Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
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Numero : 412 N° Expediente : 2017-0455 Fecha: 12/06/2018
Procedimiento:
Demanda
Partes:
Banco Central de Venezuela interpone demanda por ejecución de fianza de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la empresa Hispana de Seguros, S.A.
Decisión:
Se admitió cuanto ha lugar en derecho la solicitud de tercería propuesta por la sociedad de comercio Hispana de Seguros, S.A., por lo que se acordó citar a la empresa He-Go Import, C.A. Asimismo, se ordenó la notificación de las partes y de la Procuraduría General de la República de este pronunciamiento, así como de la decisión N° 410 dictada el 6 de junio de 2018. Igualmente, se dejó establecido que una vez practicadas las referidas notificaciones, vencido como sea el lapso de suspensión de treinta (30) días continuos consagrado en el artículo 109 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, comenzará a discurrir el lapso de noventa (90) días continuos para la sustanciación -de ser el caso- de todas las citas y sus contestaciones, conforme a lo contemplado en el artículo 386 del Código de Procedimiento Civil, oportunidad en la cual se librará la comisión y compulsa de citación acordadas a objeto de su trámite.
Ponente:
Juzgado de Sustanciación
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Numero : 413 N° Expediente : 2015-1094 Fecha: 12/06/2018
Procedimiento:
Demanda
Partes:
Zazpiak Inversiones, C.A. interpone demanda por indemnización de daños y perjuicios contra la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas.
Decisión:
Se admitió cuanto ha lugar en derecho la solicitud de tercería propuesta por el Distrito Metropolitano de Caracas. Se acordó citar al Distrito Capital, a través de la Procuraduría General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Especial sobre la Organización y Régimen del Distrito Capital, y en aplicación del artículo 94 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Se ordenó notificar al Jefe de Gobierno del Distrito Capital, así como a la Junta de Supresión y Liquidación del Nivel Metropolitano de Caracas. Se acordó notifícar a la Procuraduría General de la República a tenor de lo dispuesto en el artículo 109 del texto legal que rige sus funciones y en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Especial de Transferencia de los Recursos y Bienes Administrados Transitoriamente por el Distrito Metropolitano de Caracas al Distrito Capital.
Ponente:
Juzgado de Sustanciación
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