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Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
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Numero :
261
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N° Expediente : 2015-000102 |
Procedimiento: Auto de admisión de pruebas |
Partes: ADERMNIS RAFAEL BORGES, GREGORY RAFAEL RIVAS FANEITE, FÉLIX ENRIQUE GRATEROL CABRERA, ROLLER ALEXANDER SÁNCHEZ TORRES y MAURICIO RENÉ MARIN VÁSQUEZ, interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos contra "los actos de formación del registro electoral preliminar y definitivo que sirvió de base para las votaciones, así como contra los actos de escrutinio, adjudicación y proclamación dictados y realizados por la Comisión Electoral de SUNTINS, e igualmente contra el acto de generación del registro electoral definitivo realizado por la Oficina Regional Electoral del estado Carabobo, entre los días 20 al 26 de enero de 2015, en el marco del procedimiento de elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario" del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello, así como contra la Resolución N° 150611-134 del 11 de junio de 2015 dictada por el Consejo Nacional Electoral |
Decisión:
Visto el escrito de pruebas consignado en fecha 07 de marzo de 2017, por el apoderado judicial de los ciudadanos ADERMIS RAFAEL BORGES, GREGORY RAFAEL RIVAS FANEITE, FÉLIX ENRIQUE GRATEROL CABRERA, ROLLER ALEXANDER SÁNCHEZ TORRES y MAURICIO RENE MARIN VÁSQUEZ, (parte recurrente). Este Juzgado ADMITIÓ las pruebas documentales promovidas, cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
262
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N° Expediente : 2016-000024 |
Procedimiento: Auto ordenando notificación |
Partes: MANUEL FARIA PINTO, titular de la cédula de identidad N° 81.436.962, asistido por el abogado Emilio José Urbina Mendoza, inscrito en el Inpreabogado N° 75023, invocando el carácter de ex-candidato a la Presidencia de la Federación de Centros Portugueses de Venezuela, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitudes cautelares contra el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Federación de Centros Portugueses de Venezuela (FECEPORVEN), período 2016-2018, celebradas el día 28 de febrero de 2016. |
Decisión:
Visto que en fecha 09 de marzo de 2017, se recibió oficio N° 045-17 de fecha 14 de febrero de 2017, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 14 de junio de 2016, mediante la cual se ordenó notificar de la Sentencia N° 83 de fecha 31 de mayo de 2016, a la Junta Directiva de la Federación de Centros Portugueses de Venezuela (FECEPORVEN) período 2016-2018, esta Sala Electoral, en aras de darle continuidad a la presente causa y de perfeccionar la notificación encomendada, acuerda remitir nuevamente dicha comisión a los fines de la notificación a la Junta Directiva de la Federación de Centros Portugueses de Venezuela (FECEPORVEN) período 2016-2018. Se libró oficio N° 17-211. Igualmente, se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Munici
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
263
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N° Expediente : 2016-000070 |
Procedimiento: Auto ordenando notificación |
Partes: Los ciudadanos LENIN FUENTES, NAIL BETANCOURT, ELKER NOHEMI LÓPEZ, JOSÉ GUITAN y OSWALDO BATISTA, titular de la cédula de identidad Nos. 15.844.021, 6.869.656, 6.267.656, 5.602.256 y 4.436.155, respectivamente, aludiendo la cualidad de Presidente de la Comisión Electoral Principal, Presidente del Consejo de Administración, Secretaria del Consejo de Administración, Presidente del Consejo de Vigilancia y Vicepresidente del Consejo de Vigilancia, respectivamente, de la Asociación Civil de Caja de Ahorros de los Obreros del Ministerio de Infraestructura (CADO-MINFRA), interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de los efectos contra los actos administrativos contenidos en las Providencias Administrativas emanadas de la Superintendencia de Cajas de Ahorros de fecha 17 de agosto de 2016 signada con el N° 001-2016; Acta de fecha 19 de agosto de 2016 y acto administrativo N° 001-2016 de fecha 26/8/2016 |
Decisión:
De una revisión de las actas que conforman el expediente se observa que no consta en autos la notificación de la Procuraduría General de la República, por lo que se ordena su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con la advertencia que una vez que conste en autos la totalidad de las notificaciones ordenadas, comenzará a transcurrir el lapso de ocho (08) días hábiles a los que hace referencia el artículo mencionado, para que se considere consumada la notificación de la Procuraduría General de la República, anexándole copia certificada del escrito libelar, de la Sentencia N° 172 dictada en fecha 16 de noviembre de 2016 y del auto de fecha 08 de diciembre de 2016 y del presente auto. Se libró oficio N° 17.213.
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
Numero :
264
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N° Expediente : 2016-000094 |
Procedimiento: Auto ordenando abrir nueva pieza |
Partes: El abogado Fernando León Barrientos Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.759, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELIAS TORRES, PEDRO ARTURO MORENO, ROSA ANGELINA CASTELLANOS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.556.306 4.062.142 4.204.526, actuando en su condición de miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Convocatoria al VII Congreso Nacional Extraordinario de Trabajadores de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) para nombrar una junta transitoria de conducción sindical de la referida confederación, convocada para el 12 de diciembre de 2016. |
Decisión:
APERTURA PIEZA II
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Ponente: Juzgado de Sustanciación |
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