REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN 

 

Caracas, 21 de julio de 2016

Años: 206º y 157º

 

 

                   Visto el escrito de solicitud de exequátur presentado por la abogada Geidy del Valle Guerra Almea, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n°. 148.120, apoderada judicial de la ciudadana RITA FABIOLA VILLARROEL GÓMEZ, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia que declaró disuelto por divorcio el matrimonio de fecha 13 de mayo de 2011, dictada por el Juzgado de Primera Instancia N° 24 de Madrid, Reino de España, y vista la decisión de la Sala de Casación Civil publicada en fecha 24 de mayo de 2016, mediante la cual aceptó la competencia que le fuere declinada por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ordenando remitir el expediente a este Juzgado para que se pronuncie sobre la admisión con prescindencia de la competencia ya aceptada; este Juzgado de Sustanciación la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva; en consecuencia, se ordena emplazar al ciudadano ELIÉCER JOSÉ SÁNCHEZ GUANCHE,  para que comparezca ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho, contados a partir del día siguiente a la constancia en autos de su notificación, a dar contestación a la solicitud indicada. Líbrese boleta, anexándole la compulsa del libelo, copia fotostática certificada del presente auto y demás documentos pertinentes y publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.

 

                   En atención al contenido y alcance de los artículos 25.15 y 35.3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, se ordena notificar a la ciudadana Fiscala General de la República. Remítasele con oficio copia certificada elaborada por medios fotostáticos de reproducción de las actas pertinentes.

 

El Presidente de la Sala,

 

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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ

              El Secretario,

 

 

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CARLOS WILFREDO FUENTES

 

                   En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

 

  El Secretario,

 

 

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CARLOS WILFREDO FUENTES

 

 

Exp. AA20-C-2016-000210