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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AA20-C-2016-000351
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 21 de junio del 2016. Años 206º y 157º.
Practíquese y certifíquese por Secretaría el cómputo de los cuarenta (40) días para formalizar en este juicio más el término de la distancia, si tal fuere el caso, contados a partir del día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que señala el auto de admisión del recurso de casación que corre inserto desde el folio 156 al 158 y sus vueltos del presente expediente, tomando en cuenta para ello lo previsto en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil.
El Presidente de la Sala,
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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ
El Secretario,
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CARLOS WILFREDO FUENTES