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  • Fecha: 18 de junio de 2008


 

Cuenta Nº  66

 

Expediente recibido de la Sala a los fines del pronunciamiento relativo a la admisibilidad:

 

1.      AA40-A-2008-000440: Miguel Ángel Martín Tortabú interpone recurso de nulidad vs. acto administrativo de fecha 04.04.08, dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.

 

Expedientes recibidos de la Sala a los fines de la continuación de la causa:

 

2.      AA40-A-2007-000956: Trina A. Mijares Guédez interpone recurso de nulidad vs. la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial

 

3.      AA40-A-2007-001023: Nerio Roberto Caballero interpone demanda vs. la empresa Corpoven, S.A., Filial de Petróleos de Venezuela, S.A. y los ciudadanos Gertrudis Fernández de Lima, Carlos Lima Uzcátegui y otros.

 

Expediente recibido de la Sala a los fines de pronunciarse acerca de la admisibilidad de las pruebas:

 

4.      AA40-A-2006-001109: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) apela sentencia de fecha  18 de febrero de 2005, dictada por el Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario con motivo del juicio seguido por  la sociedad mercantil Total Venezuela, S.A.

 

Diligencias recibidas en:

 

5.  AA40-A-2000-001006       20001282: Distribuidora Servi-Pronto, C.A. interpone demanda vs. Electricidad del Centro, C.A. (ELECENTRO), por daños y perjuicios.

Por la abogada Jacqueline Hidalgo, renunciando al cargo como defensora ad litem.

 

6.  AA40-A-2002-000690: Aventis Pharma S.A. interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 024, de fecha 29 de enero de 2002, dictada por el  Ministerio del Poder Popular para la Salud. (Medicamento Levofloxacina).

Por el representante de la República, consignando poder ad efectum videndi y oponiéndose a la solicitud formulada por el apoderado de la parte accionante mediante diligencia de fecha 12.6.08. Agréguese a los autos.

 

7.  AA40-A-2002-001010: Nelson Eljuri interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° RI-250-B, de fecha 28.12.01, dictada por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (hoy Ministerio del Poder Popular para el Ambiente).

Por el apoderado de la parte accionante, ratificando su solicitud de fecha 11.10.07.

 

8.      AA40-A-2004-001496: María de los Ángeles Arteaga, Irma Jirmey Bolívar de Moreno, Luisa Margarita Villegas Goita y  María Cristina Espinoza interponen demanda  vs.  el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), por daño moral.

Por el apoderado de la parte actora, solicitando se corrija el despacho librado en fecha 3.6.08, por cuanto la ratificación por vía testimonial debe ser evacuada en la ciudad de Caracas.

 

9.  AA40-A-2005-002241: María Yanina Arteaga de Fajardo, Ana Belkis Castañeda Campos, María Francisca Araujo Valera y otros interponen demanda vs. el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), por daño moral.

Por la apoderada de la parte actora, solicitando prórroga del lapso de evacuación de pruebas. 

 

10.  AA40-A-2006-000291: Romelia Aurora Contreras Ramos, Fidelina Juana Pernía, Dilia Margarita Lugo Cirio, Vilma Xiomara Contreras, Chiquinquirá Josefina Álvarez  Torres, América Lourdes Herrera y otros interponen demanda vs.  el Instituto Autónomo de los Seguros Sociales (I.V.S.S.), por daño moral.

Por el apoderado de la parte actora, solicitando copias certificadas.

 

11.  AA40-A-2006-001003: Nelson Adonis León interpone recurso de nulidad vs. acto administrativo de fecha 01 de noviembre de 2005, dictado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. 

Por la parte accionante, actuando en nombre propio, solicitando se dicte sentencia sin el expediente administrativo.

 

12.  AA40-A-2006-001209: Grupo Telemático de Loterías GTL, S.A. interpone demanda vs. el Estado Zulia, (por órgano de la Renta de Beneficencia Pública del referido Estado), por resolución de contrato y daños y perjuicios.

Del Alguacil, consignando oficio dirigido a Radio Caracas Televisión (RCTV). Agréguese a los autos.

 

13.  AA40-A-2006-001486: C.N.A de Seguros La Previsora interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 1760, de fecha 12.07.06, dictada por el Ministerio de Finanzas (hoy Ministerio del Poder Popular para las Finanzas).

Por la apoderada de la parte accionante, solicitando se practique la citación de la ciudadana Ivonne Ascanio, en la dirección indicada.

 

14.  AA40-A-2007-000122: Estado Bolivariano de Miranda interpone demanda vs. la Federación de Trabajadores del mencionado Estado (FETRAMIRANDA), por reivindicación.

Por la apoderada de la parte actora, solicitando se dicte sentencia en relación a las cuestiones previas opuestas.

 

15.  AA40-A-2007-000750: Extrabajadores de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal del estado Falcón vs. el Instructivo que establece las Normas que regulan la tramitación de las jubilaciones especiales para los funcionarios y empleados que prestan servicio en la Administración Pública Nacional, Estadal, Municipal y para los obreros dependientes del poder público nacional, Decreto Presidencial N° 4107, de fecha 28.11.05.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos. 

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar M., promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar M., promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar M., promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar M., promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar M., promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar M., promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar M.,  promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar M., promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

 Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos. 

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos. 

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos. 

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos. 

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos. 

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos. 

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

Por el abogado Jhony Ramón Tovar Martínez, promoviendo pruebas y consignando anexo. Agréguense  a los autos.

 

16.  AA40-A-2008-000075: Gladys Méndez Querecuto interpone recurso de nulidad vs. Resolución  01-00-000282, de fecha 24.10.07, dictada por la Contraloría General de la República.

Por el apoderado de la parte accionante, retirando el cartel de emplazamiento a los fines de su publicación.

 

17.  AA40-A-2008-000078: C.N.A. De Seguros La Previsora interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° F-1935, de fecha 20.07.07, dictada por el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas.

Por la apoderada de la parte accionante, solicitando se deje sin efecto la boleta librada al ciudadano Néstor Nicolás Marcano Hernández, por no existir lugar de citación.

 

18.  AA40-A-2008-000098: Juan María Suárez Martínez interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 01-000114, de fecha 07.06.07, dictada por la Contraloría General de la República.

Por el apoderado de la parte accionante, solicitando devolución de los documentos originales consignados, previa su certificación en autos.

 

19.  AA40-A-2008-000197: Gerardo William Méndez Guerrero interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 01-00-000299, de fecha 13.11.07, dictada por la Contraloría General de la República.

Por la apoderada de la parte accionante, solicitando a éste Juzgado, se pronuncie en la presente causa, de acuerdo a lo señalado en la sentencia dictada por la Sala en fecha 24.4.08.

 

20.  AA40-A-2008-000402: Serenos Responsables Sereca, C.A. interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 5467, de fecha 20.09.07, dictada por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.

Del Alguacil, consignando recibo de citación dirigido al Ministro del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social. Agréguese a los autos.

 

21.  AA40-A-2006-001869: Juan De Jesús Mendoza Ramos interpone recurso de nulidad  vs.  Resolución   01-00-000327, de fecha 27.10.06, dictada por la Por el representante de la Contraloría, consignado Gaceta donde consta representación y solicitando cómputo. Agréguese a los autos.

 

22.  AA40-A-2008-000065: Héctor Daniel Lameda Rodríguez interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 01-00-000309, de fecha 30.11.07, dictada por la Contraloría General de la República.

Por el apoderado de la parte accionante, retirando el cartel de emplazamiento a los fines de su publicación.

 

23.  AA40-X-2008-000012                 AA40-A-2006-001846: Carmen Gloria Figueroa Valenzuela, Luis José Trías Sambrano, Irene López Noriega, Marcela Margarita Araneda Soto intiman y estiman honorarios profesionales a la empresa CNPC Services Venezuela LTD, S.A. con motivo del recurso interpuesto vs. el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera Tributaria (SENIAT).

Por la parte intimante, actuando en nombre propio, solicitando copias certificadas.

 

24.  AA40-X-2008-000043                 AA40-A-2006-001818: Carmen Gloria Figueroa Valenzuela, Luis José Trías Sambrano, Yrene López Noriega y Marcela Margarita Araneda intiman y estiman honorarios profesionales a la sociedad mercantil CNPC Services Venezuela LTD, S.A. con motivo del juicio intentado por la intimada vs.  la  Procuraduría General de la República.

Por la parte intimante, actuando en nombre propio, solicitando copias certificadas.

 

Escritos presentados y agregados en:

 

25.  AA40-A-2006-001481: Magaly Concepción Lugo de Díaz, Carlos Alberto Díaz Lugo, Magaly Sandra Díaz Lugo, Jorge Luis Díaz Lugo y otros actuando con el carácter de únicos y universales herederos del ciudadano Jacinto Rafael Díaz Castillo interponen demanda vs. la República Bolivariana de Venezuela y la la sociedad mercantil Petroquímica de Venezuela, C.A., (PEQUIVEN), por acción reivindicatoria.

Por los abogados Auslar López Villegas y Yoryett Hadid Finianos, consignando poderes y contestando la demanda. Agréguense a los autos.

 

26.  AA40-X-2008-000043 AA40-A-2006-001818: Carmen Gloria Figueroa Valenzuela, Luis José Trías Sambrano, Yrene López Noriega y Marcela Margarita Araneda intiman y estiman honorarios profesionales a la sociedad mercantil CNPC Services Venezuela LTD, S.A. con motivo del juicio intentado por la intimada vs.  la  Procuraduría General de la República.

Por el abogado Armando Núñez González, consignando poder y solicitando se decrete el derecho de retasa. Agréguese a los autos.

 

Escrito presentado y reservado en:

 

27.  AA40-A-2007-000954: Industria Técnica Educativa, C.A., (ITECA) interpone recurso de nulidad vs. acto administrativo N° FGIF-AL 0018, de fecha 17.04.07, dictado por el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas.

Por la representante de la República, promoviendo pruebas.

 

Oficios recibidos en:

 

28.  AA40-A-2004-003180: Elías Izaguirre Moreno, Alberto Abadi Alhanaty, Rafael López Sarmiento, Humberto Del Gallego, Luis Alfonso Cedeño Cabeza y Aldenago Núñez Borrego interpone demanda vs. la sociedad mercantil Consorcio Integral Andino 92, C.A. (CIANCA 92, C.A.) y la Corporación de Turismo de Venezuela (CORPOTURISMO), por nulidad de contrato de compra- venta.

Oficio Nº 5790-506, de fecha 27.5.08, emanado  del Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira,  devolviendo la comisión conferida a los fines de corregir el error incurrido. Agréguese a los autos.

 

29.  AA40-A-2007-000363: Aeropuerto Caracas. C.A. interpone recurso de nulidad vs. actos administrativos contenidos en el Acuerdo N° 0107-2007, de fecha 25.01.07, dictado por el Consejo Legislativo del Estado Bolivariano de Miranda y Decreto N° 0142, de fecha 31.01.07, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinario N° 0115 de fecha 05.02.07 del mencionado estado.

Oficio s/n, de fecha 16.6.08, emanado de Avior Airlines C.A. remitiendo la información solicitada. Agréguese a los autos.,

 

30.  AA40-A-2007-000867: Edgar Eduardo Díaz Ascanio interpone recurso por abstención o carencia vs. la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura.

Oficio s/n, de fecha 16.6.08, emanado de la Asociación Civil de Profesionales del Derecho para la Defensa de las Reivindicaciones de los Bomberos Aeronáuticos (PRODEBOMAR), remitiendo la información solicitada. Agréguese a los autos.

 

31.  AA40-A-2008-000391: Jhacnini Aurora Torres Chirinos interpone recurso de nulidad vs. la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial (silencio administrativo).

Oficio Nº 1292-2008, de fecha 16.6.08, emanado  de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial,  remitiendo anexos.

Agréguese a los autos.

 

32.  AA40-A-2006-001767: Sofian, C.A. interpone demanda vs. el Banco Industrial de Venezuela, C.A.

Oficio N° G.G.L.C.C.P. 000626, de fecha 18.6.08, emanado de la Procuraduría General de la República, acusando recibo del oficio N° 0691, de fecha 13.5.08. Agréguese a los autos.

 

33.  AA40-A-2007-000868: Román Argotte Mota, Alí Ramón Zambrano, Manuel Salomón López, Antonio José León y otros interponen recurso por abstención o carencia vs. la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura.

Oficio s/n, de fecha 16.6.08, emanado de la Asociación Civil de Profesionales del Derecho para la Defensa de las Reivindicaciones de los Bomberos

Aeronáuticos (PRODEBOMAR), remitiendo la información solicitada. Agréguese a los autos. 

 

Oficios librados en:

 

34.  AA40-A-2008-000195: Belmont Editores, C.A. interpone demanda vs. la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Plaza y Zamora del estado Miranda (Transición).

A la Procuradora General de la Republica, a los fines de su notificación.

 

35.  AA40-A-2003-001548: Wismerck Enrique Martínez Medina interpone recurso de nulidad vs. Resolución N°  DG-19408, de fecha 12 de diciembre de 2002, dictada por el Ministerio de la Defensa.

A la Procuradora General de la Republica, a los fines de su notificación.

 

Boletas libradas en:

 

36.  AA40-A-1999-000120     1999-16354: Hercar C.A. interpone demanda vs. la  Alcaldía del Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Aragua, por cobro de bolívares.

A la abogada Ana Azarak, a los fines de su notificación.

 

37.  AA40-A-2002-000480: Manolo Domínguez Menda interpone demanda vs. el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) e Inmobiliaria Cadima, C.A.

Al ciudadano Manolo Domínguez Menda y al Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE), a los fines de su notificación.

 

38.  AA40-A-2006-001769: Jesús Rafael Blanco Verdú interpone demanda vs. el ciudadano Manuel Ágreda Guzmán y la República Bolivariana de Venezuela, por órgano de la Procuraduría General de la República y del Ministerio de la Defensa, por daños y perjuicios.

A la abogada Ana Azarak, a los fines de su notificación.

 

39.  AA40-A-2008-000195: Belmont Editores, C.A. interpone demanda vs. la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Plaza y Zamora del estado Miranda (Transición).

A la sociedad mercantil BELMONT EDITORES, C.A. y a la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Plaza y Zamora del Estado Miranda, a los fines de su notificación.

 

Venció lapso de promoción de pruebas en:

 

40.  AA40-A-2005-002205: Hespería Enterprises Sucursal Venezuela, C.A. interpone demanda vs. la Corporación Venezolana de Turismo (CORPOTURISMO), adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio, por cumplimiento de contrato.

Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas presentado por el apoderado de la parte actora.  

Se agregó a  los autos el escrito de promoción de pruebas presentado por la apoderada de la Corporación Hotelera Hemesa, S.A.

 

Cómputo realizado en:

 

41.  AA40-A-2007-000231: Manuel Eugenio Govea Leininger interpone recurso de nulidad vs.  acto administrativo de fecha 30.01.07, dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.

 

Nota de la Secretaria en:

 

42.  AA40-A-2002-000690: Aventis Pharma S.A. interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 024, de fecha 29 de enero de 2002, dictada por el  Ministerio del Poder Popular para la Salud. (Medicamento Levofloxacina).

Dejando constancia que tuvo a la vista el poder original presentado.

 

Autos dictados en:

 

43.  AA40-A-2002-000480: Manolo Domínguez Menda interpone demanda vs. el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) e Inmobiliaria Cadima, C.A.

Se autorizó a la funcionaria Franchesca Fariñas, para la certificación de las copias.

 

44.  AA40-A-2005-003932: Elaine Claret Moreno Arrieta interpone demanda vs. la Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt (UNERMB).

Se pasó a la Sala, a los fines de la decisión correspondiente.

 

45.  AA40-A-2007-000231: Manuel Eugenio Govea Leininger interpone recurso de nulidad vs. acto administrativo de fecha 30.01.07, dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.

Se acordó practicar cómputo por Secretaría. 

Se pasó a la Sala, a los fines de la decisión correspondiente.

 

46.  AA40-A-2007-000411: Radio Caracas Televisión RCTV, C.A. interpone recurso nulidad vs. actos administrativos contenidos en la Resolución N° 002  y Oficio N° 0424, ambas de fecha 28.03.07, dictadas por el Ministerio del Poder Popular para las Telecomunicaciones e Informática.

Se difirió el acto de inspección judicial para las once horas de la mañana del quinto (5to.) día de despacho siguiente a la presente fecha.

 

47.  AA40-A-2007-000750: Extrabajadores de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal del estado Falcón vs. el Instructivo que establece las Normas que regulan la tramitación de las jubilaciones especiales para los funcionarios y empleados que prestan servicio en la Administración Pública Nacional, Estadal, Municipal y para los obreros dependientes del poder público nacional, Decreto Presidencial N° 4107, de fecha 28.11.05.

Se formaron  piezas separadas.

 

48.  AA40-A-2007-000954: Industria Técnica Educativa, C.A., (ITECA) interpone recurso de nulidad vs.  acto administrativo N° FGIF-AL 0018, de fecha 17.04.07 dictado por el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas.

Se reservó el escrito de promoción de pruebas presentado por la representante de la República.

 

49.  AA40-A-2008-000098: Juan María Suárez Martínez interpone recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución N° 01-000114, de fecha 07.06.07, dictada por la Contraloría General de la República.

Se acordó devolver los documentos originales consignados, previa su certificación en autos.

 

50.  AA40-A-2008-000195: Belmont Editores, C.A., vs. la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Plaza y Zamora del estado Miranda (Transición).

Se autorizó a la funcionaria Franchesca Fariñas, para la certificación de las copias.

 

51.  AA40-A-2007-000122: Estado Bolivariano de Miranda interpone demanda por reivindicación vs. la Federación de Trabajadores del mencionado Estado (FETRAMIRANDA).

Se pasó a la Sala, a los fines de la decisión correspondiente. 

 

52.  AA40-A-2007-000363: Aeropuerto Caracas. C.A. interpone recurso de nulidad vs. actos administrativos contenidos en el Acuerdo N° 0107-2007, de fecha 25.01.07, dictado por el Consejo Legislativo del Estado Bolivariano de Miranda y Decreto N° 0142, de fecha 31.01.07, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinario N° 0115, de fecha 05.02.07, del mencionado Estado.

Se fijó las diez horas de la mañana, para el acto de nombramiento del experto de la parte recurrida.

 

Decisiones dictadas en:

 

53.  AA40-A-2007-000855: Instituto Municipal de la Vivienda Andrés Eloy Blanco (IMVAEB) interpone demanda vs. Aseguradora Nacional Unida UNISEGUROS S.A., por ejecución de fianza de anticipo.

Se declaró improcedente la oposición formulada por el apoderado del demandado, en consecuencia, se admitieron a las pruebas documentales promovidas por la apoderada judicial del demandante. Se ordenó notificar al ciudadano Síndico Procurador Municipal del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Barinas y a las partes.

 

54.  AA40-A-2007-000925: Black & Decker de Venezuela, C.A. interpone recurso de nulidad vs.  Resolución F-1895, de fecha 24.04.07, dictada por el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas.

Se admitieron las pruebas promovidas por la sustituta de la Procuradora General de la República. 

Se admitieron las pruebas promovidas por la apoderada de la sociedad mercantil Black & Decker de Venezuela, C.A. Asimismo, se ordenó notificar a la ciudadana Procuradora General de la República.

 

55.  AA40-A-2008-000437: La Zuliana de Seguros Compañía Anónima interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas (silencio administrativo).

Se admitió la presente acción de nulidad, en consecuencia se ordenó citar a las ciudadanas Fiscal General de la República y Procuradora General de la República, y al ciudadano Ministro del poder Popular para las Finanzas. Se acordó solicitar expediente administrativo y abrir cuaderno separado.

 

56.  AA40-A-2007-000441: Comercial Fernández y Gutiérrez, S.R.L. interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente (silencio administrativo).

Se admitieron las pruebas promovidas por la sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República.

Se admitieron las pruebas promovidas por la sociedad mercantil Comercial Fernández y Gutiérrez, S.R.L. Asimismo, se ordenó notificar a la ciudadana Procuradora General de la República.

La Jueza,

 

 

 

María Luisa Acuña López

La Secretaria,

 

 

 

Noemí del Valle Andrade

 

 

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