Partes: Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy declina la competencia para conocer de la demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano Francisco Ramón García Pinto, en virtud del silencio administrativo de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en el recurso de reconsideración interpuesto contra el Oficio Nro. TSJ-CJ-1890-2018 del 10.7.2018, por la referida Comisión.
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