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SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 21 de abril de 2009
198º y 150º
Vista la decisión N° 79 dictada por ésta Sala en fecha 10 de febrero de 2009, relacionada con la demanda de nulidad incoada por el abogado Antonio José D`Jesús, en su carácter de apoderado judicial de la Cámara de Comercio e Industria del Estado Mérida, contra la Ordenanza Planta de Valores de la Tierra, publicada en la Gaceta Municipal, el 20 de diciembre de 2007, Extraordinaria, Nº 29, año IV; la Ordenanza sobre Tabla de Valores Unitarios por Tipología Constructiva del Municipio Libertador del Estado Mérida, publicada en la Gaceta Municipal el 21 de diciembre de 2007, Extraordinaria Nº 31, año IV; Ordenanza sobre Reforma Total de la Ordenanza de Catastro Municipal, publicada en la Gaceta Municipal el 21 de diciembre de 2007, Extraordinaria Nº 30 año IV; Ordenanza sobre Reforma Parcial de la Ordenanza de Impuestos sobre Actividades Económicas, publicada en la Gaceta Municipal, el 28 de diciembre de 2007, Extraordinaria Nº 33, año IV y el reajuste del Clasificador de Actividades Económicas Tipificadas; que ADMITIÓ el recurso y NEGÓ la protección cautelar, este Juzgado acuerda:
Comisionar al Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de la citación de la ciudadana Presidenta del Concejo Municipal del Municipio Libertador del Estado Mérida, en la calle 23, entre Av. 3 y 4, frente a la Plaza Bolívar, a la izquierda del Palacio de Justicia, de la ciudad de Mérida y, al Síndico Procurador Municipal del Municipio Libertador del Estado Merida, en la Avenida Urdaneta, al lado del Colegio de Médicos, Mérida, para lo cual se le conceden siete (7) días para ida y vuelta como término de distancia. Líbrense despacho, boletas y oficio. Asimismo, se ordena notificar a la ciudadana Fiscal General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para que comparezcan ante este Tribunal dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la publicación del Cartel o de la notificación del último de los interesados. A tales fines, remítase copia certificada del libelo, de la decisión Nº 79 y del presente auto.
Emplácese a los interesados mediante Cartel, el cual será publicado por el recurrente en uno de los diarios de circulación nacional, para que se den por notificados en un lapso de diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la publicación del Cartel o de la notificación del último de los interesados. La parte recurrente deberá consignar un (1) ejemplar del períodico donde fue publicado el Cartel, dentro de los tres (3) días siguientes a su publicación; el incumplimiento de esta obligación se entenderá que desiste del recurso y se ordenará el archivo del expediente. El presente Cartel se tramitará de conformidad con lo establecido en la sentencia N° 1238, dictada por esta Sala en fecha 21 de junio de 2006.-
Vencido el lapso de comparecencia, se convocará a las partes para un acto público y oral. Todo ello de conformidad con el procedimiento establecido en la decisión N° 1.645, dictada por esta Sala en fecha 19 de agosto de 2004.
Cúmplase lo ordenado.
La Presidenta,
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
El Secretario,
JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO
Exp. Nº: AA50-T-2008-900