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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
los sucesores desconocidos dentro del lapso indicado se procederá a designar defensor ad-litem con quien se entenderá la citación y demás actos que prosigan en el presente procedimiento, de conformidad con el contenido y alcance del artículo 232 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese edicto.
El Presidente de la Sala,
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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ
La Secretaria Temporal,
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YARITZA BONILLA JAIMES
Exp. AA20-C-2016-000324