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Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
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Numero :
480
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N° Expediente : 2015-000057 |
Procedimiento: Auto |
Partes: JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ RINCÓN, titular de la cédula de identidad N° 4.774.473, asistido por el abogado Claudio Bata Gallardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.561, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: "PRIMERO: Se reconocen las autoridades de la organización con fines políticos nacional INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), electos en la Convención Nacional de Comités Operativos Regional, es celebrada el 25 de mayo de 2013, para el periodo de seis (06) años desde 2013 hasta 2019¿". |
Decisión:
Visto el escrito interpuesto en fecha 29 de mayo de 2017, por el abogado Claudio Bata Gallardo, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano José Antonio González Rincón, (parte recurrente), mediante el cual promovió pruebas y el escrito presentado en fecha 1° de junio de 2017, por el ciudadano José Ramón Zacarías Moreno, titular de la cédula de identidad N° 9.858.251, actuando en su carácter de Secretario General Nacional de la Organización con fines políticos Independientes por la Comunidad Nacional (IPCN), alegando su condición de "Interesado Interviniente en la Resultas de este Proceso", debidamente asistido por el abogado Ramsés Ojeda Figueredo, mediante el cual se opuso a las pruebas promovidas por la parte recurrente. Este Juzgado desestimo las oposiciones ejercidas y ADMITIÓ cuanto ha lugar en derecho las documentales promovidas por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
481
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N° Expediente : 2015-000057 |
Procedimiento: Auto de admisión de pruebas |
Partes: JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ RINCÓN, titular de la cédula de identidad N° 4.774.473, asistido por el abogado Claudio Bata Gallardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.561, interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Resolución N° 150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, dictada por el Consejo Nacional Electoral, la cual resolvió: "PRIMERO: Se reconocen las autoridades de la organización con fines políticos nacional INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), electos en la Convención Nacional de Comités Operativos Regional, es celebrada el 25 de mayo de 2013, para el periodo de seis (06) años desde 2013 hasta 2019¿". |
Decisión:
Auto mediante el cual se acuerda que el pronunciamiento acerca de las cuestiones previas formuladas por el ciudadano JOSÉ RAMÓN ZACARIAS MORENO, actuando en su carácter de Secretario General Nacional de la Organización con fines políticos INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), corresponderá al pleno de la Sala en su sentencia de fondo.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
482
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N° Expediente : 2016-000005 |
Procedimiento: Auto de designación de ponente |
Partes: La ciudadana DIANA MERCEDES CAMARIPANO CARVALLO, titular de la cédula de identidad N° 16.044.897, asistida por el abogado Antonio Callaos Farra, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°46.935, actuando en su condición de candidata del partido político "Mesa de la Unidad Democrática" a Diputada Nominal por el circuito 3 del estado Guárico , interpone recurso contencioso electoral contra las Votaciones efectuadas en 13 mesas electorales con sus respectivas actas de escrutinio, actos de totalización, adjudicación y proclamación , emitidos todos con ocasión del proceso de votación efectuado el 6 de diciembre de 2015. |
Decisión:
Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 23 de mayo de 2017, se designa ponente: Magistrado (a) CHRISTIAN TYRONE ZERPA, a los fines del pronunciamiento correspondiente.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
483
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N° Expediente : 2016-000058 |
Procedimiento: Auto que acuerda diferir la oportunidad de dictar sentencia |
Partes: Los ciudadanos OSCAR TORRES, JOSÉ RAMÓN SANCHEZ y KARLA PEÑA GARCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.77.352, 11.740.166 y 16.791.773, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 20.487, 81.083 y 123.501 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., interpusieron" recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 29 de marzo de 2016 8¿) a fin de elegir a los Delegados de Prevención de AVON y los actos administrativos emanados de la Gerencia Estadal de los Trabajadores (GERESAT) Miranda, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). |
Decisión:
se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
484
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N° Expediente : 2016-000094 |
Procedimiento: Auto de Apertura a Pruebas |
Partes: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.759, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.556.306 4.062.142 4.204.526, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016. |
Decisión:
se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
485
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N° Expediente : 2017-000009 |
Procedimiento: Auto ordenando notificación |
Partes: El abogado Yrohanick Amaloa Aranguren, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.116, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LUCÍA TORO, ALFREDO GARCIA, ALEXIS DAVID GAMBOA LOZANO, FERNANDO SEGUNDA LUNA FONT y OSWALDO ANTONIO ARENAS TERAN, titulares de la cédula de identidad Nros. 5.616.764, 3.975.056, 18.604.743, 13.852.547 y 17.118.775, aludiendo el carácter de trabajadores de la empresa Automercados Plazas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra las actuaciones materiales y vías de hecho de las supuestas inexistentes y clandestinas elecciones sindicales para la escogencia del Comité Ejecutivo y Tribunal Disciplinario celebrada en fecha 28 de octubre de 2016, del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Bolivarianos de Automercados Plazas (SINTRABOLPLAZAS). |
Decisión:
Vista la Sentencia Nº 59 dictada por esta Sala Electoral en fecha 24 de mayo de 2017, mediante la cual esta Sala declaró: 1.- COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar. 2. INADMISIBLE el recurso contencioso electoral por haber sido interpuesto extemporáneamente. 3. INOFICIOSO emitir pronunciamiento respecto de la solicitud de medida cautelar innominada formulada por la recurrente. Se acordó notificar a los ciudadanos Ana Lucía Toro, Alfredo García, Alexis David Gamboa Lozano, Fernando Segunda Luna Font y Oswaldo Antonio Arenas Terán (parte recurrente). Se remitió copia certificada de la mencionada sentencia. Se libró Boleta.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
486
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N° Expediente : 2017-000011 |
Procedimiento: Auto Librando Cartel de Emplazamiento |
Partes: El ciudadano NELSON CARRERO HERA, aludiendo el carácter de miembro de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Fútbol, asistido por los abogados Antonio Quintero Viloria y Antonio Quintero, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la elección del Consejo Directivo, Consejo Contralor y el Consejo de Honor de la Asociación de Fútbol del estado Bolivariano de Miranda para el periodo 2017-2021, convocada por la Junta Provisional y la Comisión Electoral de la referida asociación. |
Decisión:
Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 29 de marzo de 2017, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en el diario "Últimas Noticias" y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
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