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Cuenta Nº 92
Expediente recibido de la Sala a los fines de la continuación de la causa:
1. AA40-A-2010-000003: Mayra Romero Quijada interpone recurso de nulidad vs. actos administrativos contenidos en las Resoluciones Nros. DP-2002-137 y DP-2002-162 de fechas 13 de septiembre y 28 de octubre de 2002, emanados de la Defensoría del Pueblo.
2. AA40-X-2009-000091 AA40-X-2009-000012: Omar Alvarado intima y estima honorarios profesionales a la Compañía Cedel, Casa de Cambio con motivo del recurso de nulidad interpuesto por José Luis Aguilera en su carácter de Secretario de Prensa y Propaganda del Sindicato de Trabajadores de la Empresa C.V.G. (VENALUM) vs. el contrato de Cesión de Derechos a la Recuperación de Créditos Fiscales suscrito por la empresa C.V.G. Industria Venezolana de Aluminio, C.A. con la intimada.
Diligencias recibidas en:
3. AA40-A-2007-000296: Municipio Autónomo Falcón del Estado Cojedes interpone demanda vs. las sociedades mercantiles Fábricas de Embutidos Brill Volk, C.A., y Servicios Agroindustriales Tinaquillo, C.A., por fraude procesal. Por la apoderada de la parte actora, solicitando se designen defensores ad- litem de las empresas codemandadas.
4. AA40-A-2007-000848: Fondo de Garantía De Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) interpone demanda vs. los ciudadanos Fernando Pérez Amado, Heberto Urdaneta, José Luis Romero García, Jorge Baiz Bermúdez, Oscar Echevarría Salvat y María del Carmen Hernández, en su carácter de Directores Principales y Suplentes de las empresas del Grupo Financiero Bancomara, por daños y perjuicios.
Por el ciudadano Jorge Baiz Bermúdez, asistido de abogado, solicitando se reponga la causa al estado de citación de los demandados conforme al artículo 224 del Código de Procedimiento Civil.
5. AA40-A-2007-000975: Fondo de Garantías de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) interpone demanda vs. los ciudadanos José Di Mase Urbaneja, Alejandro Cabrera Masso, Mauro Nannini y otros, por cobro de bolívares.
Por el apoderado de la parte actora, ratificando sus diligencias de fecha 08.07.10 y 03.08.10
6. AA40-A-2008-000808: Keneth Enrique Scope y Rose Mary O. de Scope estiman e intiman honorarios profesionales vs. la sociedad mercantil PDVSA Petróleo, S.A.
Por el abogado Juan Francisco Colmenares Torrealba, ratificando sus diligencias de fechas 10.06.10 , 08.07.10 y 03.08.10.
7. AA40-A-2009-000780: Alstom Technologies interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Popular para el Comercio (silencio administrativo).
Por el apoderado de la parte accionante, solicitando la reapertura del lapso de evacuación de pruebas.
8. AA40-A-2009-000783: Ferrero S.p.A., interpone recurso de nulidad vs. Ministerio del Poder Popular para el Comercio, por silencio administrativo (Diseño-Ferrero).
Por el apoderado de la parte accionante, solicitando se practique la notificación a la Procuraduría General de la República, asimismo prórroga del lapso de evacuación de pruebas.
9. AA40-A-2009-000820: Ebel International Ltd., interpone recurso de nulidad vs. Ministerio del Poder Popular para el Comercio (silencio administrativo).
Por el apoderado de la parte accionante, solicitando se practique la notificación a la Procuraduría General de la República, asimismo prórroga del lapso de evacuación de pruebas.
10. AA40-A-2009-000824: Thousand Acres Corp., interpone recurso de nulidad vs. Ministerio del Poder Popular para el Comercio, (silencio administrativo).
Por el apoderado de la parte accionante, solicitando la reapertura del lapso de evacuación de pruebas, asimismo que se practique la notificación a la Procuraduría General de la República.
11. AA40-A-2009-001053: Miguel Iván Vivas Pernía actuando en propio y en representación de los ciudadanos Luisa Elena Pernía de Vivas, Rosa Elena Vivas de Escalante y otros integrantes de la sucesión de Miguel Arcángel Vivas Maldonado interponen demanda vs. la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE), por cobro de bolívares.
Por el apoderado de la parte demandada, consignando escrito contestando la demanda. Agréguese a los autos.
12. AA40-A-2010-000376: Sindicato Nacional de Trabajadores del Banco Provincial, S.A., Banco Universal (SINTRABANPROSA) interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 6968, de fecha 29.04.10, dictada por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Por el apoderado de la parte accionante, retirando el cartel de emplazamiento a los fines de su publicación.
13. AA40-A-2010-000673: Giselú Baptista González interpone recurso de nulidad vs. acto administrativo N° 01-000022, de fecha 10.02.10, dictado por la Contraloría General de la República.
Por el apoderado de la parte accionante, sustituyendo poder en la abogada Damaris Centeno Martínez.
14. AA40-A-2010-000692: Aliva Stump. C.A., interpone demanda vs. la República Bolivariana de Venezuela, por órgano de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM).
Por la parte accionante, asistido de abogado, otorgando poder a los abogados Ney Germán Molero Martínez, Endrina María Frnández Contreras, Joaquín de Jesús Martínez Rincón, Milagros María Cohen Finol, María Teresa Parra Tomasi, Rafael Bemergui Holcblat y María Paola Sarti.
15. AA40-A-2008-000735: C.A., Dayco De Construcciones interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 5733, de fecha 22.02.08, dictada por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Por la abogada Berta Carolina Trujillo, en su carácter de apoderada de los ciudadanos Carlos Pérez, Edith Briceño y María Méndez, dándose por notificada de la decisión dictada en fecha 22.9.10, e indicando el domicilio procesal.
16. AA40-A-2009-000362: Graciano Bríñez Manzanero interpone demanda vs. la Corporación de Desarrollo de la Región Zuliana (CORPOZULIA), por acción indemnizatoria.
Por el apoderado de la parte demandada, solicitando se deje sin efecto el nombramiento de defensor ad-litem.
Escritos presentados y agregados en:
17. AA40-A-2010-000692: Aliva Stump. C.A., interpone demanda vs. la República Bolivariana de Venezuela, por órgano de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM).
Por la parte accionante, asistido de abogado, consignando documentos ad efectum videndi. Agréguense las copias a los autos.
Oficios recibidos en:
18. AA40-A-2009-000676: Ingeniería Pecha C.A. interpone recurso de nulidad vs. la Contraloría General de la República.
Oficio N° 04-1216, de fecha 22.09.10, emanado de la Contraloría del Estado Guárico, remitiendo la información solicitada. Agréguese a los autos.
Oficio N° JLF-2010-09-0082, de fecha 22.09.10, emanado del Fondo Intergubernamental para la Descentralización, remitiendo la información solicitada. Agréguese a los autos.
19. AA40-X-2010-000026 AA40-A-2004-000766: Rosario Salazar demanda al Municipio Chacao del Estado Miranda y a la sociedad mercantil Cotécnica Chacao, C.A., por estimación e intimación de honorarios profesionales.
Oficio N° 2413, de fecha 10.08.10, emanado de la Secretaría de la Sala Político-Administrativa, remitiendo copias certificadas. Agréguese a los autos.
Oficios librados en:
20. AA40-A-2008-000276: Asociación Civil "Caja de Ahorro de los Trabadores de la Universidad de Carabobo" (CATRAUC) interpone demanda vs. la Universidad de Carabobo, por cobro de bolívares.
A la Procuradora General de la República, a los fines de su notificacion; y, al Director de la Oficina de Planificación del Sector Universitario, a fin de que remita la información a que hace referencia el escrito de prueba.
21. AA40-A-2009-001016: Fundación Propatria 2000 adscrita al Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda interpone demanda vs. el Consorcio Valle Grande constituidas por las sociedades mercantiles Canthiliver, C.A., y Congreca, C.A., por cobro de bolívares.
Al Juez Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, solicitándole información.
22. AA40-A-2010-000360: Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico plantea controversia administrativa con la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia de conformidad con el numeral 4 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el numeral 32 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
A la Procuradora General de la República, a la Fiscal General de la República y al Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, a los fines de su notificación; y, a la Presidenta y demas Magistrados de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, remitiéndoles el cuaderno separado.
23. AA40-A-2010-000555: República Bolivariana de Venezuela por órgano de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) interpone demanda vs. la sociedad mercantil Iberoamericana de Seguros Pirámide, C.A., por ejecución de fianza como fiadora y principal pagadora de Agroforestal 1020, C.A.
A la Presidenta y demás Magistrados de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, remitiéndoles Cuaderno Separado.
24. AA40-A-2010-000570: Contraloría del Municipio Morán del Estado Lara interpone recurso de nulidad vs. Decreto N° 001-2010, publicado en la Gaceta del Municipio Morán N° 3139 de fecha 02.01.10, dictada por la Alcaldía del mencionado municipio.
Al Juez Superior de la Región Centro Occidental, remitiéndole el expediente.
25. AA40-A-2010-000657: RCTV International Corp interpone recurso de nulidad vs. la Providencia Administrativa N° 01/09, de fecha 22.12.09, dictada por el Directorio de Responsabilidad Social que contiene la Norma Técnica Sobre los Servicios de Producción Nacional Audiovisual y la Providencia Administrativa N° PADSR-1555 de fecha 15.01.10, dictada por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL).
A la Procuradora General de la República, a la Fiscal General de la República y al Presidente del Directorio de Responsabilidad Social de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) y al Director de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), a los fines de su notificación; y, este último solicitándole el expediente administrativo; y, a la Presidenta y demás Magistrados de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, remitiéndoles el cuaderno separado.
Cartel librado en:
26. AA40-A-2010-000376: Sindicato Nacional de Trabajadores del Banco Provincial, S.A., Banco Universal (SINTRABANPROSA) interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 6968, de fecha 29.04.10, dictada por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Oficio y despacho librado en:
27. AA40-A-2005-002534: Sistema Hidráulico Yacambú Quibor, C.A. solicita avocamiento de causa que cursa ante el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en el expediente signado bajo el Nº KP02-L-2004-118.
Al Juez Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, comisionándolo a los fines de practicar la notificación de la sociedad mercantil Sistema Hidráulico Yacambú Quíbor, C.A.
Auto de comparecencia en:
28. AA40-A-2010-000555: República Bolivariana de Venezuela por órgano de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) interpone demanda vs. la sociedad mercantil Iberoamericana de Seguros Pirámide, C.A., por ejecución de fianza como fiadora y principal pagadora de Agroforestal 1020, C.A.
A la sociedad mercantil Iberoamericana de Seguros, C.A., y a la empresa Agroforestal, C.A., a los fines de su citación.
Acto realizado en:
29. AA40-A-2008-000941: Licet Marina López Villarroel interpone recurso de nulidad vs. acto administrativo de fecha 16.10.08 dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.
Compareció la abogada Rosa Rocco Aguero, al acto de juramentación como experta; asimismo, se fijaron diez (10) días de despacho para la presentación del informe correspondiente.
Cómputo realizado en:
30. AA40-A-2007-000750: Asociación Civil de Extrabajadores de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal del estado Falcón interponen recurso de nulidad vs. el Instructivo que establece las Normas que regulan la tramitación de las jubilaciones especiales para los funcionarios y empleados que prestan servicio en la Administración Pública Nacional, Estadal, Municipal y para los obreros dependientes del Poder Público Nacional, Decreto Presidencial N° 4107 de fecha 28.11.05.
Nota de la Secretaria en:
31. AA40-A-2004-001386: Swiftships Shipbuilders, Llc interpone demanda vs. la empresa Diques y Astilleros Nacionales C.A. (DIANCA), por resolución de contrato, daños y perjuicios y daño moral.
Dejando constancia del desglose de la compulsa.
32. AA40-A-2009-001090: Fundación Escuela Venezolana de Planificación interpone demanda vs. la sociedad mercantil Seguros Premier, C.A., por ejecución de fianza como fiadora y principal pagadora de Constructora Ramca, C.A.
Dejando constancia del desglose del escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 3.8.10.
33. AA40-A-2010-000692: Aliva Stump. C.A., interpone demanda vs. la República Bolivariana de Venezuela, por órgano de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM).
Dejando constancia que tuvo a la vista ad efectum videndi los documentos presentados.
34. AA40-A-2009-000823: Societé De Conseils De Recherches Et Dapplications Scientifiques (S.C.R.A.S.), interpone recurso de nulidad vs. Ministerio del Poder Popular para el Comercio (silencio administrativo).
Dejando constancia del desglose del recibo de citación de la ciudadana procuradora General de la República.
Venció lapso de promoción de pruebas en:
35. AA40-A-2009-000418: Multiservicios Disroca I, C.A., interpone demanda vs. el Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, por resolución de contrato, daños y perjuicios y cobro de bolívares.
Se agregó a los autos el escrito de promoción de pruebas y los anexos presentados por el apoderado de la parte actora.
Se agregaron a los autos los escritos de promoción de pruebas y anexos presentados por el apoderado de la parte demandada.
Autos dictados en:
36. AA40-A-2004-001386: Swiftships Shipbuilders, Llc interpone demanda vs. la empresa Diques y Astilleros Nacionales C.A. (DIANCA), por resolución de contrato, daños y perjuicios y daño moral.
Se autorizó a la funcionaria Franchesca Paiva, para la certificación de las copias.
37. AA40-A-2005-002534: Sistema Hidráulico Yacambú Quibor, C.A. solicita avocamiento de causa que cursa ante el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en el expediente signado bajo el Nº KP02-L-2004-118.
Se autorizó a la funcionaria Betty Hernández, para la certificación de las copias
38. AA40-A-2008-000276: Asociación Civil "Caja de Ahorro de los Trabadores de la Universidad de Carabobo" (CATRAUC) interpone demanda vs. la Universidad de Carabobo, por cobro de bolívares.
Se autorizó a la funcionaria Franchesca Paiva, para la certificación de las copias.
39. AA40-A-2009-000055: Hubert Alexander Rodríguez Aldana interpone recurso de nulidad vs. la Resolución N° MD-CJ-DD.5576, de fecha 25.07.08, dictada por el Ministerio del Poder Popular para la Defensa.
Se pasó a la Sala a los fines de la decisión correspondiente.
40. AA40-A-2009-000418: Multiservicios Disroca I, C.A., interpone demanda vs. el Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, por resolución de contrato, daños y perjuicios y cobro de bolívares.
Se formaron piezas separadas con los anexos consignados mediante escrito de pruebas de fecha 21.9.10.
41. AA40-A-2009-000780: Alstom Technologies interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Popular para el Comercio (silencio administrativo).
Se concedió prórroga del lapso de evacuación de pruebas por diez (10) días de despacho.
42. AA40-A-2009-000783: Ferrero S.p.A., interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder Popular para el Comercio, por silencio administrativo (Diseño-Ferrero).
Se concedió prórroga del lapso de evacuación de pruebas por diez (10) días de despacho.
43. AA40-A-2009-000806: Pfizer Products Inc., interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder Popular para el Comercio (silencio administrativo).
Se concedió prórroga del lapso de evacuación de pruebas por diez (10) días de despacho.
44. AA40-A-2009-000809: Paul Stuart, Inc., interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder para el Comercio ( silencio administrativo).
Se concedió prórroga del lapso de evacuación de pruebas por cinco (5) días de despacho.
45. AA40-A-2009-000810: Bayer Schering Pharma, interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder Popular para el Comercio (silencio administrativo).
Se concedió prórroga del lapso de evacuación de pruebas por cinco (5) días de despacho.
46. AA40-A-2009-000820: Ebel International Ltd., interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder Popular para el Comercio, por silencio administrativo.
Se concedió prórroga del lapso de evacuación de pruebas por diez (10) días de despacho.
47. AA40-A-2009-000823: Societé De Conseils De Recherches Et Dapplications Scientifiques (S.C.R.A.S.), interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder Popular para el Comercio (silencio administrativo).
Se ordenó desglosar la boleta del Alguacil de fecha 11.8.10, mediante la cual consignó recibo de boleta dirigida a la Procuradora General de la República, en virtud de que la misma pertenece al expediente 2009-0806.
Se concedió prórroga del lapso de evacuación de pruebas de diez (10) días de despacho.
48. AA40-A-2009-000824: Thousand Acres Corp., interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder Popular para el Comercio (silencio administrativo).
Se concedió prórroga del lapso de evacuación de pruebas por diez (10) días de despacho.
49. AA40-A-2009-000891: Isf Alpiz Integradores De Soluciones Financieras, C.A., interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas (silencio administrativo).
Se pasó a la Sala a los fines de la decisión correspondiente.
50. AA40-A-2009-001016: Fundación Propatria 2000 adscrita al Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda interpone demanda vs. el Consorcio Valle Grande constituidas por las sociedades mercantiles Canthiliver, C.A., y Congreca, C.A., por cobro de bolívares.
Se autorizó a la funcionaria Betty Hernández, para la certificación de las copias.
51. AA40-A-2009-001090: Fundación Escuela Venezolana de Planificación interpone demanda vs. la sociedad mercantil Seguros Premier, C.A., por ejecución de fianza como fiadora y principal pagadora de Constructora Ramca, C.A.
Se reservó el escrito de promoción de pruebas y anexos presentados por el apoderado de la parte actora, mediante diligencia, en la audiencia preliminar de fecha 3.8.10
52. AA40-A-2009-001109: Isf Alpiz Integradores de Soluciones Financieras, C.A., interpone recurso de nulidad vs. el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas (silencio administrativo).
Se pasó a la Sala a los fines de la decisión correspondiente.
53. AA40-A-2010-000086: Guadalupe Sánchez Caridad interpone recurso de nulidad vs. acto administrativo de fecha 08.01.10, dictado por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.
Se pasó a la Sala a los fines de la decisión correspondiente.
54. AA40-A-2010-000360: Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico plantea controversia administrativa con la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia de conformidad con el numeral 4 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el numeral 32 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Se autorizó a la funcionaria Franchesca Paiva, para la certificación de las copias.
55. AA40-A-2010-000376: Sindicato Nacional de Trabajadores del Banco Provincial, S.A., Banco Universal (SINTRABANPROSA) interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 6968, de fecha 29.04.10, dictada por el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Se acordó librar el cartel de emplazamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 80 y siguientes de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
56. AA40-A-2010-000555: República Bolivariana de Venezuela por órgano de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) interpone demanda vs. la sociedad mercantil Iberoamericana de Seguros Pirámide, C.A., por ejecución de fianza como fiadora y principal pagadora de Agroforestal 1020, C.A.
Se autorizó a la funcionaria Betty Hernández, para la certificación de las copias.
57. AA40-A-2010-000657: RCTV International Corp interpone recurso de nulidad vs. la Providencia Administrativa N° 01/09, de fecha 22.12.09, dictada por el Directorio de Responsabilidad Social que contiene la Norma Técnica Sobre los Servicios de Producción Nacional Audiovisual y la Providencia Administrativa N° PADSR-1555 de fecha 15.01.10, dictada por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL).
Se autorizó a la funcionaria Franchesca Paiva, para la certificación de las copias.
58. AA40-X-2009-000091 AA40-X-2009-000012: Omar Alvarado intima y estima honorarios profesionales a la Compañía Cedel, Casa de Cambio con motivo del recurso de nulidad interpuesto por José Luis Aguilera en su carácter de Secretario de Prensa y Propaganda del Sindicato de Trabajadores de la Empresa C.V.G. (VENALUM) vs. el contrato de Cesión de Derechos a la Recuperación de Créditos Fiscales suscrito por la empresa C.V.G. Industria Venezolana de Aluminio, C.A. con la intimada.
Se ordenó agregar a la pieza principal.
Decisiones dictadas en:
59. AA40-A-2007-000750: Asociación Civil de Extrabajadores de la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal del estado Falcón interpone recurso de nulidad vs. el Instructivo que establece las Normas que regulan la tramitación de las jubilaciones especiales para los funcionarios y empleados que prestan servicio en la Administración Pública Nacional, Estadal, Municipal y para los obreros dependientes del poder público nacional, Decreto Presidencial N° 4107 de fecha 28.11.05.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante y se ordenó notificar a la ciudadana Procuradora General de la República.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se inadmitieron las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se admitieron las pruebas documentales promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se admitieron las pruebas documentales promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se admitieron las pruebas documentales promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se admitieron las pruebas documentales promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se admitieron las pruebas documentales promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se admitieron las pruebas documentales promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se admitieron las pruebas documentales promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
Se admitieron las pruebas documentales promovidas por el apoderado judicial de la parte accionante.
60. AA40-A-2010-000544: Patricia Carolina Vásquez Marcano interpone recurso de nulidad vs. Resolución N° 01-00-000146, de fecha 21.07.09, dictada por la Contraloría General de la República.
Se admitió la acción en consecuencia, se ordenó la notificación de las ciudadanas Fiscal General de la República y Procuradora General de la República, y al ciudadano Contralor General de la República. Una vez que consten en autos las notificaciones ordenadas, se remitirá a la Sala, a fin de fijar la audiencia de juicio.
61. AA40-A-2010-000543: Carlos Grau actuando en su carácter de Secretario General del Sindicato de Empleados al Servicio del Gobierno Municipal de Baruta (SESGOM-BARUTA) interpone recurso de interpretación del contenido del artículo 230 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Se admitió el recurso de interpretación y, en consecuencia, se ordenó notificar a las ciudadanas Presidenta de la Asamblea Nacional, Procuradora General de la República y Fiscal General de la República.
62. AA40-A-2010-000295: Federación Internacional de Capellanes y Derechos Humanos interpone recurso de interpretación de los artículos 10, 17 y la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley de Bandera Nacional, Himno Nacional y Escudo de Armas de la República Bolivariana de Venezuela.
Se admitió el recurso de interpretación y, en consecuencia, se ordenó notificar a las ciudadanas Presidenta de la Asamblea Nacional, Procuradora General de la República y Fiscal General de la República.
La Jueza,
María Luisa Acuña López
La Secretaria,
Noemí del Valle Andrade