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Sala Electoral
  • Fecha: 22 de Noviembre de 2017





 

CUENTA N° 233

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ASUNTO NUEVO INGRESADO:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2017-000118: La abogada Vivian Gabriela Mireles Gómez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 272.730, actuando en su carácter de apoderada judicial de la entidad de trabajo, C.A. VENEZOLANA DE PIGMENTOS  (CAVENPI), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad contra "…el acto administrativo en el cual versa la Conformación (sic) de la Comisión Electoral, del proceso electoral llevado a cabo por la organización sindical SINDICATO UNICO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA C.A., VENEZOLANA DE PIGMENTOS CAVENPI (S.U.B.T. CAVENPI), y en consecuencia todas las actuaciones posteriores…"

 

Recepción del recurso contencioso electoral.

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

2.- Expediente N° AA70-E-2015-000019: Los ciudadanos FRANCISCO ENCINAS VERDE y AGUSTIN DÍAZ DÍAZ, actuando en nombre propio, interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra la Normativa Sobre Postulaciones de Precandidatos a Elecciones Primarias de 2015 de la Mesa de la Unidad Democrática aprobada en Caracas el 09 de marzo de 2015, por la Comisión Electoral de Primarias 2015 de la Mesa de la Unidad Democrática.

 

Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 07 de noviembre de 2017, se designa ponente: Magistrada INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

3.- Expediente N° AA70-E-2015-000142: Los ciudadanos ESTEBAN ARGELIO PÉREZ RAMOS, actuando en su condición de candidato a diputado a la Asamblea Nacional por la representación indígena Región Sur, en las elecciones celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, asistido por la abogada Hilaria Michael Márquez Betancourt, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar, contra las "ELECCIONES DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS, POR LA REPRESENTACIÓN INDÍGENA A LA ASAMBLEA NACIONAL REGIÓN SUR...".

Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 07 de noviembre de 2017, se designa ponente: Magistrada INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a los fines del pronunciamiento correspondiente.

 

 

 

ACTUACIONES EN:

 

4.- Expediente N° AA70-E-2017-000028: El ciudadano LEONARDO ENRIQUE NOGUERA, aludiendo el carácter de socio N° 4.467, de la Asociación Civil Club Oricao, asistido por el abogado Francisco Labrador, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra "la decisión emanada de la comisión electoral que declaró con lugar la impugnación propuesta en contra de mi candidatura a presidente de la aludida asociación civil.".

 

Se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente.

 

5.- Expediente N° AA70-E-2017-000084: El abogado José Tadeo Rodríguez, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDWIN ZERPA PIZZORNO, aludiendo el carácter de "Presidente de la Federación de Beisbol Venezuela", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar "contra las elecciones y contra el proceso Electoral ya que no estuvo sujeto a una Comisión Electoral ni a un Comité Disciplinario por parte del único Órgano rector responsable el Comité Olímpico  de ordenar a la Junta Directiva Federación de Béisbol de Venezuela. Ya identificada la (FBV), los cuales comprenden desde el nombramiento de dicha comisión hasta el proceso de elección, escrutinio, totalización y proclamación de la junta directiva, por ella misma y no solicitud su legitimidad por anuncio de gaceta oficial para solicitar las elecciones a el Comité Olímpico para proclamarse como nueva directiva de la Federación Venezolana de Béisbol periodo 2017-2021.".

 

Vencido como se encuentra el lapso para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento, previsto en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se agrega al expediente el cartel de emplazamiento original.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2015-000048: los ciudadanos YRIS CLARIBEL REBOLLEDO, ROBINSON RAÚL ROMÁN GONZÁLEZ, JOSÉ GREGORIO PEÑA AÑEZ, LINO GREGORIO VERGARA CASTELLANOS y YOHANA YASMINI RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, invocando el carácter de miembros de la Federación Venezolana de Canotaje, asistidos por la abogada Ingrid Reyes Centeno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°65.158, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra los estatutos de la referida Federación aprobados en Asamblea General del 21 de marzo de 2014, el Reglamento Electoral aprobado el día 11 de abril de 2014 por parte de la Comisión Electoral presidida por la ciudadana Carla Rondón y contra la convocatoria para el acto de votación publicado en el Diario "El Universal", en fecha 30 de abril de 2015, para elegir a la Junta Directiva, el Consejo de Honor y el Consejo Contralor de la referida federación.

 

Vista la diligencia presentada en fecha 14 de noviembre de 2017 por el  ciudadano Robinson Raúl Román González, titular de la cédula de identidad número V-6.080.425, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N°  42.518 (recurrente), mediante la cual solicitó la reproducción del disco compacto (CD) contentivo del acto de informes orales celebrado en fecha 19 de noviembre de 2015, esta Sala ORDENA la reproducción del referido acto de informes orales.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2015-000137: Las ciudadanas ANGELA MORILLO, NÉLIDA ZAMBRANO, ISDELIA PALACIOS y DALIA HERMINIA YÁNEZ, respectivamente, invocando la condición de miembros directivos de la Red Ambiental de la Base de la Unión de Comunidades Indígenas WARAO UCIW-CONIVE y la última invocando el carácter de representante y defensora de los Derechos Humanos e Indígenas de las poblaciones originarias de la República Bolivariana de Venezuela, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de CONIVE a nivel nacional, relacionado con el proceso de escogencia de precandidata o precandidato indígena por el estado Delta Amacuro, para participar en las elecciones a Diputados de la Asamblea Nacional por los pueblos indígenas, región oriente, celebradas en fecha 06-12-2015. (CAMBIÓ A RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a las ciudadanas ÁNGELA MORILLO, NÉLIDA ZAMBRANO, ISDELIA PALACIOS y DALIA HERMINIA YÁNEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 189 de fecha 09 de noviembre de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2015-000137: Las ciudadanas ANGELA MORILLO, NÉLIDA ZAMBRANO, ISDELIA PALACIOS y DALIA HERMINIA YÁNEZ, respectivamente, invocando la condición de miembros directivos de la Red Ambiental de la Base de la Unión de Comunidades Indígenas WARAO UCIW-CONIVE y la última invocando el carácter de representante y defensora de los Derechos Humanos e Indígenas de las poblaciones originarias de la República Bolivariana de Venezuela, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de CONIVE a nivel nacional, relacionado con el proceso de escogencia de precandidata o precandidato indígena por el estado Delta Amacuro, para participar en las elecciones a Diputados de la Asamblea Nacional por los pueblos indígenas, región oriente, celebradas en fecha 06-12-2015. (CAMBIÓ A RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la COMISIÓN ELECTORAL DEL CONSEJO REGIONAL ELECTORAL INDIGENA DE LA REGIÓN ORIENTE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 189 de fecha 09 de noviembre de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

 

9.- Expediente N° AA70-E-2015-000137: Las ciudadanas ANGELA MORILLO, NÉLIDA ZAMBRANO, ISDELIA PALACIOS y DALIA HERMINIA YÁNEZ, respectivamente, invocando la condición de miembros directivos de la Red Ambiental de la Base de la Unión de Comunidades Indígenas WARAO UCIW-CONIVE y la última invocando el carácter de representante y defensora de los Derechos Humanos e Indígenas de las poblaciones originarias de la República Bolivariana de Venezuela, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de CONIVE a nivel nacional, relacionado con el proceso de escogencia de precandidata o precandidato indígena por el estado Delta Amacuro, para participar en las elecciones a Diputados de la Asamblea Nacional por los pueblos indígenas, región oriente, celebradas en fecha 06-12-2015. (CAMBIÓ A RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL).

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a CONSEJO NACIONAL INDIO DE VENEZUELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de la sentencia N° 189 de fecha 09 de noviembre de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2016-000025: el ciudadano ARQUÍMEDES SEQUERA, invocado el carácter de Presidente de la Junta Directiva del SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), asistido por el abogado Carlos Luis Pacheco, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar innominada contra la elección de la Comisión Electoral Provisional del referido Sindicato "y el subsecuente proceso electoral que se encuentra organizando referido al referéndum revocatorio de miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical", pautado para el día 06 de abril de 2016.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la COMISIÓN ELECTORAL PROVISIONAL DEL SINDICATO ÚNICO PROFESIONAL DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE CERVEZAS, REFRESCOS Y BEBIDAS ALIMENTICIAS DEL ESTADO CARABOBO (SUTRA-BA CARABOBO), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 193 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de noviembre de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

ESCRITOS RECIBIDOS EN:

 

11.- Expediente N° AA70-E-2017-000114: La abogada Judith Fuenmayor, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.298, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS EDUARDO PARRA RIVERO, titular de la cédula de identidad N° 14.211.633, aludiendo la condición de candidato a Gobernador del estado Yaracuy, en las elecciones regionales celebradas el 15 de octubre de 2017, interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso de las elecciones regionales del pasado 15 de octubre de 2017 en el estado Yaracuy.

 

Por recibido en esta misma fecha escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, así como antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral suscrito por la abogada Yaney Marquina Jiménez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.611, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, se acuerda agregar al expediente judicial el referido escrito así como la copia del poder que la acredita para actuar como apoderada judicial del mencionado Órgano Electoral y los recaudos que lo acompañaron.

 

DILIGENCIAS EN:

 

12.- Expediente N° AA70-E-2016-000017: El abogado Cesar Augusto Arias, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO COLMENARES, interpuso recurso contencioso electoral contra la negación tacita del recurso jerárquico interpuesto ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), contra la postulación del ciudadano Miguel Ramón Lara Aguilar, al cargo de Concejal Lista del Municipio Cabimas del estado Zulia, postulado por el partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

El abogado Cesar Augusto Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.479, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó se dicte pronunciamiento en la presente causa.

13.- Expediente N° AA70-E-2015-000117: El ciudadano ROBERTO JOSÉ CAMPERO REYES, invocando el carácter de afiliado a la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), asistido por el abogado José Clemente Hernández Delgado, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Nacional y Regional de la Asociación de Profesores de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (APROUPEL), en relación con el proceso electoral para elegir a las autoridades de la referida Asociación, período 2015-2018.

Los ciudadanos PASTORA CARVAJAL DE LIMONG Y MEYLIENG GARCIA DE  TOVAR, titulares de la cedula de identidad N° 20105.566 y 3.812.081 (respectivamente), alegando su carácter de miembros de la comisión electoral nacional de (APROUPEL),  debidamente asistidas por el abogado Luis Arguelles Quero inscrito en el inpreabogado bajo el N° 190.740, presentaron diligencia mediante cual consignaron formato de pago relacionado al presente asunto.

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

14.- Expediente N° AA70-E-2016-000052: Por oficio N° 0900-527 de fecha 31 de mayo de 2016, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remitió Acción de Amparo  Constitucional con solicitud de medida cautelar interpuesta por el ciudadano MILTON JESÚS  RAMÍREZ TORRES, titular de la cédula de identidad 4.373.007, contra de los "hechos, actos u omisión, originados por los ciudadanos que conforman la Comisión Electoral de  Regular el Proceso de Elecciones que se realizaran en fecha 29 de mayo de 2016 (…) en lo que respecta a la participación de postulación de plancha a la elección de la junta directiva del Condominio Urbanización Villa Roca III".

 

Por recibido Oficio N° 0435-17 de fecha 15 de noviembre de 2017, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 11 de octubre de 2017, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

DILIGENCIAS DEL ALGUACIL:

 

15.- Expediente N° AA70-E-2017-000006: El abogado ALEXANDER RAFAEL SUSARREY RODRIGUEZ, aludiendo el  carácter de apoderado judicial de los Trabajadores y Trabajadoras de la Entidad de Trabajo Hierros San Felix, C.A., interpuso solicitud de convocatoria a elecciones para elegir a los integrantes de la nueva Junta Directiva y el Tribunal Disciplinario del Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la empresa Hierros San Félix, C.A. (SINBOTRAHISAFEL).

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-396, librado al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, a los fines de citar a la Junta Directiva del Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la Empresa Hierros San Félix, C.A., (SINBOTRAHISAFEL), respecto de la Sentencia N° 18 de fecha 06 de marzo de 2017.

 

16.- Expediente N° AA70-E-2014-000066: Por recibido en fecha 05 de agosto de 2014 Oficio N° 737-13 de fecha 02 de mayo de 2013, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remite expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos AUGUSTO CHIRINO, CARMEN HILDEMARA OSTEICOECHEA DE GONZÁLEZ, VILMA MORALES ROJAS y WILLIAM JOSÉ NOGUERA, invocando el carácter de integrantes del Consejo Comunal La Chinita 817, asistidos por el abogado Oliver Antonio Osteicoechea Gallardo  mediante el cual solicitaron “(…) se anule el acto administrativo (…) realizado por parte de los funcionarios de de (sic) la taquilla única de Funda Comunal, quienes avalaron el acto revocatorio en  nuestra contra (…)”.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-341, librado a la Fundación para el Desarrollo y Promoción del Poder Comunal (FUNDACOMUNAL), adscrita al Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 77 de fecha 19-06-2017.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2015-000045: El ciudadano NÉSTOR SUÁREZ, asistido por el abogado Pedro Gamboa, interpone solicitud de convocatoria a elecciones para elegir a la Junta Directiva del SINDICATO NACIONAL FUERZA POPULAR DE LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN, MADERA, MAQUINARIAS PESADAS, VIALIDADES Y SIMILARES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (F.P.T).

 

El ciudadano Alguacil consignó la boleta original, así como su anexo, librada a los ciudadanos Eulice Verdú Jaén, José Rafael Chacón Matute y Carlos Javier Camacho, a los fines de notificarle la Sentencia Nº 206 de fecha 04-11-2015.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

ACTUACIONES EN:

18.- Expediente N° AA70-E-2016-000087: Los ciudadanos RAMÓN CARMONA BERRIOS, OCTAVIO MUJICA SEVILLA y YENIRETT DUBRASKA DOGLIA, interpusieron acción de amparo constitucional contra el ciudadano Presidente y demás miembros de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Carabobo.

Visto que el 16 de octubre de 2017, se fijó el día el día jueves veintitrés (23) de noviembre de 2017, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual las partes podrán exponer sus alegatos y defensas, esta Sala en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados acuerda diferir el referido acto, y fija el día jueves treinta (30) de noviembre de 2017, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), para la realización del mismo.

 

OFICIOS RECIBIDOS EN:

 

19.- Expediente N° AA70-E-2011-000100: OSCAR LINARES QUINTERO, NELSON ALBERTO VALERO PAREDES, RAFAEL ANTONIO MÉNDEZ GARCÍA, FREDY MONTILLA, MANUEL MANRIQUE SISO, NANCY ALEJANDRINA HURTADO MARTÍNEZ y GEORGE RAMÍREZ CARRERO, actuando en su nombre propio, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra el Consejo Directivo del Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO), por "la conducta omisiva para convocar a elecciones libres, universales, directas y secretas que lo renueven".

 

Por recibido Oficio N° 5738-2017 de fecha 07 de noviembre de 2017, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay,  Santa Barbara de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 18 de septiembre de 2017, se acuerda agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.

 

DILIGENCIAS DEL ALGUACIL:

 

20.- Expediente N° AA70-E-2017-000030: Por recibido Oficio N° 17-0362 emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual remite expediente contentivo de la acción de amparo interpuesta por el ciudadano HÉCTOR ROJAS, actuando en nombre propio y en representación de los Clubes Deportivos: FRANCISCO TAMAYO, MANO A MANO FC, JEHOVA NISSI FC, ROJAS FC, SAN MIGUEL DE COCUINA FC, JOSÉ ANTONIO PÁEZ, PINTO SALINAS FC, LEGENDARIOS 16 FC, DELFIN MENDOZA, EL CLAN, ARTILLEROS, VILA REAL FC, JANOKOSEBE FC, LA FAMILIOA FC, MARBET FC, JOBO SPORT, DEPORTIVO REY, GUACASIA FC, EMANUEL FC, CUNAGUARO FC, VILLA CARIBE FC, LA PEROMETRAL FC, EL PALOMAR FC y EL PROGRESO FC,  asistido por el abogado Ángel Luis Sarabia Hurtado, contra la Asociación Civil de Fútbol del estado Delta Amacuro, representada por el ciudadano Fernando Gómez, en su condición de Presidente.

 

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 17-417, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casocoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano Héctor Rojas (parte accionante), del fallo N° 78 dictado por esta Sala Electoral, en fecha 19 de junio de 2017.

La Presidenta,

 

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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