SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas,  2  de abril de 2009

198º y 150º

 

 

                   Por cuanto consta en autos, que han sido realizadas y cumplidas todas las citaciones y notificaciones ordenadas, en el auto de este Juzgado de Sustanciación, de fecha 30 de noviembre de 2004, en el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesto por la DEFENSORÍA DEL PUEBLO,  contra el artículo 11 en sus numerales 2, 3, 4, 11 y 14; artículo 15 en su numeral 6;  y artículos 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24,  29, 30, 31, 33, 34, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 46, 48, 49, 50, 51,  52,  54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 66, 69, 73, 74, 75, 77, 78, 79, 80, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 102, 104, 107, 141, 145, 146, 150, 152, 157, 166, 172, 182, 185, 190, 191, 194, 195, 196, 197, 199 y 200 del Código de Policía del Estado Sucre,  publicado en la Gaceta Oficial del referido Estado, Edición Extraordinaria N° 40, de fecha 5 de enero de 1988, vencido como se encuentra el lapso de comparecencia, este Juzgado, en cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia N° 1645, dictada por esta Sala en fecha 19 de agosto de  2004, ordena convocar a las partes interesadas para un acto público y oral, el día jueves 16 de abril de 2009, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) en el Salón de Audiencias de esta Sala.

 

La Presidenta,

 

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

 

                                                                            El Secretario,

 

 

JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO

 

Exp. Nº:  AA50-T-2004-2973