SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas,  29 de octubre de 2009

199º y 150º

 

 

            Visto el escrito presentado por el abogado José Clemente Bolívar, quien en representación del Ejecutivo del Estado Táchira, solicita aclaratoria de la sentencia Nº 1160, dictada por la Sala Constitucional en fecha 11 de agosto de 2009, que admitió el recurso de nulidad contra el Decreto Nº 193 de fecha 13 de abril de 2009, publicado en la Gaceta Oficial del Estado Táchira, bajo el Nº extraordinario 2438 de fecha 20 de abril del 2009, dictado por el ciudadano Gobernador del Estado Táchira, interpuesto por el abogado Miguel Paz Ramírez, procediendo con el carácter de apoderado judicial del Consejo Legislativo del Estado Táchira; y acordó el amparo cautelar, este Juzgado acuerda, remitir las precedentes actuaciones a la Sala Constitucional a los fines legales consiguientes. Cúmplase lo ordenado.

 

La Presidenta,

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

                                                                            El Secretario,

 

JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO

 

 

 

 

 

 

 

 

Exp. Nº: AA50-T-2009-678

LEML/JLRC/TRDLHG/IBA