REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 2 de diciembre de 2016

Años: 206º y 157º

 

                   Visto el escrito de solicitud de exequátur presentado por el abogado Eduar Enrrique Moreno Blanco, Defensor Público Segundo (2°) con competencia para actuar ante las Salas Constitucional, Plena, Político Administrativa, Electoral, Casación Civil y Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, actuando en asistencia técnica del ciudadano ROBERT ALEXANDER BUENO ALTUVE la cual pretende que obre contra COROMOTO NEIRA RODRÍGUEZ, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio de fecha 9 de enero de 2007, dictada  por el Juzgado de Primera Instancia N° 2 de la Provincia de Orense (antiguo Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 4), Reino de España; este Juzgado de Sustanciación la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.

 

                   Asimismo, se acuerda oficiar al Director General del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a los efectos de solicitar el movimiento migratorio y último domicilio registrado por la ciudadana antes mencionada. Líbrese oficio.

 

                   En atención al contenido y alcance de los artículos 25.15 y 35.3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar a la ciudadana Fiscala General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por medios fotostáticos de reproducción de las actas pertinentes.

El Presidente de la Sala,

 

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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ

                   La Secretaria Temporal,

 

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YARITZA BONILLA JAIMES

                   En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

  La Secretaria Temporal,

 

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YARITZA BONILLA JAIMES

Exp. AA20-C-2016-000779