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Sala Electoral
  • Fecha: 27 de Junio de 2017





CUENTA N° 127

 

NUEVO ASUNTO INGRESADO:

 

1.- Expediente N° AA70-E-2017-000051: Los ciudadanos MARIA DEL SOCORRO SÁNCHEZ JAUA y JOSÉ GABAY CASTRO, asistidos por el abogado Simón Gabay Castro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada subsidiaria contra el Consejo Nacional Electoral "…para que convenga, o en su defecto ello sea declarado por esta Sala Electoral: PRIMERO: En la nulidad total de su Resolución N° 170607-119 de fecha 07 de junio de 2017 (…) SEGUNDO: En nulidad total de su Resolución N° 170607-119 de fecha 07 de junio de 2017, mediante la cual decidió convocar formalmente la celebración del proceso comicial para la elección de los y las integrantes a la Asamblea Nacional Constituyente, para el día domingo 30 de julio de 2017 porque dicho acto administrativo está viciado en su causa o motivo (…); y TERCERO: Que como consecuencia de la nulidad de la Resolución N° 170607-119 de fecha 07 de junio de 2017,  convenga en la nulidad total del proceso comicial que está llevando a cabo para elegir los cargos de representación popular para la conformación de una Asamblea Nacional Constituyente (…) por carecer de la previa convocatoria del Consejo Nacional Electoral…”.

 

Recepción del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada subsidiaria.

 

2.- Expediente N° AA70-E-2017-000052: Los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ,  aludiendo la condición de atletas del deporte de Tenis de Mesa, asistidos por las abogadas Ligia Gorriño Castellar y Mitzy Tuárez Sánchez, interpusieron recurso contencioso electoral de anulación con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra “el acto de convocatoria para el llamado a elecciones de las autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa correspondiente al Ciclo Olímpico 2017-2021, efectuada por la Junta Directiva, con fecha 28 de abril de 2017, a realizarse el 02 de agosto de 2017 y la Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de julio de 2017 para la designación de la Comisión Electoral que regirá dicho proceso eleccionario”.

 

Recepción del recurso contencioso electoral de anulación con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos.

 

DESIGNACIÓN DE PONENTE EN:

 

3.- Expediente N° AA70-E-2015-000057: JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ RINCÓN, asistido por el abogado Claudio Bata Gallardo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: "PRIMERO: Se reconocen las autoridades de la organización con fines políticos nacional INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), electos en la Convención Nacional de Comités Operativos Regional, es celebrada el 25 de mayo de 2013, para el periodo de seis (06) años desde 2013 hasta 2019".

 

Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, esta Sala de conformidad con lo dispuesto en los artículos 191 y 192 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, designó ponente al Magistrado MALAQUIAS GIL RODRÍGUEZ, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de la presentación de los informes orales. Asimismo, se fijó el día martes veintiséis (26) de septiembre de 2017, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral.

 

4.- Expediente N° AA70-E-2017-000050: Los ciudadanos ALEGRIA GABAY CASTRO y SALVATORE MACRI QUINTERO, asistidos por el abogado Simón Gabay Castro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida cautelar innominada subsidiaria contra el Consejo Nacional Electoral "…para que convenga, o en su defecto ello sea declarado por esta Sala Electoral: PRIMERO: En la nulidad total de su Resolución N° 170607-119 de fecha 07 de junio de 2017 (…) SEGUNDO: Que como consecuencia de la nulidad de la Resolución N° 170607-119 de fecha 07 de junio de 2017,  convenga en la nulidad total del proceso comicial que está llevando a cabo para elegir los cargos de representación popular para la conformación de una Asamblea Nacional Constituyente (…) por carecer de la previa convocatoria del Consejo Nacional Electoral…”.

 

Se designó ponente a la Magistrada INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y las solicitudes cautelares.

 

ACTUACIÓN EN:

 

5.- Expediente N° AA70-E-2016-000094: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELÍAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de  Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016.

 

Auto acordando la solicitud de cómputo de los días de despacho en esta Sala.

 

6.- Expediente N° AA70-E-2016-000094: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de  Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016.

 

Nota del Secretaria mediante la cual dejó constancia del cómputo de días de despacho acordado en esta misma fecha.

 

7.- Expediente N° AA70-E-2016-000094: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de  Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016.

 

Auto dando respuesta a solicitud de extemporaneidad de las pruebas promovidas por la parte recurrida.

 

8.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana CAROLINA ROSALIA LEÓN GONZÁLEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

9.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ALEJANDRO ARTEAGA, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 68, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictadas por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

10.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ HÉRNANDEZ, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 266, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

11.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ LÓPEZ, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 48, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

12.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano YANIS AMADEO ÁVILA ÁNGULO, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 271, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

13.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano OMAR VILLA, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 194, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

14.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana LUZ MAIZA, en su carácter de socia "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 43, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

15.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana MICHELL RODRÍGUEZ, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 118, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada.

 

16.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano MATIU PALENCIA, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 286, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

17.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ JOAQUÍN GUTIÉRREZ VERA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

18.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano OMAR SALAS, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 22, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

19.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano HENRRY BAPTISTA, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 257, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

20.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ARMANDO GUTÍERREZ, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 122, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

21.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano LUIS MASTROFILIPPO, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 191, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

22.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ GILBERTO VIVAS, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 119, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

23.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano GERSON CONTRERAS, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 30, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

24.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano DANIEL RODRÍGUEZ, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 192, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

25.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano DONATO POLSINELLI, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 100, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

26.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ CONTRERAS, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 152, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

27.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ANTONIO BETANCOURT, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 85, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

28.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano DENNYS PALENCIA, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 264, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

29.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JHON JAIVER GONZÁLEZ, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 305, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

30.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano CARLOS ZARATE, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 117, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

31.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano DARWIN ESCALANTE, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 64, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

32.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano FREDDY GUERRERO, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 193, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

33.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ ZAMBRANO, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 101, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

34.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano PEDRO ARTEAGA, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 111, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

35.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano RAMÓN FUENTES, en su carácter de socio "A" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 60, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

36.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JEANP CAMACHO, en su carácter de socio "B" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 239, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

37.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ALEXIS DURAN, en su carácter de socio "B" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 206, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

38.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JEAN CARLOS ROMERO, en su carácter de socio "B" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 99, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

39.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano GERMAN DELGADO RAMÍREZ, en su carácter de socio "B" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 20, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

40.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano LUIS GUTIÉRREZ, en su carácter de socio "B" de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 281, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

41.- Expediente N° AA70-E-2017-000027: El ciudadano JHONNY ENRIQUE CASTILLO HERNANDEZ, actuando en su propio nombre y representación y asistiendo al ciudadano JOSÉ IGNACIO LÓPEZ LUNA, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso electoral 2017-2018 de la Asociación Civil Propatria-Carmelita-Chacaito.

 

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ALEXIS ALVAREZ, en su carácter de socio “B” de la Asociación Civil Propatria Carmelitas Chacaíto N° 165, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle de las Sentencia N° 81 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de junio de 2017, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificado.

 

42.- Expediente N° AA70-E-2015-000050: CARMEN TOVAR, invocando la condición de asociada a la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistida por el abogado Jesús Onofre Araujo, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso de elección de los miembros principales y delegados de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA).

 

Vista la Sentencia N° 79 dictada en fecha 19 de junio de 2017, se acordó notificar a los ciudadanos Alexander Sequea, Annaly González, Maryelis Salas, Ana Flores y Mauricio Duran, todos integrantes de la Comisión Electoral Ad-Hoc de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA). Se libró Boleta.

 

ESCRITO PRESENTADO EN:

 

43.- Expediente N° AA70-E-2017-000042: Por recibido en fecha 14 de junio de 2017 Oficio N° 17.0433, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por el ciudadano José Luis Ramey Gutiérrez, actuando en nombre propio, contra la Federación Venezolana de Baloncesto, para que se abstenga de ejecutar la convocatoria de elecciones de la Comisión Electoral “…según se desprende de comunicado emanada (sic) de este ente federativo y consignado ante el instituto nacional de deportes de fecha 30 de mayo de 2017…”. Remisión esta que se efectuó en virtud de la sentencia de fecha 14 de junio de 2017, conforme a la cual el referido juzgado  declinó la competencia para conocer de la acción de amparo a esta Sala Electoral. (CAMBIÓ A RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL).

 

Los abogados Héctor José Silva Hernández y Yuri Alejandro Quiñones Leones, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 110.976 y 115.526, respectivamente,  en su carácter apoderados judiciales de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), presentaron escrito de oposición a la medida cautelar acordada mediante la Sentencia N° 82 en fecha 20 de junio de 2017.

 

DILIGENCIA EN:

 

44.- Expediente N° AA70-E-2015-000089: JOSÉ FRANCISCO ESPINOZA PRIETO, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la “Asamblea Nacional, del Proceso Electoral supuestamente desarrollado el día 20 de junio de 2015 y todos los actos posteriores” llevados a cabo por la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP).

 

El abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual se dio por notificado de la sentencia N° 74 de fecha 19 de junio de 2017.

45.- Expediente N° AA70-E-2016-000017: El abogado Cesar Augusto Arias, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO COLMENARES, interpuso recurso contencioso electoral contra la negación tacita del recurso jerárquico interpuesto ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), contra la postulación del ciudadano Miguel Ramón Lara Aguilar, al cargo de Concejal Lista del Municipio Cabimas del estado Zulia, postulado por el partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

El abogado César Augusto Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.479, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento y asimismo se le expida copia certificada de la totalidad del expediente.

 

46.- Expediente N° AA70-E-2017-000052: Los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ,  aludiendo la condición de atletas del deporte de Tenis de Mesa, asistidos por las abogadas Ligia Gorriño Castellar y Mitzy Tuárez Sánchez, interpusieron recurso contencioso electoral de anulación con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra “el acto de convocatoria para el llamado a elecciones de las autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Mesa correspondiente al Ciclo Olímpico 2017-2021, efectuada Junta Directiva, con fecha 28 de abril de 2017, a realizarse el 02 de agosto de 2017 y la Asamblea General Extraordinaria de fecha 08 de julio de 2017 para la designación de la Comisión Electoral que regirá dicho proceso eleccionario”.

Los ciudadanos FÉLIX ALBERTO DUCHARNE GUERRA, FRANCISCO JOSÉ LÓPEZ SÁNCHEZ y NATHANAEL JEPHERSON ROACH PÉREZ,  titulares de la cédula de identidad numero 4.358.886, 5.965.855 y 12.604.095, respectivamente, parte recurrente, asistidos por las abogadas Ligia Gorriño Castellar y Mitzy Tuárez Sánchez, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 123.285 y 144.632, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder Apud Acta a las abogadas asistentes.

 

LA SALA ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL

 

AUDIENCIA EN:

47.- Expediente N° AA70-E-2016-000061: Por recibido en fecha 09 de agosto de 2016 Oficio N° 2016-315 de fecha 08 de agosto de 2016, emanado del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos TEODULO JAEN RIVER, LEONARDO MADRID MONAGAS, contra "los actos en los que incurre el Inspector Jefe en situación de jubilado VÍCTOR HUGO ARTIGAS LARA, en su condición ilegítima e irregular como  representante de la Asociación de Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Previsión (ASOJUPDISIP)".

Abierto el acto, Se dejó constancia de la presencia de los ciudadanos TEÓDULO JAÉN RIVERO y LEONARDO MALDONADO MADRID MONAGAS, titulares de la cédula de identidad número 6.841.336 y 2.139.201, el primero actuando en su propio nombre y asistiendo al segundo dada su condición de abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 222.830; con el carácter de parte accionante. Asimismo, se dejó constancia de la asistencia del abogado Luis Marcano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 112.711, en su condición de Fiscal Sexto del Ministerio Público, con competencia para actuar en la Sala Electoral de este Tribunal Supremo de Justicia en representación del Ministerio Público. También se dejó constancia de la ausencia de la parte accionada. Seguidamente la Presidenta de la Sala comunicó a la parte accionante del tiempo que disponía para efectuar su exposición, concediéndole el derecho de palabra, así como también al Ministerio Público, tras lo cual expusieron sus alegatos. Seguidamente los Magistrados miembros de la Sala se retiraron a deliberar. Culminada ésta, la Presidenta de la Sala leyó la decisión, la cual quedó fijada en los siguientes términos: en virtud de las razones expuestas, esta Sala Electoral, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional, y en restitución de la situación jurídica infringida, ordenó al ciudadano VÍCTOR HUGO ARTIGAS LARA, parte accionada y agraviante en la presente causa; que en un lapso de tres (3) días contados a partir de la publicación de la sentencia definitiva en la presente causa, facilite las condiciones necesarias para el  funcionamiento del Consejo Electoral y así dar inicio al proceso electoral de renovación de las autoridades de la Asociación de Jubilados y Pensionados de la de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (ASOJUPPDSIP), el cual deberá contar con todas las fases que garanticen el adecuado ejercicio del derecho al sufragio en condiciones de igualdad para los asociados, a saber: Convocatoria a Elecciones, Publicación del Registro Electoral, Impugnación del Registro Electoral, Publicación del Registro Electoral Definitivo, Postulaciones, Lapso de impugnación de las postulaciones, Propaganda electoral, Votación, Totalización, Escrutinios y Proclamación; todo ello de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Procesos Electorales, la Jurisprudencia de esta Sala Electoral y el Acta Constitutiva de la Asociación.

48.- Expediente N° AA70-E-2016-000061: Por recibido en fecha 09 de agosto de 2016 Oficio N° 2016-315 de fecha 08 de agosto de 2016, emanado del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos TEODULO JAEN RIVER, LEONARDO MADRID MONAGAS, contra "los actos en los que incurre el Inspector Jefe en situación de jubilado VÍCTOR HUGO ARTIGAS LARA, en su condición ilegítima e irregular como  representante de la Asociación de Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Previsión (ASOJUPDISIP)".

Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo de la audiencia constitucional.

 

ACTUACIÓN EN:

 

49.- Expediente N° AA70-E-2017-000030: Por recibido Oficio N° 17-0362 emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual remite expediente contentivo de la acción de amparo interpuesta por el ciudadano HÉCTOR ROJAS, actuando en nombre propio y en representación de los Clubes Deportivos: FRANCISCO TAMAYO, MANO A MANO FC, JEHOVA NISSI FC, ROJAS FC, SAN MIGUEL DE COCUINA FC, JOSÉ ANTONIO PÁEZ, PINTO SALINAS FC, LEGENDARIOS 16 FC, DELFIN MENDOZA, EL CLAN, ARTILLEROS, VILA REAL FC, JANOKOSEBE FC, LA FAMILIOA FC, MARBET FC, JOBO SPORT, DEPORTIVO REY, GUACASIA FC, EMANUEL FC, CUNAGUARO FC, VILLA CARIBE FC, LA PEROMETRAL FC, EL PALOMAR FC y EL PROGRESO FC,  asistido por el abogado Ángel Luis Sarabia Hurtado, contra la Asociación Civil de Fútbol del estado Delta Amacuro, representada por el ciudadano Fernando Gómez, en su condición de Presidente.

 

Vista la Sentencia N° 78 dictada en fecha 19 de junio de 2017, se acordó notificar al ciudadano Héctor Rojas, parte accionante. Se libró Boleta. Asimismo, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casocoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la parte accionante. Se libró Oficio N° 17.417 y despacho.

 

SENTENCIA

 

50.- Expediente N° AA70-E-2017-000040: Los ciudadanos YURAIMA REYES, OTILIA GALLEGO y JIMMY GOITE, asistidos por el abogado Arsenio Sequera interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra "…1)La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual fijó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, 2) La decisión del Consejo Nacional Electoral, hecha pública por su Presidenta (…) mediante cadena nacional del 25 de mayo de 2017 (…) y 3)La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas.". La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos. 2.- EL DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso electoral por haber perdido vigencia el hecho o acto impugnado. 3.- INOFICIOSO el pronunciamiento sobre las solicitudes cautelares en virtud de la declaratoria del decaimiento del objeto. Magistrada ponente: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 83.

 

51.- Expediente N° AA70-E-2017-000043: Los abogados Rafael González y Zair Mundaray, actuando en su condición de “…Vicefiscal General de la República y Director General de Actuación Procesal…”, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensión de efectos con “…1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual fijó las bases comiciales para la elección de los constituyentes; 2) La decisión del Consejo Nacional Electoral,  hecha pública por si Presidenta (…) , mediante cadena nacional del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente; y 3) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo nacional Electoral (…), propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para para las elecciones para los Constituyentistas”. La Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos. 2.- EL DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso electoral por haber perdido vigencia el hecho o acto impugnado. 3.- INOFICIOSO el pronunciamiento sobre las solicitudes cautelares en virtud de la declaratoria del decaimiento del objeto. 4.- IMPROPONIBLE la “Solicitud de Inhibición y Recusación” realizada en el escrito del recurso contencioso electoral. Magistrada ponente: INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE. Sentencia N° 84.

 

52.- Expediente N° AA70-E-2017-000045: La ciudadana INES FIGARELLA DE LOSADA, actuando en su propio nombre y representación, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente, solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra “1) La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 23 de mayo de 2017, mediante la cual ‘aprobó la convocatoria’ a una Asamblea Nacional Constituyente;(…) 2)La decisión del Consejo Nacional Electoral de fecha 25 de mayo de 2017, mediante la cual aceptó las bases comiciales para la elección de los constituyentes, (…) 3) La decisión del Consejo Nacional Electoral, (…)del 25 de mayo de 2017, en la que informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente, a través de un portal digital que abrirá el Poder Electoral; (…) 4) La decisión de fecha 4 de junio de 2017, a través de la cual la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, propuso para el 30 de julio de 2017, la oportunidad para las elecciones para los Constituyentistas”. La Sala declaró: 1.- INADMISIBLE el recurso contencioso electoral por inepta acumulación de pretensiones. 2.- INOFICIOSO el pronunciamiento sobre el amparo cautelar y subsidiariamente la medida cautelar innominada, en virtud que la declaratoria de inadmisibilidad por inepta acumulación de pretensiones no admite, ni aún preliminarmente, la presunción de buen derecho (fumus boni iuris), o en su defecto, el mencionado requisito en concurrencia con la presunción de riesgo manifiesto por inejecución del fallo (periculum in mora). Magistrada ponente: FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO. Sentencia N° 85.

 

La Presidenta,

 

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE

                                                                                               La Secretaria,

 

 

 

INTIANA LÓPEZ PÉREZ

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