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Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa |
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Numero :
507
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N° Expediente : 2018-000568 |
Procedimiento: Recurso contencioso administrativo de nulidad |
Partes: Luis Felipe Rivera Gil interpone demanda de nulidad con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución Nro. 01-00-000687 del 23.11.2017, emitido por la Contraloría General de la República. Oficio Nro. 199.2018 de fecha 13.7.2018 del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida (fungiendo como Tribunal receptor de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa), remitiendo expediente. |
Decisión:
Se estimó necesario otorgar a la parte actora un lapso de tres (3) días de despacho, vencidos como sean los siete (7) días continuos que se conceden como término de la distancia, contados a partir de la presente fecha, exclusive, a los fines de que aclare: i) cuál es la naturaleza de la acción incoada en la presente causa, esto es, si lo ejercido es una demanda de nulidad, o si interpone un recurso por abstención o carencia; y ii) aclare el fundamento jurídico de la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada, vale decir, si persiste en invocar el artículo 87 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, o si por el contrario, dicha solicitud está sustentada en lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
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