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SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 19 de Marzo de 2009
198º y 150º
Visto el escrito presentado en fecha 5 de marzo de 2009, por el abogado LUIS RAMOS REYES, quien en su carácter de apoderado judicial del fondo de comercio SOL 99 C.A., expone: "...Estando en el lapso legal de HACER OPOSICION A LA MEDIDA CAUTELAR acordada por esta sala en la presente causa, la misma la formalizo...", en el recurso de nulidad incoado por el apoderado judicial del ciudadano PEDRO FRANCISCO GRESPAN, contra los artículos 196, 197 y 198 del CODIGO DE POLICIA DEL ESTADO LARA y, contra el acto administrativo a que se contrae el auto del 21 de febrero de 2006 dictado por la Prefecta del Municipio Iribarren del Estado Lara, este Juzgado acuerda, abrir el correspondiente cuaderno separado con la copia del escrito libelar; de las sentencias de esta Sala Constitucional Nº 1772, de fecha 10 de octubre de 2006, Nº 1173 de fecha 15 de julio de 2008 y Nº 45 de fecha 3 de febrero de 2009; del escrito de oposición y del presente auto, todo ello en cumplimiento del procedimiento establecido en la sentencia de ésta Sala Nº 1795 de fecha 19 de julio de 2005 (Caso: Inversiones M7441, C.A.). Cúmplase lo ordenado.
La Presidenta,
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
El Secretario,
JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO
Exp. Nº: AA50-T-2006-000801
LEML/JLRC/TRDLHG/IBA