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SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 21 de enero de 2009
198º y 149º
Vista la decisión de esta Sala Constitucional Nº 1879 de fecha 28 de noviembre de 2008, mediante la cual remiten a este Juzgado de Sustanciación, el expediente contentivo de la demanda por intereses difusos y colectivos incoado por los ciudadanos José Raúl Velis, Francisco Cabello, Edward La Cruz Rondon, Isaac Alvarez, Miguel Delpretti, Yusebar Beltran e Ingris Mujica, habitantes y Concejales del Municipio Acosta del Estado Monagas (los 5 primeros) y de la Junta Parroquial de San Francisco en el citado Municipio contra los ciudadanos Elena Garcia, Yulis Martínez, Sobeida Maurera, Raiza López, Xiomara Martínez, José San Martín, Ibis Malave y José Tillero, por la presunta obstrucción del acceso al único vertedero que sirve a la referida entidad político territorial, este Juzgado ordena:
1) Comisionar al Juzgado del Municipio Acosta del Estado Monagas, para que practique la notificación a los ciudadanos José Raúl Velis, en la calle Miranda casa sin número, Francisco Cabello, domiciliado en la calle Bermúdez Nº 57, Edward La Cruz Rondón, en la Urbanización El Peñon II casa sin número, Isaac Alvarez, ubicado en la Urbanización El Naranjal, calle 2, casa nº 3, Miguel Delpretti, Urbanización El Naranjal calle 2 casa sin numero, Yusebar Beltrán Palomo, en la calle La Guaricha casa sin numero e Ingris Mujica, domiciliada en la calle Romulo Betancourt casa sin número, todos del Municipio Acosta del Estado Monagas; asimismo para que practique la notificación personal a los ciudadanos Elena García, Yulis Martínez, Sobeida Maurera, Raiza López, Xiomara Martínez, José San Martín, Ibis Malave y José Tillero, cuyo domicilio procesal es en la Urbanización Tamacuro, calle principal, casa S/N, San Antonio de Capayacuar, Municipio Acosta del Estado Monagas, para lo cual se le concede seis (6) días para ida y vuelta como término de distancia. Líbrense despacho, boletas y oficio.
2) Notificar a las ciudadanas Fiscal General de la República y Defensora del Pueblo.
3) Librar cartel el cual será publicado por la parte accionante, en uno de los diarios de mayor circulación del Estado Monagas, llamando a los interesados que quiera hacerse parte coadyuvante u oponente.
4) Notificar al ciudadano Alcalde del Municipio Acosta del Estado Monagas, de la medida cautelar acordada para que abran el acceso al vertedero municipal e informe sobre las resultas de dicha medida.
Una vez consten en autos la última citación o notificación, o de que conste en autos la efectiva publicación del edicto, se otorgan diez (10) días de despacho, a fin de que dentro de dicho lapso los emplazados presenten la contestación de la demanda. Los intervinientes podrán en igual término, alegar razones que apoyen las posiciones de aquellas con quienes coadyudarán. Todo ello, en cumplimiento de lo ordenado en la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 1879 de fecha 28 de noviembre de 2008.
La Presidenta,
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
El Secretario,
JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO
Exp. Nº: AA50-T-2008-001256
LEML/JLRC/TRDLHG/