REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 11 de abril de 2016

Años 205º y 157º

 

                   Vista la diligencia consignada por la abogada Lorenza Ullán Severino, apoderada judicial de la ciudadana PETRA SEVERINO VICENTE DE ULLÁN, mediante la cual solicitó a este Tribunal se sirva librar cartel a la persona contra la cual se pretende que obre la ejecutoria de la sentencia de divorcio de fecha 15 de febrero de 2012, dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 8 de Salamanca, Provincia de Salamanca, Reino de España, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela; este Juzgado de Sustanciación en respuesta a la solicitud planteada, ordena emplazar mediante cartel al ciudadano LUCIANO ULLÁN SALVADOR, para que comparezca ante este Supremo Tribunal en horas de despacho a darse por notificado dentro de los diez (10) días de despacho, contados a partir del día siguiente a la constancia en autos de la última formalidad cumplida que se haga del cartel que al efecto se libre. Se le advierte que de no comparecer personalmente o por medio de apoderado dentro del lapso señalado se le nombrará Defensor, con quien se entenderá la notificación y demás actos procesales. Líbrese cartel.

 

                   Fíjese el cartel en la cartelera de la Secretaría de la Sala de Casación Civil y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 85, 93 y 98 de la Ley Orgánica que rige las funciones de este alto Tribunal.

El Presidente de la Sala,

 

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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ

El Secretario,

                                                  

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CARLOS WILFREDO FUENTES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

                                                                          

        El Secretario,

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CARLOS WILFREDO FUENTES

Exp. AA20-C-2015-000613