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Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa |
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Numero :
22
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N° Expediente : 2017-0972 |
Procedimiento: Demanda |
Partes: Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y de prohibición de enajenar y gravar contra el ciudadano Luis Antonio Aray Bermúdez. |
Decisión:
A tenor de lo previsto en el artículo 35 numeral 4 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado, procediendo con fundamento en el encabezamiento del artículo 36 eiusdem, estimó necesario otorgar a la parte actora un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de esta fecha, exclusive, a fin de que: (i) consigne original o copia del oficio de notificación del Auto Decisorio del 10 de junio de 2013, contentivo de la declaratoria de responsabilidad civil y del Reparo Civil impuesto al ciudadano Luis Antonio Aray Bermúdez, en el que consten los datos relativos a su recepción por el prenombrado ciudadano o quien hubiere actuado en su representación; (ii) consigne original o copia de la actuación administrativa que declara firme el mencionado Auto Decisorio; y (iii) indique si existen acciones judiciales contra dicho acto administrativo y consigne, de ser el caso, la documentación que evidencie tal circunstancia.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
23
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N° Expediente : 2017-0963 |
Procedimiento: Demanda |
Partes: Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y de prohibición de enajenar y gravar contra el ciudadano Rufino Conejo. |
Decisión:
A tenor de lo previsto en el artículo 35 numeral 4 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado, procediendo con fundamento en el encabezamiento del artículo 36 eiusdem, estimó necesario otorgar a la parte recurrente un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de esta fecha, exclusive, a fin de que: (i) consigne original o copia del oficio de notificación del Auto Decisorio del 10 de junio de 2013, contentivo de la declaratoria de responsabilidad civil y del Reparo Civil impuesto al ciudadano Rufino Conejo, en el que consten los datos relativos a su recepción por el prenombrado ciudadano o quien hubiere actuado en su representación; (ii) consigne original o copia de la actuación administrativa que declara firme el mencionado Auto Decisorio; y (iii) indique si existen acciones judiciales contra dicho acto administrativo y consigne, de ser el caso, la documentación que evidencie tal circunstancia
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
24
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N° Expediente : 2017-0970 |
Procedimiento: Demanda |
Partes: Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y de prohibición de enajenar y gravar contra el ciudadano Gonzalo Feijoo. Presentada en Sala el 13.12.2017. |
Decisión:
A tenor de lo previsto en el artículo 35 numeral 4 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado, procediendo con fundamento en el encabezamiento del artículo 36 eiusdem, estimó necesario otorgar a la parte actora un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de esta fecha, exclusive, a fin de que: (i) consigne original o copia del oficio de notificación del Auto Decisorio del 10 de junio de 2013, contentivo de la declaratoria de responsabilidad civil y del Reparo Civil impuesto al ciudadano Gonzalo Feijoo, en el que consten los datos relativos a su recepción por el prenombrado ciudadano o quien hubiere actuado en su representación; (ii) consigne original o copia de la actuación administrativa que declara firme el mencionado Auto Decisorio; y (iii) indique si existen acciones judiciales contra dicho acto administrativo y consigne, de ser el caso, la documentación que evidencie tal circunstancia.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
25
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N° Expediente : 2017-0971 |
Procedimiento: Demanda |
Partes: Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y de prohibición de enajenar y gravar contra el ciudadano Raúl Aleman. Presentada en Sala el 13.12.2017. |
Decisión:
A tenor de lo previsto en el artículo 35 numeral 4 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado, procediendo con fundamento en el encabezamiento del artículo 36 eiusdem, estimó necesario otorgar a la parte actora un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de esta fecha, exclusive, a fin de que: (i) consigne original o copia del oficio de notificación del Auto Decisorio del 10 de junio de 2013, contentivo de la declaratoria de responsabilidad civil y del Reparo Civil impuesto al ciudadano Raúl Aleman, en el que consten los datos relativos a su recepción por el prenombrado ciudadano o quien hubiere actuado en su representación; (ii) consigne original o copia de la actuación administrativa que declara firme el mencionado Auto Decisorio; y (iii) indique si existen acciones judiciales contra dicho acto administrativo y consigne, de ser el caso, la documentación que evidencie tal circunstancia.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
26
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N° Expediente : 2017-0966 |
Procedimiento: Demanda |
Partes: Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y de prohibición de enajenar y gravar contra el ciudadano Salvador Arrieta Melendez. Presentada en Sala el 13.12.2017. |
Decisión:
A tenor de lo previsto en el artículo 35 numeral 4 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado, procediendo con fundamento en el encabezamiento del artículo 36 eiusdem, estimó necesario otorgar a la parte actora un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de esta fecha, exclusive, a fin de que: (i) consigne original o copia del oficio de notificación del Auto Decisorio del 10 de junio de 2013, contentivo de la declaratoria de responsabilidad civil Salvador Arrieta Melendez del Reparo Civil impuesto al ciudadano Luis Antonio Aray Bermúdez, en el que consten los datos relativos a su recepción por el prenombrado ciudadano o quien hubiere actuado en su representación; (ii) consigne original o copia de la actuación administrativa que declara firme el mencionado Auto Decisorio; y (iii) indique si existen acciones judiciales contra dicho acto administrativo y consigne, de ser el caso, la documentación que evidencie tal circunstancia.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
27
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N° Expediente : 2017-0964 |
Procedimiento: Demanda |
Partes: Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y de prohibición de enajenar y gravar contra la ciudadana Leonor Amilibia Herrera. |
Decisión:
A tenor de lo previsto en el artículo 35 numeral 4 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado, procediendo con fundamento en el encabezamiento del artículo 36 eiusdem, estimó necesario otorgar a la parte demandante un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de esta fecha, exclusive, a fin de que: (i) consigne original o copia del oficio de notificación del Auto Decisorio del 10 de junio de 2013, contentivo de la declaratoria de responsabilidad civil y del Reparo Civil impuesto a la ciudadana Leonor Amilibia Herrera, en el que consten los datos relativos a su recepción por la prenombrada ciudadana o quien hubiere actuado en su representación; (ii) consigne original o copia de la actuación administrativa que declara firme el mencionado Auto Decisorio; y (iii) indique si existen acciones judiciales contra dicho acto administrativo y consigne, de ser el caso, la documentación que evidencie tal circunstancia.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
28
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N° Expediente : 2017-0965 |
Procedimiento: Demanda |
Partes: Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y de prohibición de enajenar y gravar contra el ciudadano Edgar Rasquin. |
Decisión:
a tenor de lo previsto en el artículo 35 numeral 4 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado, procediendo con fundamento en el encabezamiento del artículo 36 eiusdem, estima necesario otorgar a la parte actora un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de esta fecha, exclusive, a fin de que: (i) consigne original o copia del oficio de notificación del Auto Decisorio del 10 de junio de 2013, contentivo de la declaratoria de responsabilidad civil y del Reparo Civil impuesto al ciudadano Edgar Rasquin, en el que consten los datos relativos a su recepción por el prenombrado ciudadano o quien hubiere actuado en su representación; (ii) consigne original o copia de la actuación administrativa que declara firme el mencionado Auto Decisorio; y (iii) indique si existen acciones judiciales contra dicho acto administrativo y consigne, de ser el caso, la documentación que evidencie tal circunstancia.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
30
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N° Expediente : 2017-0885 |
Procedimiento: Recurso de Nulidad |
Partes: Teofilo Durán Chacón interpone demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución Nro. 01-00-000209 de fecha 01.04.2016, dictada por el Contralor General de la República. |
Decisión:
Se declaró inadmisible la demanda de nulidad ejercida.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
31
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N° Expediente : 2017-0973 |
Procedimiento: Demanda |
Partes: Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA) interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y de prohibición de enajenar y gravar contra el ciudadano Gualberto Tomás Bello. |
Decisión:
A tenor de lo previsto en el artículo 35 numeral 4 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado, procediendo con fundamento en el encabezamiento del artículo 36 eiusdem, estimó necesario otorgar a la parte actora un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de esta fecha, exclusive, a fin de que: (i) consigne original o copia del oficio de notificación del Auto Decisorio del 10 de junio de 2013, contentivo de la declaratoria de responsabilidad civil y del Reparo Civil impuesto al ciudadano Gualberto Tomás Bello, en el que consten los datos relativos a su recepción por el prenombrado ciudadano o quien hubiere actuado en su representación; (ii) consigne original o copia de la actuación administrativa que declara firme el mencionado Auto Decisorio; y (iii) indique si existen acciones judiciales contra dicho acto administrativo y consigne, de ser el caso, la documentación que evidencie tal circunstancia.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
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