REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA  DE CASACIÓN CIVIL

 

AA20-C-2016-000026

M.G.E.

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 1 de abril de 2016.  Años 205º y 157º.

 

 

            Vencidos como se encuentran los lapsos previstos en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se declara concluida la sustanciación del recurso ejercido en el juicio que siguen SUMINISTROS E & T, C.A. Y OTRA contra INMOBILIARIA CAMPIOLI, C.A. (INCAMCA).

 

 El Presidente de la Sala,

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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ

 

 

El Secretario,

 

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  CARLOS WILFREDO FUENTES