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Numero :
51
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N° Expediente : 2017-000073 |
Esta sentencia posee 2 Extracto(s):
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Procedimiento: Auto |
Partes: El ciudadano Pedro Carreño, actuando en su condición de Diputado de la Asamblea Nacional contra la abogada Luisa Ortega Díaz, en su condición de Fiscal General de la República. |
Decisión:
La Sala Plena ADMITE y ACUERDA que sea practicada la prueba grafotécnica sobre la autenticidad de la firma de la ciudadana Luisa Ortega Díaz, titular de la cédula de identidad N° V-4.555.631 en el Acta N° II de la sesión ordinaria del Consejo Moral Republicano de fecha 21 de enero de 2016, dada su procedencia, legalidad y pertinencia con la finalidad de su apreciación y de ese modo, esclarecer la verosimilitud y concurrencia fáctica de elementos bajo examen en el presente antejuicio de mérito.
A tales fines, se ORDENA al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, con el objeto de que practique la experticia grafotécnica correspondiente y presente ante esta Sala, el informe pericial resultante en el lapso perentorio más inmediato.
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Ponente: Marjorie Calderón Guerrero |
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