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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AA20-C-2016-000026
M.G.E.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 1 de abril de 2016. Años 205º y 157º.
Vencidos como se encuentran los lapsos previstos en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se declara concluida la sustanciación del recurso ejercido en el juicio que siguen SUMINISTROS E & T, C.A. Y OTRA contra INMOBILIARIA CAMPIOLI, C.A. (INCAMCA).
El Presidente de la Sala,
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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ
El Secretario,
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CARLOS WILFREDO FUENTES