Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral
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Numero : 722 N° Expediente : 2015-000114 Fecha: 03/08/2017
Procedimiento:
Auto de designación de ponente
Partes:
el abogado Manuel Antonio Suárez Ramírez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELINA POLITO, invocando el carácter de candidata a presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25 de agosto de 2015.
Decisión:
Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 18 de julio de 2017, se designó ponente a la Magistrada JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
Ponente:
Juzgado de Sustanciación
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Numero : 723 N° Expediente : 2016-000052 Fecha: 03/08/2017
Procedimiento:
Recepción de Comisión
Partes:
Por oficio N° 0900-527 de fecha 31 de mayo de 2016, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, remitió recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por el ciudadano MILTON JESÚS RAMÍREZ TORRES, titular de la cédula de identidad 4.373.007, contra de los "hechos, actos u omisión, originados por los ciudadanos que conforman la Comisión Electoral de Regular el Proceso de Elecciones que se realizaran en fecha 29 de mayo de 2016 en lo que respecta a la participación de postulación de plancha a la elección de la junta directiva del Condominio Urbanización Villa Roca III".
Decisión:
Por recibido Oficio N° 0255-17 de fecha 03 de julio de 2017, emanado del Juzgado Tercero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió las resultas de la comisión que le fuere conferida en fecha 10 de mayo de 2017, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.
Ponente:
Juzgado de Sustanciación
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Numero : 724 N° Expediente : 2017-000058 Fecha: 03/08/2017
Procedimiento:
Auto ordenando notificación
Partes:
Por recibido Oficio N° 337/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por la ciudadana MARIELA ÁLVAREZ, asistida por la abogada Sandra Arce, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de julio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.
Decisión:
Vista la Sentencia N° 111 dictada en fecha 25 de julio de 2017, Se acordó notificar a la ciudadana Mariela Álvarez (parte recurrente). Así mismo, y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno de la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acordó librar cartel, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los carteles respectivos, se le tendrá por notificada. Se libró Cartel.
Ponente:
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Numero : 725 N° Expediente : 2017-000059 Fecha: 03/08/2017
Procedimiento:
Auto ordenando notificación
Partes:
Por recibido Oficio N° 343/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos MARY OROZCO, ALEIDA ÁLVAREZ y otros, asistidos por la abogada Linda Mendoza, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de julio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.
Decisión:
Vista la Sentencia N° 112 dictada en fecha 25 de julio de 2017, Se acordó notificar a las ciudadanas Mary Orozco, Aleida Álvarez y otros (parte recurrente). Así mismo, y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno de la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acordó librar cartel, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los carteles respectivos, se les tendrá por notificados. Se libró Cartel.
Ponente:
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Numero : 726 N° Expediente : 2017-000060 Fecha: 03/08/2017
Procedimiento:
Auto ordenando notificación
Partes:
Por recibido Oficio N° 357/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos ARIANNYS MENDOZA, DALIA PEÑA y otros, asistidos por la abogada Norkys Carolina Méndez, contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de julio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.
Decisión:
Vista la Sentencia N° 113 dictada en fecha 25 de julio de 2017, Se acordó notificar a las ciudadanas Ariannys Mendoza, Dalia Peña y otros (parte recurrente). Igualmente, y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno de la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acordó librar cartel, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los carteles respectivos, se les tendrá por notificados. Se libró Cartel.
Ponente:
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Numero : 727 N° Expediente : 2017-000061 Fecha: 03/08/2017
Procedimiento:
Auto ordenando notificación
Partes:
Por recibido Oficio N° 345/2017, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por la ciudadana DINORA YAZMIN BAUTISTA, asistida por el abogado Larry José Peña contra las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral en fechas 23 de mayo de 2017, mediante la cual se aprobó la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, del 25 de mayo de 2017, mediante la cual se aceptaron las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, 25 de mayo de 2017, en la cual "se informó que los días miércoles 31 de mayo y jueves 1 de junio de 2017, se iniciaría la fase de postulación de candidaturas a la Asamblea Nacional Constituyente (...)", y 04 de junio de 2017, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral, fijó el 30 de julio de 2017, como fecha para elegir a los constituyentistas.
Decisión:
Vista la Sentencia N° 114 dictada en fecha 25 de julio de 2017, Se acordó notificar a la ciudadana Dinora Yazmín Bautista (parte recurrente). Así mismo, y visto que no consta en autos domicilio procesal alguno de la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acordó librar cartel, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral de los carteles respectivos, se les tendrá por notificados. Se libró Cartel.
Ponente:
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Numero : 728 N° Expediente : 2017-000088 Fecha: 03/08/2017
Procedimiento:
Auto ordenando notificación
Partes:
El abogado ALEXIS ENRIQUE AGUIRRE SÁNCHEZ, actuando en nombre propio y representación, en su carácter de Presidente de la Comisión de Atletas de Deportes Acuáticos del estado Miranda (CADAEM), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, en contra “del proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…”.
Decisión:
Se acordó según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de distancia de cuatro (04) días, que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación. Se libró oficio N° 17.528. Asimismo, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitudes cautelares, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designó ponente a la Magistrada INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y las solicitudes cautelares. Finalmente, se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a la referida comisión electoral. Se libró Oficio N° 17.529.
Ponente:
Juzgado de Sustanciación
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