Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
Total Sentencia Encontradas: 5
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Numero : 06 N° Expediente : 2012-0260 Fecha: 14/01/2015
Procedimiento:
Demanda
Partes:
Otoniel Pautt Andrade interpone demanda contra la Hidrológica de la Región Capital, por indemnización de daño material y moral.
Decisión:
Se fijó el segundo (2do.) día de despacho siguiente a la presente fecha, para que tenga lugar el acto de nombramiento de expertos por las partes.
Ponente:
Juzgado de Sustanciación
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Numero : 07 N° Expediente : 2007-0298 Fecha: 14/01/2015
Procedimiento:
Intimación
Partes:
Mario Hernández Villalobos solicita avocamiento de la causa signada bajo el N° 9074 que cursa por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Decisión:
Se emitió pronunciamiento con respecto a la aclaratoria solicitada por el intimante de la sentencia Nro. 435 de fecha 27 de noviembre de 2014.
Ponente:
Belinda Paz Calzadilla
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Numero : 08 N° Expediente : 2014-1128 Fecha: 14/01/2015
Procedimiento:
Acción de nulidad
Partes:
General Motors Venezolana, C.A., ("GMV") interpone recurso de nulidad contra la Resolución N° 05 de fecha 30.01.2014, dictada por el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica.
Decisión:
En relación con las pruebas promovidas por la apoderada judicial de la sociedad mercantil General Motors Venezolana, C.A. (GMV), se advirtió que el juez de mérito será el encargado de valorar las actuaciones que reposan en autos y en el expediente administrativo en la oportunidad de dictar la sentencia definitiva.
Ponente:
Juzgado de Sustanciación
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Numero : 09 N° Expediente : 2014-1128 Fecha: 14/01/2015
Procedimiento:
Acción de nulidad
Partes:
General Motors Venezolana, C.A., ("GMV") interpone recurso de nulidad contra la Resolución N° 05 de fecha 30.01.2014, dictada por el Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica.
Decisión:
En lo atinente a los argumentos expuestos por los representantes de la República en los Capítulos I, II, III y IV del escrito de pruebas, se consideró que tales señalamientos no se refieren a la promoción de medios probatorios, sino que se trata de alegatos vinculados con el mérito del asunto debatido, cuyo análisis se encuentra reservado a la oportunidad en que la Sala se pronuncie sobre el fondo de la controversia planteada. En cuanto a lo señalado en el Capítulo V, Sección I, del prenombrado escrito de pruebas, será la Sala, en su condición de Juez de mérito, la encargada de valorar las actuaciones que reposan en autos y en el expediente administrativo en la oportunidad de dictar la sentencia definitiva. Asimismo, se admitió la prueba documental promovida en el Capítulo V, Sección II, así como la testimonial promovida en el Capítulo V, Sección III. Finalmente, se ordenó notificar a la Procuraduría General de la República.
Ponente:
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Numero : 10 N° Expediente : 2014-0563 Fecha: 14/01/2015
Procedimiento:
Recurso de Nulidad
Partes:
Banesco Banco Universal, C.A., interpone recurso de nulidad contra la Resolución N° CJ/ 2014 002 de fecha 13.01.2014, dictada por el Ministerio del Poder Popular para el Comercio.
Decisión:
Se declaró improcedente la solicitud planteada por el apoderado judicial de la parte actor, en lo que respecta a la evacuación de la prueba de informes.
Ponente:
Juzgado de Sustanciación
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