REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

SALA ACCIDENTAL

 

 

Caracas, 01 de Agosto de 2008. Años 198º y 149º

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Vista la solicitud formulada por la ciudadana MIRIAN CORADO DE LABRADOR, parte demandante, asistida judicialmente por las procuradoras del Trabajo RAYSABEL GUTIÉRREZ HENRIQUEZ y PATRICIA ZAMBRANO, y por el Abogado PELAYO DE PEDRO ROBLES, apoderado de la parte demandada, contenida en escrito de fecha nueve (09) de julio del año 2008, se ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 3, Parágrafo Primero, numeral 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, expedir por Secretaría las copias certificadas de las actuaciones a que se contrae dicha solicitud, las cuales corren insertas en el expediente Nº AA60-S-2006-001833, contentivo del juicio seguido por MIRIAN JOSEFINA CORADO  DE LABRADOR contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA CANTV, con inserción del referido escrito y del presente auto.-

 

El Presidente de la Sala,

 

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LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ

 

 

El Secretario,

 

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JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

 

 

Exp. Nº AA60-S-2006-001833

Auto 850