REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA  DE CASACIÓN CIVIL

 

AA20-C-2016-000561

Y.B.F.

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 8 de dicimbre de 2016. Años 206º y 157º.

 

                  Practíquese y certifíquese por Secretaría el cómputo de los cuarenta (40) días para formalizar en este juicio más el término de la distancia, si tal fuere el caso, contados a partir del día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que señala el auto de admisión del recurso de casación que corre inserto en los folios 124 y 125 del presente expediente, tomando en cuenta para ello lo previsto en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil.

El Presidente de la Sala,

 

 

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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ        

 

La Secretaria Temporal,

 

 

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YARITZA BONILLA JAIMES