![]() |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
Sala Especial Agraria
Caracas, 18 de octubre de 2010. Años: 200º y 151º
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Practíquese por Secretaría el cómputo de los veinte (20) días para formalizar en este recurso, contados a partir de la fecha del auto de admisión del mismo, incluyendo el término de la distancia correspondiente, de conformidad con el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
El Presidente de la Sala,
_________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Secretario,
____________________________
JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA
Exp. Nº AA60-S-2010-001174
OAMD/JERN/ambd
El Suscrito Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con lo expresado en el auto precedente, hace constar que el lapso para formalizar en este recurso de casación, comenzó a correr en fecha cinco (05) de agosto del año 2010, fecha del auto de admisión emanado del Juzgado Séptimo Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo y venció el primero (01) de octubre del mismo año, incluyendo el término de distancia correspondiente. Caracas, 18 de octubre de dos mil diez (2010).
Auto N° 1125