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SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 28 de julio de 2009
199º y 150º
Visto el cómputo practicado por Secretaría, en el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad de la Ordenanza sobre Juegos y Apuestas Lícitas y el Reglamento de la Ordenanza sobre Juegos y Apuestas Lícitas, dictadas por el Concejo Municipal de Vargas del Estado Vargas, publicados en las Gacetas Municipales Nros. Extra-1144-A y Extraordinario N° 10, de fechas 2 de diciembre de 1991 y 15 de febrero de 1996, respectivamente, ejercido conjuntamente con Acción de Amparo, intentado por el ciudadano Luis Belisario Espinal Vásquez, en su carácter de Presidente de la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Hipódromos Antonio Izquierdo Torres, en su carácter de Consultor Jurídico del Instituto Nacional de Hipódromos; Ramón Huerta Giusti y Maria Georgina Hernández Andara, abogados apoderados del Instituto Nacional de Hipódromos; este Juzgado de Sustanciación, acuerda remitir a la Sala Constitucional a los fines legales consiguientes.
Cúmplase lo ordenado.
La Presidenta,
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
El Secretario,
JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO
Exp. Nº: AA50-T-2001-2224