SALA DE CASACIÓN SOCIAL

 

Caracas, 27 de Febrero de 2004.- Años 193º y 145º.-

 

Visto el escrito presentado por el abogado Luis Aquiles Mejía Arnal, en representación de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE BEBIDAS MAR CARIBE, C. A., en el cual expone que el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre remitió al tribunal de primera instancia, el expediente contentivo del juicio de estabilidad incoado por el ciudadano FRANKLIN MANOSALVA contra su representada, sin dejar transcurrir los cinco días hábiles para la interposición del recurso de control de la legalidad, con lo cual impidió su ejercicio y agravó la situación al negarse a recibir el escrito de solicitud del mismo, se ordena oficiar a dicho Juzgado a los fines de que verifique, certifique e informe a esta Sala los días de despacho transcurridos desde la constancia de la última notificación a las partes de la sentencia hasta la fecha de remisión del expediente al tribunal de primera instancia, así como el lapso de los cinco (5) días hábiles otorgados a las partes para solicitar el recurso de control de la legalidad, de conformidad con el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Adicionalmente, se ordena oficiar al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo del Primer Circuito de la misma Circunscripción para que remita el expediente mencionado a esta Sala a efectos de poder pronunciarse sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad.-

 

Cúmplase lo ordenado, líbrense los oficios respectivos y agréguense al expediente.-

                  

 El Presidente de la Sala,

 

____________________________

                                                                                      OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

 

La Secretaria,

 

____________________________

BIRMA  I. TREJO DE ROMERO

Exp. Nº AA60-S-2004-000046.-