Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
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Numero : 390 N° Expediente : 2018-0376 Fecha: 22/05/2018
Procedimiento:
Recurso de Nulidad
Partes:
Francisco José Del Valle Campos Ramírez interpone demanda de nulidad contra la Resolución Nro. 019784 de fecha 6.7.2017, dictada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa.
Decisión:
Se declaró inadmisible la demanda interpuesta.
Ponente:
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Numero : 391 N° Expediente : 2017-0854 Fecha: 22/05/2018
Procedimiento:
-
Partes:
Antonio José Morales Silva interpone demanda de nulidad contra el acto administrativo contenido en la comunicación Nro. MPPD-DD-3338 de fecha 16.5.2017, dictada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa.
Decisión:
Se emitió el pronunciamiento acerca de las pruebas promovidas por la parte accionante.
Ponente:
Juzgado de Sustanciación
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Numero : 392 N° Expediente : 2017-0854 Fecha: 22/05/2018
Procedimiento:
Recurso de Nulidad
Partes:
Antonio José Morales Silva interpone demanda de nulidad contra el acto administrativo contenido en la comunicación Nro. MPPD-DD-3338 de fecha 16.5.2017, dictada por el Ministro del Poder Popular para la Defensa.
Decisión:
Se emitió el pronunciamiento acerca de las pruebas promovidas por el Ministerio Público. Asimismo, se acordó notificar a la Procuraduría General de la República.
Ponente:
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Numero : 393 N° Expediente : 2018-0293 Fecha: 22/05/2018
Procedimiento:
Recurso de Nulidad
Partes:
María Isabel Medina Corzo interpone demanda de nulidad contra el acto administrativo contenido en el Auto Decisorio Nro. 08-01-PADR-006-2017 de fecha 20.7.2017, dictado por el Director de Determinación de Responsabilidades de la Dirección General de Procedimientos Especiales de la Contraloría General de la República.
Decisión:
Se acordó oficiar a la Contraloría General de la República a los fines de que remita en el lapso de cinco (5) días de despacho copia certificada del oficio u de otro documento en el que conste la notificación de la ciudadana María Isabel Medina Corzo del auto decisorio Nro. 08-01-PADR-006-2017, dictado por ese órgano de control fiscal en fecha 20 de julio de 2017. Asimismo, se dejó establecido que no obstante lo ordenado, en forma alguna releva a la parte actora de realizar las gestiones correspondientes ante la Contraloría General de la República a objeto de que le sea entregada copia del recaudo señalado.
Ponente:
Juzgado de Sustanciación
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