REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA  DE CASACIÓN CIVIL

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 21 de octubre de 2016. Años 206º y 157º

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia

HACE SABER:

Al Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín

 

Que este Juzgado conforme a lo ordenado en decisión de fecha 27 de junio de 2008 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 227 eiusdem para que practique las notificaciones a los ciudadanos  ROGER JOSÉ RAMÍREZ SALAZAR en el edificio Lucí, piso 2, oficina 18, carrera 8-A con calle 17 y GUILLERMO EDUARDO ESPINOZA MERY en la calle 9, casa número 45, urbanización Antonio José de Sucre, Maturín, estado Monagas, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad nros. 12.124.469 y 15.467.607; respectivamente, a los efectos del ejercicio de la impugnación a la formalización y demás actos subsiguientes en el recurso de casación que cursa ante esta Sala bajo la nomenclatura AA20-C-2016-000407 correspondiente al juicio por cobro de bolívares (vía ejecutiva) que sigue el ciudadano ROGER JOSÉ RAMÍREZ SALAZAR contra GUILLERMO EDUARDO ESPINOZA MERY, para lo cual le remitimos las boletas correspondientes.

Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

El Presidente de la Sala,

 

 

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GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ 

El Secretario,

 

 

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CARLOS WILFREDO FUENTES

 

L.F.