TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA. SALA DE CASACIÓN SOCIAL.
Caracas, 23 de septiembre de 2008. Años: 198º y 149º
Por cuanto en el dispositivo de la sentencia Nº 1369, publicada en fecha 08 de agosto del año 2008 por esta Sala de Casación Social, se incurrió en error en su dispositivo, pasa este alto Tribunal a subsanar el mismo en los siguientes términos:
En la página 4 del mencionado
fallo se lee: “Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a
Queda así subsanado el punto en referencia.
El Presidente de
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OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Secretario,
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JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA
Exp. Nº RCL 08-1337
N° 972