REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA  DE CASACIÓN CIVIL

 

AA20-C-2015-000392

M.G.E.

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 26 de julio del 2016. Años 206º y 157º.

 

                  Practíquese y certifíquese por Secretaría el cómputo de los cuarenta (40) días para formalizar en este juicio más el término de la distancia, si tal fuere el caso, contados a partir del día siguiente a la constancia en autos de la última de las notificaciones de las partes inserta desde el folio 205 al 217 y sus respectivos vueltos del presente expediente, tomando en cuenta para ello lo previsto en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil.

El Presidente de la Sala,

 

 

____________________________

GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ  

 

     El Secretario,

 

 

__________________________

CARLOS WILFREDO FUENTES