SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas,  29 de octubre de 2009

199º y 150º

 

 

            Vista la decisión de esta Sala Constitucional Nº 1105 de fecha 4 de agosto de 2009, mediante la cual remiten a este Juzgado de Sustanciación, el expediente contentivo de recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por los abogados Lucia Casañas, Joel Albornoz, Jorge Kiriakidis y Juan Livinalli, actuando con el carácter apoderados judiciales del CONSORCIO GUARITICO-GUARITICO III, contra los Códigos 077-01, 077-02 y 077-03 del Clasificador de Actividades Económicas de la Ordenanza sobre Actividades Económicas de la Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar, dictada por el Concejo Municipal del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 03-2007, del 25 de enero de 2007, este Juzgado ordena:

 

Comisionar al Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Peninsula de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para que practique las citaciones de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los ciudadanos Presidente del Concejo Municipal y Síndico Procurador Municipal del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, en la calle Bolívar, sede del Concejo Municipal del Municipio y de la Sindicatura Municipal, respectivamente, del referido Municipio, Punta de Piedras, Nueva Esparta, para lo cual se le conceden cinco (5) días para ida y vuelta como término de distancia. Líbrense despacho, boletas y oficio. Asimismo, Notificar a la ciudadana Fiscal General de la República y a la Procuradora General de la República, para que comparezcan todos, ante este Tribunal dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación del último de los interesados. A tales fines, remítase con oficio a los citados funcionarios copia certificada del escrito del recurso, de la documentación pertinente acompañada al mismo y del presente auto de admisión.

 

La citación de la ciudadana PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA, se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto  con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

 

Emplácese a los interesados mediante Cartel, el cual será publicado por el recurrente en uno de los  diarios  de circulación nacional, para que se den por notificados en un lapso de diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la publicación del Cartel o de la notificación del último de los interesados. La parte recurrente deberá consignar  un (1) ejemplar del períodico donde fue publicado el Cartel, dentro de los tres (3) días siguientes a su publicación;  el incumplimiento de esta obligación se entenderá que desiste del recurso y se ordenará el archivo del expediente. El presente Cartel se tramitará de conformidad con lo establecido en la sentencia N° 1238, dictada por esta Sala en fecha 21 de junio de 2006.-

Vencido el lapso de comparecencia, se convocará a las partes para un acto público y oral. Todo ello de conformidad con el procedimiento establecido en la decisión N° 1.645, dictada por esta Sala en fecha 19 de agosto de 2004.

Cúmplase lo ordenado.

 

La Presidenta,

 

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO                                 El Secretario,

 

 

JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO

Exp. Nº: AA50-T-2008-001527

LEML/JLRC/TRDLHG/IBA