nuevos miembros de los Consejos de Administración y de Vigilancia, principales y suplentes de la referida caja de ahorro para el periodo 2016-2019.
De una revisión de las actas que conforman el expediente se observa que no consta en autos la notificación de la Procuraduría General de la República, por lo que se ordenó su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con la advertencia que una vez que conste en autos la totalidad de las notificaciones ordenadas, comenzará a transcurrir el lapso de treinta (30) días continuos a los que hace referencia el artículo mencionado, para que se considere consumada la notificación de la Procuraduría General de la República. Se libró oficio N° 17.215.
8.- Expediente N° AA70-E-2016-000080: La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018.
Vista la diligencia presentada en esta misma fecha por el abogado abogado Alex Muñoz García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.385, en su carácter apoderado judicial de la parte recurrente, mediante la cual solicitó el diferimiento del acto de informes orales que fuere fijado para el día 23 de marzo de 2017, a las 10:30 a.m., este Juzgado acuerda diferir la realización del referido acto, y fija el día martes dieciséis (16) de mayo de 2017, a las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), para la realización del mismo.
ESCRITO PRESENTADO EN:
9.- Expediente N° AA70-E-2017-000017: EL ciudadano YOINER URRIETA, aludiendo el carácter de afiliado, candidato a la Secretaría General y representante de la plancha N° 7 que participó en las elecciones de la Junta Directiva y demás organismos del SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES PETROLEROS, DEL GAS, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO DELTA AMACURO (SUTPGSCEDA), realizada el día 31 de enero de 2017, asistido por el abogado Jesús Rivas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las "ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO SUTPGSCEDA".
El abogado Cesar Augusto Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.479, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicitó pronunciamiento.
DILIGENCIA EN:
10.- Expediente N° AA70-E-2017-000021: El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol Aragua Futbol Sala, asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Asociación Civil de Futbol del estado Aragua, en fecha 15 de febrero de 2017.
El ciudadano OARCYS ARTURO LUCENA, titular de la cédula de identidad número 5.267.773, parte recurrente, asistido por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, presento diligencia mediante la cual otorgó poder APUD-ACTA a la abogada Cristina Villa Madrid, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 197.526, Oriana Shephard, inscrita en el Inpreabogado bajo los N° 272.187, respectivamente y al abogado asistente.
11.- Expediente N° AA70-E-2017-000022: El ciudadano ENRIQUE JOSE RIVAS ESPINOZA, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación Civil Escuela de Futbol "Bolivariano Sport Club", asistido por los abogados Antonio Quintero, Cristina Villa y Oriana Shephard, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso de elección de las autoridades de la Asociación de Futbol del estado Sucre, para el periodo 2017-2021.
El ciudadano ENRIQUE JOSE RIVAS ESPINOZA, titular de la cédula de identidad número 11.375.952, parte recurrente, asistido por el abogado Antonio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.893, presento diligencia mediante la cual otorgó poder APUD-ACTA a las abogadas Cristina Villa Madrid, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 197.526, Oriana Shephard, inscrita en el Inpreabogado bajo los N° 272.187, respectivamente y al abogado asistente.
12.- Expediente N° AA70-E-2015-000046: ZAINE CAROLINA ACOSTA DE GONZÁLEZ, apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE MONTERO ROSALES, LUIS MANUEL ALVÁREZ SUÁREZ, LUIS ENRIQUE PÉREZ SIERRA, BLADIMIR ANTONIO TORRES COLMENARES, ROY JOSUE PACHECO MUSSETT, DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, KENNYS ENRIQUE MENDOZA ROJAS y JUAN CARLOS PIZZINI PERAZA, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la nueva directiva de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP) para el periodo 2015-2018, celebradas del 21 al 28 de abril de 2015, al cual le fue acumulado el expediente AA70-E-2015-000060 contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado JESÚS ENRIQUE VÁSQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 191.107, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NARCISO JOSÉ MATA LÓPEZ, GUSTAVO ÁNGEL RODRÍGUEZ BARBOZA y HERVING RAMÓN BERMÚDEZ SOTO, contra las elecciones celebradas entre el 22 y 28 de abril de 2015, “para la designación de la Junta Directiva para el periodo 2015-2018, a cargo de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMO DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS Y JUBILADOS PETROLEROS (CATRAJUP)”. (Expedientes Acumulados Nos. AA70-E-2015-000046, AA70-E-2015-000060).
La ciudadana MARÍA RODRIGUEZ MOLLEJA, titular de la cédula de identidad número V-11.254.971, actuando en su carácter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorros y Préstamo de los Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistida por la abogada Virginia Carrero Ugarte, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.967, presento diligencia mediante la cual se dio por notificada de la Sentencia N° 01 de fecha 18 de enero de 2017, y solicitó dos (2) juegos de copias certificadas de la mencionada sentencia.
13.- Expediente N° AA70-E-2016-000080: La ciudadana MARIANELLA GENATIOS SEQUERA, aludiendo la cualidad de Presidente y representante legal del Colegio de Arquitectos de Venezuela (CAV), asistida por el abogado Alex Francisco Muñoz interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión del acto de votación previsto en el cronograma electoral y contra el presunto silencio administrativo negativo en el cual incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE), respecto al oportuno pronunciamiento sobre la admisión y sustanciación del procedimiento de impugnación contra los actos electorales emanados de la Comisión Electoral del Colegio de Arquitectos de Venezuela para la elección de las autoridades correspondientes al periodo 2016-2018.
El abogado Alex Muñoz García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.385, en su carácter apoderado judicial de la parte recurrente, presento diligencia mediante la cual solicitó el diferimiento del acto de informes orales fijado para el día 23/03/2017.
14.- Expediente N° AA70-E-2016-000094: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016.
El ciudadano HUGO FELIPE DÍAZ SUCRE, titular de la cédula de identidad número 8.857.421, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Nacional de Trabajadores de la Enseñanza (FETRA-ENSEÑANZA), parte recurrida, asistido por la abogada Virginia Carrero Ugarte, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.967, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la sentencia N° 192 de fecha 12 de diciembre de 2016 y otorgó poder APUD-ACTA a la abogada asistente.
15.- Expediente N° AA70-E-2016-000094: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016.
La abogada Virginia Carrero Ugarte, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.967, en su carácter de apoderada judicial del JUAN RAMÓN CRESPO PINTO, titular de la cédula de identidad número 4.819.685, Presidente de la Federación de Trabajadores de la Harina (FETRAHARINA), parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual consignó la documentación que acredita el carácter del mencionado ciudadano como Presidente de la Mencionada Federación.
OFICIOS RECIBIDOS EN:
16.- Expediente N° AA70-E-2016-000052: Por oficio N° 0900-527 de fecha 31 de mayo de 2016, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remitió acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el ciudadano MILTON JESÚS RAMÍREZ TORRES, titular de la cédula de identidad 4.373.007, contra de los "hechos, actos u omisión, originados por los ciudadanos que conforman la Comisión Electoral de Regular el Proceso de Elecciones que se realizaran en fecha 29 de mayo de 2016 en lo que respecta a la participación de postulación de plancha a la elección de la junta directiva del Condominio Urbanización Villa Roca III".
Por recibido Oficio N° 2660-93 de fecha 02 de marzo de 2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 30 de noviembre de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
17.- Expediente N° AA70-E-2016-000073: Los ciudadanos HECMI RAMÓN GARCÍA VILLAROEL y MANUEL LARA, aludiendo su condición de trabajadores activos de la entidad de trabajo Minera Loma de Níquel C.A., y miembros del Sindicato Nacional Profesional de Trabajadores y Trabajadoras, socialistas de la Industria Minera Loma de Níquel (SINPROTRAS-NIQUEL), asistidos por el abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones sindicales de la referida organización.
Por recibido Oficio N° 048 de fecha 23 de febrero de 2017, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santos Michelena de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 15 de diciembre de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
18.- Expediente N° AA70-E-2016-000027: GIOCONDA LÓPEZ, MARTIN JOSÉ PADRINO RUDAS y MIGUEL GONZÁLEZ, aludiendo el carácter de candidatos a la Secretaría del Consejo de Administración, Presidente al Consejo de Administración y Tesorero al Consejo de Administración, respectivamente, para las pasadas elecciones del Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia y delegados de la Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra las elecciones para la escogencia del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados de La Caja de Ahorros de los Trabajadores de la Universidad Bolivariana de Venezuela (CATUBV).
Por recibido Oficio N° 94-2017 de fecha 20 de febrero de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 12 de julio de 2016, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
DILIGENCIA DEL ALGUACIL:
19.- Expediente N° AA70-E-2016-000052: Por oficio N° 0900-527 de fecha 31 de mayo de 2016, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remitió acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el ciudadano MILTON JESÚS RAMÍREZ TORRES, titular de la cédula de identidad 4.373.007, contra de los "hechos, actos u omisión, originados por los ciudadanos que conforman la Comisión Electoral de Regular el Proceso de Elecciones que se realizaran en fecha 29 de mayo de 2016 en lo que respecta a la participación de postulación de plancha a la elección de la junta directiva del Condominio Urbanización Villa Roca III".
El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 16-722, librado al Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la sentencia N° 158 de fecha 16-11-2016.
ACTUANDO COMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:
20.- Expediente N° AA70-E-2016-000066: El abogado Benigno Hidalgo, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadano ARMANDO SANDOVAL GUTIERREZ, YANIS AMADO AVILA ANGULO, JHOAN JOSÉ DUN ZAMBRANO, JOSEPH CÉSAR MORENO MORALES, JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNÁNDEZ, JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, invocando el carácter de socios de la Organización Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto, interpuso acción de amparo constitucional contra la "Asamblea ordinaria de socios de la Asociación Civil Propatria-Carmelitas-Chacaíto realizada el 13 de agosto de 2016".
Visto el escrito presentado en fecha 12 de enero de 2017, por el abogado Jhonny Enrique Castillo Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 163.178, actuando en su carácter de accionante se designa ponente al Magistrado CHRISTIAN TYRONE ZERPA, a los fines de la decisión correspondiente.
ACTUACIÓN EN:
21.- Expediente N° AA70-E-2015-000116: ALEJANDRINA PACHANO y KELVIS FUENMAYOR, invocando la condición de afiliados al Sindicato Bolivariano de Trabajadores del Metro de Maracaibo (SIBTRAMETROMARA), asistidos por el abogado Orlando Oquendo, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva actual del Sindicato Bolivariano de Trabajadores del Metro de Maracaibo (SIBTRAMETROMARA).
Visto el escrito de pruebas consignado en fecha 20 de marzo de 2017, por la abogada Judith Aparicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 72.900, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionada, con ocasión de la articulación probatoria abierta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado emitió pronunciamiento, admitiendo e inadmitiendo las referidas pruebas según el caso, ordenándose librar oficio solicitando la información requerida.
DILIGENCIA EN:
22.- Expediente N° AA70-E-2016-000048: Los ciudadanos ÁNGEL DANIEL MORÁN ATENCIO y ROMÁN EMIRO OCANDO LEÓN, , invocando el carácter de afiliados al SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO, DEL GAS, SUS SIMILARES Y DERIVADOS DEL MUNICPIO LA CAÑADA DE URDANETA DEL ESTADO ZULIA (SUTPMCU), asistidos por la abogada Nancy Del Pilar Cadenas Briceño, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral que regirá el proceso electoral para elegir a las nuevas autoridades del referido Sindicato 2015-2018, cuyo acto de votación está pautado para el día 22 de junio de 2016.
El abogado Rafael Eduardo Abreu Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 128.178, apoderado judicial de la parte accionada, presentó diligencia mediante la cual consignó constancia del pago de la multa ordenado en la sentencia N° 149 de fecha 01 de noviembre de 2016, para cada uno de los integrantes de la Comisión Electoral.
23.- Expediente N° AA70-E-2016-000067: Los ciudadanos JOSUE PEÑA, LUÍS BETANCOURT y EDUARDO PEÑALOZA, actuando con el carácter de afiliados al Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de SITSSA (SISOTRASITSSA), asistidos por el abogado Gabriel Gregorio Espinoza, interpusieron amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra los hechos y actos emanados de los representantes del precitado Sindicato.
Los ciudadanos JOSUE PEÑA, LUÍS BETANCOURT y EDUARDO PEÑALOZA, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.200.824, 15.166.052 y 15.331.883, parte accionante, asistidos por el abogado Gabriel Gregorio Espinoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 157.117, presentaron diligencia mediante la cual solicitaron el diferimiento de la lectura del dispositivo fijada para el 28/03/2017.
24.- Expediente N° AA70-E-2016-000067: Los ciudadanos JOSUE PEÑA, LUÍS BETANCOURT y EDUARDO PEÑALOZA, actuando con el carácter de afiliados al Sindicato Socialista de Trabajadores y Trabajadoras de SITSSA (SISOTRASITSSA), asistidos por el abogado Gabriel Gregorio Espinoza, interpusieron amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra los hechos y actos emanados de los representantes del precitado Sindicato.
Los ciudadanos JOSUE PEÑA, LUÍS BETANCOURT y EDUARDO PEÑALOZA, titulares de la cédula de identidad Nos. 19.200.824, 15.166.052 y 15.331.883, parte accionante, asistidos por el abogado Gabriel Gregorio Espinoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 157.117, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder APUD-ACTA al abogado José Ramón Mujica, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 223.777 y al abogado asistente.
OFICIOS RECIBIDOS EN:
25.- Expediente N° AA70-E-2015-000097: VERUSKA SEQUERA, LUIS ANZOLA, DAVID LIRA, JOSÉ ROMÁN ANDRADE, MARÍA GABRIELA ORTÍZ, RADWAN RADWAN, ANDRÉS ROMERO, KEILA ORDOÑEZ, ALDO ROBALLO, DALMARYS UZTARIZ, ALEXANDRA GIRÓN y JORGE CAMPOLARGO, actuando en su condición de estudiantes de la UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL "LISANDRO ALVARADO", asistidos por el abogado Pedro Medina, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Presidenta del consejo electoral estudiantil de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado" de la referida Universidad.
Por recibido Oficio N° 4920-128 de fecha 14 de febrero de 2017, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 16 de septiembre de 2015, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
La Presidenta
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
La Secretaria
INTIANA LÓPEZ PÉREZ
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