SALA DE CASACIÓN SOCIAL

 

 

Caracas, 26 de febrero de 2004. Años: 193º y 145º.-

 

JUZGADO DE SUSTANCIACION

 

 

                   Practíquese por Secretaría el cómputo de los cuarenta (40) días para formalizar en este recurso, a partir del día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que acuerda la Ley para el anuncio del recurso de casación, aplicando el acuerdo de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de fecha doce (12) de Agosto de 2003, en el cual se dispuso, no dar despacho entre el lapso comprendido del 15 de agosto al 15 de septiembre de 2003 (ambos inclusive), el lapso señalado no será computado a los efectos de la sustanciación del recurso de casación, e incluyendo el término de la distancia correspondiente.-

 El Presidente de la Sala,

 

__________________________

                                                                                     OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

La Secretaria,

 

_________________________

BIRMA  I. TREJO DE ROMERO

 

 

Exp. Nº AA60-S-2003-000716

             

La suscrita Secretaria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con lo expresado en el auto precedente, hace constar que el lapso para formalizar en este recurso, comenzó a correr en fecha dieciséis (16) de septiembre del año 2003, día siguiente al último de los diez (10) días de despacho que se dan para el anuncio, y venció el treinta y uno (31) de octubre del mismo año, e incluyendo el término de la distancia correspondiente. Caracas, 26 de febrero de dos mil cuatro.-

N° 338