SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 30 de abril de 2009

199º y 150º

 

 

Por cuanto consta en autos, que han sido realizadas y cumplidas todas las citaciones y notificaciones ordenadas por la sentencia N° 3927, dictada por la Sala Constitucional el 7 de diciembre de 2005, en el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesto por el abogado PEDRO LUIS PÉREZ BURELLI,  contra el artículo 291 del Código de Comercio, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 472, del 21 de diciembre de 1955, vencido como se encuentra el lapso de comparecencia, este Juzgado, en cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia N° 1645, dictada por esta Sala en fecha 19 de agosto de  2004, ordena convocar a las partes interesadas para un acto público y oral, el día martes 26 de mayo de 2009, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) en el Salón de Audiencias de esta Sala.

 

La Presidenta,

 

 

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

 

                                                                            El Secretario,

 

 

 

JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO

 

 

Exp. Nº:  AA50-T-2005-0709

LEML/JLRC/TRDLHG/lffz