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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 8 de marzo de 2016
Años: 205° y 156º
Visto el escrito presentado por el abogado William Alberto Ramos Aguilar, Defensor Público Tercero (3°) con competencia para actuar ante las Salas Plena, Constitucional, Político Administrativa, Casación Civil, Casación Social y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante el cual acepta el cargo de defensor judicial de la ciudadana ROSARIO GABRIELA LUNA PREINSING; este Juzgado de Sustanciación ordena emplazarlo para que comparezca ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho, contados a partir del día siguiente a la constancia en autos de su notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur interpuesta por las abogadas Kathyuska Soledad Bruzzo Aguilar y Ana Elina Aguana Santamaría, apoderadas judiciales del ciudadano PHILIPPE JACQUES TOLEDANO CARCASSONNE, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución del vínculo matrimonial de fecha 22 de abril de 1975, dictada por el Tribunal de Gran Instancia de París, República de Francia. Líbrese boleta, anexándole la compulsa y entréguenseles al ciudadano Alguacil a los fines que practique la notificación. Publíquese en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.
El Presidente de la Sala,
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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ
El Secretario,
__________________________
CARLOS WILFREDO FUENTES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,
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CARLOS WILFREDO FUENTES
Exp. AA20-C-2015-000289
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 8 de marzo de 2016
Años: 205° y 156°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al abogado William Alberto Ramos Aguilar, defensor judicial de la ciudadana ROSARIO GABRIELA LUNA PREINSING, que deberá comparecer ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho, contados a partir del día siguiente a la constancia en autos de su notificación, a dar contestación a la solicitud de exequátur interpuesta por las abogadas Kathyuska Soledad Bruzzo Aguilar y Ana Elina Aguana Santamaría, apoderadas judiciales del ciudadano PHILIPPE JACQUES TOLEDANO CARCASSONNE, a los fines que se le conceda fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución del vínculo matrimonial de fecha 22 de abril de 1975, dictada por el Tribunal de Gran Instancia de París, República de Francia.
Dará recibo al Alguacil encargado de practicar la notificación, con indicación de la fecha y hora en señal de haber sido notificado.
El Presidente de la Sala,
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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ El Secretario,
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CARLOS WILFREDO FUENTES
Exp. AA20-C-2015-000289