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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
Caracas, 19 de enero de 2022
211º y 162º
AA20-C-2021-000071
Vista la sentencia identificada 686 dictada por esta Sala de Casación Civil, en fecha 22 de noviembre de 2021, en el asunto que se tramita bajo el alfanumérico AA20-C-2021-000071, que declaró extemporáneo por tardío y en consecuencia inadmisible el reclamo propuesto, se acuerda la remisión del expediente original al Tribunal de la causa, a saber, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción del estado Monagas, Maturín. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado. Regístrese.
El presidente de la Sala,
Magistrado Yván Darío Bastardo Flores
La secretaria temporal,
Lieska Daniela Fornes Díaz
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La secretaria temporal,
Lieska Daniela Fornes Díaz