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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
AA20-C-2016-000597
Y.B.F.
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 17 de noviembre de 2016. Años 206º y 157º.
Vencidos como se encuentran los lapsos previstos en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se declara concluida la sustanciación del recurso ejercido en el juicio que sigue RUBÉN DARÍO CARRILLO FERNÁNDEZ contra MARLENE JOSEFINA LÓPEZ OCHOA Y OTRO, en el que intervino con el carácter de endosatario en procuración WOLFGANG RADZIWILL PÉREZ LEDEZMA.
El Presidente de la Sala,
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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ
El Secretario,
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CARLOS WILFREDO FUENTES